Instalaciones Eléctricas. Resolución de 09/07/2024, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, por la que se otorga la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión con número de expediente E-45211022594. [NID 2024/5858]
Examinado el procedimiento iniciado por el Interesado referente a la Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y el reconocimiento, en concreto, de la Utilidad Pública de la instalación eléctrica de alta tensión, cuyos datos básicos son los siguientes:
Referencia: E-45211022594.
Titular: I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.
Situación: Urbanizaciones de "El Gran Chaparral", "Las Nieves" y "Prado del Arca", pertenecientes al término municipal de Pepino (Toledo).
Proyecto: Proyecto de soterramiento de dos tramos de línea aérea de AT. 45 kv S/C "3561-43-Talavera1-Portusa" a lo largo de las urbanizaciones "El Gran Chaparral", "Las Nieves" y "Prado del Arca".
Características principales de las instalaciones:
Soterramiento de dos tramos de la línea aérea de alta tensión a 45 kv. S/C "3561-43-Talavera1-Portusa":
- Montaje de cuatro nuevos apoyos proyectados de celosía metálica con cadenas de amarre y paso aéreo a subterráneo.
- Nuevo tramo de línea subterránea de 505 metros entre los apoyos proyectados nº1 - nº 2, con conductor del tipo HEPRZ1 (AS) 26/45kv 3(1X630) mm² AL + H155.
- Nuevo tramo de línea subterránea de 1.593 metros entre los apoyos proyectados nº 3 - nº 4, con conductor del tipo HEPRZ1 (AS) 26/45kv 3(1X630) mm² AL + H155
- Regulado de los conductores existentes entre los apoyos nº241 - nº1, nº2 - nº245, nº250 - nº3 y nº4 - nº257.
- Desmontaje de 1.557 m. de línea aérea existente incluyendo los apoyos nº 242, 243, 244, 251, 252, 253, 254, 255 Y 256.
Finalidad: Soterramiento de dos tramos de la línea aérea de AT.
Antecedentes de hecho
Primero.- Con fecha 17 de enero de 2022 se presentó solicitud de Autorización Administrativa Previa, de Autorización Administrativa de Construcción y de reconocimiento, en concreto, de la Utilidad Pública de la instalación de referencia en esta Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible, junto con dicha solicitud se incluye también la relación concreta e individualizada de bienes y derechos que el peticionario considera de necesaria ocupación.
Segundo.- La solicitud se sometió a información pública insertándose anuncio extracto de la misma, junto con la relación concreta e individualizada de bienes y derechos de necesaria ocupación, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 08/04/2024, en el Boletín oficial de la Provincia de fecha 18/04/2024, en el periódico La Tribuna de fecha 13/03/2024 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pepino del 08/03/2024 al 26/04/2024, en cuyo término municipal radican los bienes y derechos afectados.
Tercero.- Dentro del plazo de información pública no se han recibido alegaciones.
Cuarto.- Se hicieron las Consultas a las distintas Administraciones Públicas, organismos o empresas de servicios públicos o servicios de interés general afectados en algunos de los bienes o derechos a su cargo dando traslado de separatas del proyecto. Todas ellas mostraron su conformidad de manera expresa o por silencio según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes
Fundamentos de derecho:
Uno.- Esta Delegación Provincial es el órgano competente para dictar la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y el Decreto 34/2017, de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, y lo dispuesto en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
Dos.- La presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada,
Resuelvo:
Primero.- Otorgar a "I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U." la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto "Proyecto de soterramiento de dos tramos de línea aérea de AT. 45 kv S/C "3561-43-Talavera1-Portusa" a lo largo de las urbanizaciones "El Gran Chaparral", "Las Nieves" y "Prado del Arca"" en el término municipal de Pepino.
Segundo.- Reconocer, en concreto, a "I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U." la utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión que se autoriza, que llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, relacionados en el anexo I, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que, en su caso, han establecido los distintos organismos afectados, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Tercero.- Esta autorización está sometida a las condiciones siguientes:
● Las instalaciones, los elementos técnicos y materiales deberán ajustarse a las correspondientes normas técnicas de seguridad y calidad industriales, de conformidad a lo previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás normativa que resulte de aplicación. En todo momento se deberá cumplir lo indicado en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
● Las instalaciones que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto presentado.
● Cualquier modificación que afecte a las características técnicas básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de esta Delegación Provincial, sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización Administrativa Previa y/o Autorización Administrativa de Construcción.
● Los cruces, paralelismos y otras afecciones de las instalaciones deberán realizarse de conformidad con los condicionados e informes que las administraciones, organismos o empresas de servicio público y/o interés general hayan emitido.
● La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
● Se concede un plazo de 2 años, para la ejecución del proyecto a partir de la fecha de la presente Resolución. Dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.
● La presente autorización en ningún caso se concede con derechos exclusivos de uso.
● El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia del interesado.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excma. Sr. Consejera de Desarrollo Sostenible, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con el artículo 122 de la citada disposición legal. Si el interesado tiene la obligación de relacionarse con la administración a través de medios electrónicos, tal y como se establece en artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo, la tramitación del citado recurso se realizará a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/sede/tramite/KGU
Toledo, 9 de julio de 2024
La Delegada Provincial
MONTSERRAT MURO MARTÍN
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