Empleo. Resolución de 04/07/2024, de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral, por la que se da publicidad al modelo de calidad de entidades de formación profesional en el ámbito laboral CLM, incluido en el sistema de calidad de la formación profesional en el ámbito laboral de Castilla-La Mancha QCLM. [NID 2024/5580]

En relación con la evaluación y calidad del Sistema de Formación Profesional, el título X de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, cuyo objeto es la constitución y ordenación de un sistema único e integrado de formación profesional, establece que todas las administraciones públicas con competencia en la materia han de velar por la calidad de todas las acciones y los servicios de este, en especial la orientación profesional, la formación impartida en los dos regímenes de oferta, tanto general como intensiva, en todos sus entornos de aprendizaje y en todas sus modalidades, y la acreditación de competencias profesionales.

El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, que tiene por objeto el desarrollo de un sistema único e integrado de Formación Profesional regulado por la precitada Ley Orgánica, dispone que es función del Sistema de Formación Profesional el desarrollo personal y profesional de la persona, la mejora continuada de su cualificación a lo largo de toda la vida y la garantía de la satisfacción de las necesidades formativas del sistema productivo y del empleo. En concreto, establece como objetivo de este sistema, entre otros, garantizar a todas las personas, en condiciones de equidad y a lo largo de la vida, una Formación Profesional de calidad. Así, con el fin de asegurar la eficacia y adecuación de los elementos del Sistema de Formación Profesional, estos serán objeto de seguimiento, supervisión y control por parte de todas las administraciones competentes.

La evaluación del Sistema de Formación Profesional se orientará, a nivel micro, a promover que todos los centros del sistema funcionen como organizaciones eficientes orientadas a la calidad y a la mejora permanente.

En definitiva, en esta reciente conceptualización de la Formación Profesional como sistema único e integrado, las administraciones competentes son las que deberán velar por la calidad de todas las acciones y servicios del Sistema de Formación Profesional y deberán establecer planes de evaluación de todas las actuaciones y servicios de dicho sistema.

Incardinada en este único sistema, la formación profesional en el ámbito laboral integra la formación dirigida a trabajadores desempleados y a trabajadores ocupados y constituye una de las principales políticas activas de empleo financiadas con recursos públicos. Las competencias en materia de formación profesional en el ámbito laboral son compartidas por la Administración General del Estado, que tiene la competencia normativa, y por las Comunidades Autónomas, que tienen atribuidas las competencias de ejecución.

En este contexto y en el marco de las previsiones contenidas en la normativa estatal citada, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ya dispone de un "Sistema de Calidad de la Formación Profesional para el Empleo de Castilla-La Mancha (QCLM)" acogido por la regulación autonómica que, en el ámbito de sus competencias, reconoce la implantación de un sistema propio en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, dentro del marco establecido por la normativa estatal.

Así, la Orden 178/2020, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en materia de programación, gestión y evaluación de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral en Castilla-La Mancha y por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas para su realización, establece que la Dirección General competente en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral velará por la calidad de las ofertas formativas, en el marco del "Sistema de Calidad de la Formación Profesional para el empleo de Castilla La Mancha (QCLM)", que incorpora un "Modelo de evaluación y seguimiento de la calidad", cuyo objeto es promover y garantizar la excelencia de la formación profesional en el ámbito laboral impartida en la región, mediante el seguimiento y control permanentes de las entidades de formación y de sus centros, de las acciones formativas que imparten, de las prácticas profesionales no laborales realizadas en este contexto formativo y del impacto de la formación en la inserción laboral de los alumnos trabajadores.

La evaluación permanente de las entidades de formación, de sus centros y de las acciones formativas y de los programas de formación en alternancia que estos imparten, como mecanismo del sistema de formación profesional en el ámbito laboral, permite conocer el impacto de la formación realizada en el acceso y el mantenimiento del empleo, la mejora de la competitividad de las empresas, la mejora de la cualificación de los trabajadores, la adecuación de las acciones formativas a las necesidades del mercado laboral y la eficiencia de los recursos económicos y medios empleados.

Asimismo, con el fin de fomentar también la implantación de sistemas y dispositivos de mejora continua de la calidad en los centros que impartan acciones de formación profesional en el ámbito laboral, para medir la calidad, el citado "Modelo" fija determinados criterios e indicadores que servirán de base a la citada evaluación.

De nuevo, en esta labor permanente de mejora de la calidad de la formación profesional en el ámbito laboral que se imparte en Castilla-La Mancha, la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral, renueva su compromiso con la incorporación al Sistema "QCLM" y al Modelo de evaluación y seguimiento de la calidad, de un nuevo modelo específico centrado en las entidades que imparten formación profesional en el ámbito laboral en Castilla-La Mancha, el "Modelo de calidad de entidades de formación CLM". A través de este modelo específico se insta a los diferentes agentes clave a impulsar un mayor desarrollo al proceso de evaluación y seguimiento de la calidad, así como a contribuir a una cualificación efectiva de todos los participantes en la formación, invitando a la entidad a ser referente de su zona, potenciando la visibilidad y el reconocimiento por el mercado laboral de la formación impartida en la Comunidad Autónoma. Se trata de un modelo abierto y ajustado a la diversidad de entidades formación que trabajan en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, que presenta un carácter dinámico y orientado al progreso y a la mejora continua. Así, la entidad de formación será un referente en su entorno.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 44.3 de la citada Orden 178/2020, de 19 de noviembre, la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral aprobará los objetivos que permitirán el aseguramiento eficaz y eficiente orientado a la mejora de la calidad de la Formación Profesional en el ámbito laboral en Castilla-La Mancha y los pondrá en conocimiento de las entidades de formación.

Considerada por tanto, la relevancia social, laboral y económica del citado modelo, que implica sin duda un avance considerable en la mejora de la calidad de la formación profesional en el ámbito laboral que se imparte en Castilla-La Mancha, a través del seguimiento y evaluación de los trabajos, líneas de actuación y funcionamiento de las propias entidades impartidoras, se hace necesaria una máxima difusión del mismo, no sólo conveniente para las entidades de formación que desarrollan esta formación sino también en aras a su conocimiento general por parte de la ciudadanía de Castilla-La Mancha y de los agentes intervinientes en el sistema productivo y el empleo, pues, es función del Sistema de Formación Profesional, el desarrollo personal y profesional de la persona, la mejora continuada de su cualificación a lo largo de toda la vida y la garantía de la satisfacción de las necesidades formativas del citado sistema productivo y del empleo.

Asimismo, y de conformidad con lo hasta aquí expuesto, la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral procede a dictar las instrucciones necesarias para la adhesión y mantenimiento de las entidades de formación en el "Modelo de calidad de entidades de formación CLM", cuya tramitación y gestión se llevará a cabo a través de la aplicación informática para la gestión de la formación "FOCO".

En virtud de lo anterior, de acuerdo con las facultades conferidas en el artículo 8 del Decreto 103/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, que atribuye a la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral, entre otras, la competencia para la gestión, ejecución, control y evaluación de los programas de formación profesional en los centros del sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral, y de acuerdo con el resto de normativa de aplicación general, resuelvo:

Primero. Disponer la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del "Modelo de calidad de entidades de formación CLM", incluido en el Sistema de Calidad de la Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral de Castilla la Mancha "QCLM", que figura como anexo a la presente resolución.

Segundo. Disponer la inclusión en la página web de la Consejería de Economía, Empresa y Empleo (http://empleoyformacion.jccm.es/), tanto del "Modelo de calidad de entidades de formación CLM", como de las instrucciones de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral para la adhesión y mantenimiento en el mismo de las entidades de formación que imparten formación profesional en el ámbito laboral en Castilla-La Mancha.

Toledo, 4 de julio, de 2024

La Directora General de Formación Profesional

en el Ámbito Laboral

MARTA ROLDÁN MARTÍNEZ

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