Convenios. Resolución de 08/07/2024, de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Toledo para la prestación del servicio bibliotecario móvil en municipios de la provincia de Toledo para el periodo 2024-2025. [NID 2024/5657]
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Toledo han formalizado, con fecha 03/07/2024, la ampliación por el periodo de un año del convenio de colaboración para la prestación del servicio bibliotecario móvil en municipios de la provincia de Toledo, y cuyo texto se recoge en el anexo de esta Resolución.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 2/1991, de 14 de marzo, de Coordinación de Diputaciones, esta Viceconsejería ha resuelto disponer su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 8 de julio de 2024
La Viceconsejera de Cultura y Deportes
CARMEN TERESA OLMEDO PEDROCHE
Anexo
Adenda al convenio de colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Toledo para la prestación del servicio bibliotecario móvil en municipios de la provincia de Toledo para el periodo 2024-2025.
Reunidos:
De una parte, D. Amador Pastor Noheda, Consejero de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud de nombramiento conferido por Decreto 87/2023, de 9 de julio, en representación de dicha Consejería y en el ejercicio de las funciones que le están atribuidas por el Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
De otra, Dª. María Concepción Cedillo Tardío, Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Toledo, C.I.F. P4500000G, en representación de dicha institución, de acuerdo con lo que establece el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, asistida por D. José Pérez de Vargas Curiel, Secretario General de la Corporación.
Actuando ambos en el ejercicio de sus competencias y reconociéndose capacidad suficiente para suscribir y obligarse por el presente convenio de colaboración.
Exponen:
Primero. Que con fecha 9 de septiembre de 2022 se firmó el convenio de colaboración arriba referenciado.
Segundo. Que la finalización del convenio en vigor concluye el 16 de junio de 2024. Sin embargo, los motivos por los que se acordó la colaboración entre las administraciones firmantes siguen estando plenamente en vigor.
En consecuencia, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la JCCM y la Diputación Provincial de Toledo para la prestación del servicio bibliotecario móvil en los municipios de la provincia de Toledo, de acuerdo con las siguientes estipulaciones:
Clausulas:
Primera. Prórroga del convenio.
En ejercicio de la facultad prevista en la estipulación décima del convenio, ambas partes acuerdan prorrogar la vigencia del mismo hasta el 16 de junio de 2025.
Segunda. Normativa aplicable.
Durante el periodo de prórroga el convenio continuará rigiéndose por lo estipulado por ambas partes en el mismo.
Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman esta adenda en la fecha indicada al pie de las firmas electrónicas.
El Consejero de Educación, Cultura y Deportes. Amador Pastor Noheda
La Presidenta de la Diputación Provincial de Toledo. María Concepción Cedillo Tardío
El Secretario General de la Corporación. José Pérez de Vargas Curiel