Medio Ambiente. Resolución de 28/06/2024, de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se modifica la Resolución de 08/03/2024, por la que se aprueba el Programa de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha para el año 2024. [NID 2024/5597]

El Plan de Inspección Medioambiental 2018-2024 establece la necesidad de que la ejecución del mismo sea flexible a los cambios, adaptándose a los recursos disponibles y a la experiencia adquirida a lo largo de su periodo de vigencia.

En base a ello, establece en el apartado 7.a que cada año se elaborará un programa de inspección en el que se indicará los recursos personales disponibles para las labores de inspección y el número y tipo de inspecciones que se llevarán a cabo en ese año.

El pasado 19 de marzo se emitió la Resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se aprueba el Programa de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha para el año 2024. Con posterioridad, se ha detectado la necesidad de incorporar al texto del programa anual actuaciones de inspección no previstas en la redacción inicial.

En virtud de las competencias establecidas Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible, modificado por el Decreto 6/2024, esta Dirección General de Calidad Ambiental, resuelve:

1.- Modificar el Programa de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha para el año 2024, aprobado por Resolución de 08/03/2024 de la Dirección General de Calidad Ambiental en los aspectos detallados en el Anexo a esta resolución.

2.- Publicar la presente resolución y sus anexos en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en el Art. 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 28 de junio de 2024

El Director General de Calidad Ambiental

TOMÁS VILLARRUBIA LÁZARO

Anexo: Modificación del Programa de inspección medioambiental de Castilla-La Mancha 2024.

Modificación del índice, que queda redactado:

1. Introducción.

1.1 Antecedentes del Programa de inspección.

1.2 Recursos personales disponibles.

1.3 Normativa aplicable.

2. Objetivos del programa.

2.1. Objetivo general.

2.2. Objetivos específicos.

3. Actuaciones de inspección.

3.1 Inspecciones in situ sistemáticas o prefijadas.

3.1.1. Instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización ambiental integrada conforme al Real Decreto Legislativo 1/2016.

3.1.2. Instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización para realizar operaciones de gestión de residuos, conforme a la Ley 7/2022, no incluidas en el ámbito de aplicación del Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016.

3.1.3. Campaña de inspección a productores de residuos.

3.1.4. Inspecciones a entidades de control que actúan como laboratorios de ensayo acreditados en el campo de calidad del aire.

3.1.5. Inspecciones a instalaciones incluidas en el Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera (Capca).

3.2 Inspecciones in situ no sistemáticas o no prefijadas.

3.3 Inspecciones documentales.

4. Actuaciones de verificación medioambiental.

5. Actuaciones de mejora continua y creación de capacidad.

5.1. Formación de la Escuela de Administración Regional.

5.2. Otra formación.

6. Memoria de actuaciones de Inspección Medioambiental 2023

6.1 Inspección Medioambiental

6.1.1 Indicadores de actividad. Número de inspecciones

6.1.2. Indicadores de resultados. Cumplimiento de la normativa

6.1.2.1 Actividades sometidas al Real Decreto Legislativo 1/2016.

6.1.2.2 Instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización para realizar operaciones de gestión de residuos, conforme a la 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

6.1.2.3 Campaña de inspección a productores de residuos.

6.1.2.4 Otras Inspecciones y verificaciones

Modificación del apartado 2. Objetivos del Programa, que queda redactado:

2. Objetivos del Programa.

2.1. Objetivo general.

El objetivo general del Programa de Inspección Medioambiental 2024 es la organización de las inspecciones ambientales a realizar en instalaciones sometidas al procedimiento de autorización ambiental integrada y al procedimiento de autorización para realizar operaciones de gestión de residuos conforme a la Ley 7/2022 en Castilla-La Mancha, así como la comprobación del grado de cumplimiento de la normativa ambiental y de los requisitos impuestos en las autorizaciones.

Asimismo, se integra en este objetivo general la organización de las verificaciones medioambientales consistentes en la comprobación documental de las medidas previstas para explotaciones agrícolas, ganaderas y entidades gestoras de estiércoles, en materia de contaminación difusa por nitratos de origen agrario.

2.2. Objetivos específicos.

Los objetivos específicos del Programa de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha para 2024 son los siguientes:

- Determinar las instalaciones y/o actividades con autorización ambiental integrada de cuyo análisis de riesgo haya resultado que han de ser inspeccionadas durante 2024.

- Determinar las instalaciones y/o actividades con autorización para realizar operaciones de gestión de residuos conforme a la Ley 7/2022 que han de ser inspeccionadas durante 2024.

- Detección de fugas de residuos a través de canales ilegales o no autorizados y prácticas de gestión inadecuadas.

Durante la vigencia de este Programa este objetivo se concreta en la inspección de productores de residuos de construcción y demolición (RCD), centrando el interés en las obras de construcción o demolición que, dado el carácter cambiante de las licencias de obras y demoliciones, se encuentren activas durante la vigencia del Programa de inspección.

- Verificación de cumplimiento de obligaciones documentales por parte de explotaciones agrícolas, ganaderas y entidades gestoras de estiércoles, en materia de contaminación difusa por nitratos de origen agrario.

Durante la vigencia de este Programa se realizarán verificaciones tanto medioambientales documentales como toma de muestras al objeto de comprobar las prácticas ejercidas por parte de las explotaciones agrícolas, ganaderas y entidades gestoras de estiércoles en esta materia.

- Evaluación de la competencia técnica (calidad del muestreo y de los resultados emitidos) de entidades de control que actúan como laboratorios de ensayo acreditados en el campo de calidad del aire mediante inspecciones presenciales en controles reglamentarios efectuados a instalaciones incluidas en el Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera (Capca) ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

- Verificación del cumplimiento de los valores límite de emisión de contaminantes atmosféricos establecidos en las autorizaciones de APCA y ambientales integradas en instalaciones, evaluando la concentración y la carga másica de los parámetros objeto de control.

Modificación del apartado 3. Actuaciones de Inspección, que queda redactado:

3. Actuaciones de Inspección.

3.1. Inspecciones in situ sistemáticas o prefijadas.

3.1.1. Instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización ambiental integrada conforme al Real Decreto Legislativo 1/2016.

Para determinar qué instalaciones con autorización ambiental integrada serán las inspeccionadas de forma programada se atenderá al método detallado en el Anexo II "Procedimiento de evaluación sistemática de riesgos medioambientales de instalaciones IPPC de Castilla- La Mancha para la determinación de la frecuencia de inspección" de la Orden 50/2018, de 20 de marzo, por la que se aprueba el Plan de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha 2018-2024.

Para el año 2024 se programa la inspección in situ de 410 instalaciones. Estas corresponden con las que han obtenido una frecuencia de inspección anual, además de todas aquellas cuya frecuencia de inspección ha de ser bienal y trienal y cuya última inspección determina que en 2024 ha de ser inspeccionada. La distribución por provincias es la siguiente:

Albacete

Ciudad Real

Cuenca

Guadalajara

Toledo

Total

43

44

57

36

230

410

3.1.2. Instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización para realizar operaciones de gestión de residuos, conforme a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y suelos contaminados, o la vigente Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, no incluidas en el ámbito de aplicación del Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2016.

Durante 2024 se inspeccionarán al menos 68 instalaciones y/o actividades con autorización para realizar operaciones de gestión de residuos conforme a la Ley 7/2022.

Para concretar las instalaciones a inspeccionar por provincias, se tendrá en cuenta la fecha de la última inspección realizada. La distribución por provincias es la siguiente:

Albacete

Ciudad Real

Cuenca

Guadalajara

Toledo

Total

13

15

10

15

15

68

3.1.3. Campaña de inspección a productores de residuos.

Para el año 2024 se ha programado la realización por el Cuerpo de Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha inspecciones a productores de residuos con el objetivo de detectar fugas de residuos a través de canales ilegales o no autorizados y prácticas de gestión inadecuadas. Se inspeccionarán:

Al menos 50 obras en toda la región, ya sean de nueva planta, de rehabilitación o demolición, concedidas por la entidad local correspondiente.

3.1.4. Inspecciones a entidades de control que actúan como laboratorios de ensayo acreditados en el campo de calidad del aire.

Durante 2024 se realizarán al menos 12 inspecciones a entidades de control que actúen como laboratorios de ensayo acreditados en el campo de calidad durante la realización de controles reglamentarios a instalaciones ubicadas en Castilla-La Mancha.

3.1.5. Inspecciones a instalaciones incluidas en el Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera (Capca).

Durante 2024 se realizarán al menos 6 inspecciones a instalaciones incluidas en el Capca mediante mediciones de gases de combustión u otras comprobaciones.

3.2 Inspecciones in situ no sistemáticas o no prefijadas

En función de la demanda se llevarán a cabo inspecciones medioambientales no sistemáticas por cualquiera de los siguientes motivos, inspeccionándose el 100 % de los casos que requieran inspección in situ:

a) Denuncias

b) Investigación de accidentes, incidentes o casos de incumplimiento, incluidas las detectadas en el seguimiento.

c) Comprobación de medidas complementarias

d) Concesión, modificación de autorizaciones, clausura de actividades e instalaciones y renovaciones.

3.3. Inspecciones documentales

En este tipo de inspecciones se contemplan la comprobación de informes y memorias anuales que les puedan ser exigidas a las instalaciones o actividades incluidas en el alcance de la legislación indicada en el apartado 1.3.

Así mismo también se contempla la revisión tanto de autocontroles como de controles periódicos que realizan las entidades colaboradoras de la administración.

Cabe señalar que, con carácter previo a cada una de las inspecciones in situ programadas, se realiza la correspondiente inspección documental.

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