Bolsa de Trabajo. Resolución de 24/06/2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se publican las bolsas de trabajo ordinarias, de reserva y extraordinarias definitivas para el curso 2024/2025, de los cuerpos docentes de enseñanzas públicas no universitarias, en aquellas especialidades en las que no se convoca proceso selectivo de ingreso por la Administración Educativa de Castilla-La Mancha. [NID 2024/5173]

OPOSICIONES Y CONCURSOS

La Orden 32/2018, de 22 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la constitución y gestión de las bolsas de trabajo, el nombramiento y el cese del personal funcionario interino docente no universitario, establece en el artículo 7.2 que las personas aspirantes a interinidades que formen parte de las bolsas de trabajo ordinarias de especialidades en las que no se convoque proceso selectivo de ingreso por la Administración educativa de Castilla-La Mancha, deberán renovar anualmente la condición de aspirantes a interinidades para formar parte de dichas bolsas para el curso siguiente.

La Resolución de 11/06/2024, de la Dirección General de Recursos Humanos (DOCM núm. 118 de 20 de junio de 2024), por la que se establece el procedimiento para que las personas que integran las bolsas de trabajo ordinarias y extraordinarias de los cuerpos docentes de enseñanzas públicas no universitarias en aquellas especialidades en las que no se convoca proceso selectivo de ingreso por la Administración educativa de Castilla-La Mancha, renueven la condición de aspirantes a interinidades y soliciten destinos para el curso 2024/2025, determina en el apartado sexto que, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y examinadas las reclamaciones presentadas, que serán aceptadas o denegadas con la publicación de la listas definitivas, la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución, en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas para el curso 2024/2025. Las listas definitivas se publicarán en el Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es).

La Orden 32/2018, de 22 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la constitución y gestión de las bolsas de trabajo, el nombramiento y el cese del personal funcionario interino docente no universitario, establece en el artículo 13, que cada curso escolar, con carácter previo al inicio de las actividades lectivas, el órgano directivo con competencias en materia de gestión de personal docente aprobará por resolución que se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es) la relación ordenada de las personas aspirantes que integran las bolsas definitivas de los cuerpos y especialidades correspondientes a la Función Pública Docente en materia de enseñanza no universitaria, para la gestión de ese curso escolar.

En consideración a lo anteriormente expuesto, esta Dirección General, en ejercicio de sus competencias atribuidas mediante el Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelve:

Primero. Aprobación, publicación y gestión de las bolsas de trabajo.

1. Aprobar la constitución de las bolsas de trabajo ordinarias, de reserva y extraordinarias definitivas de las personas aspirantes admitidas para desempeñar puestos en régimen de interinidad para el curso 2024/2025, de aquellas especialidades en las que no se ha convocado proceso selectivo de ingreso por la Administración educativa de Castilla-La Mancha, pertenecientes al cuerpo de Maestros especialidades anteriores a la Logse, cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional, cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y cuerpo de Profesores Especialistas de Sectores Singulares de Formación Profesional.

2. Aprobar la relación definitiva de personas aspirantes a interinidades excluidas de las bolsas ordinarias, de reserva y extraordinarias durante el curso 2024/2025, de aquellas especialidades en las que no se ha convocado proceso selectivo de ingreso por la Administración educativa de Castilla-La Mancha, pertenecientes al cuerpo de Maestros especialidades anteriores a la Logse, cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional, cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y cuerpo de Profesores Especialistas de Sectores Singulares de Formación Profesional.

3. Las bolsas de trabajo ordinarias, de reserva y extraordinarias definitivas para el curso 2024/2025 y la relación definitiva de personas aspirantes a interinidades excluidas de las referidas bolsas de trabajo durante el curso 2024/2025 se harán públicas, a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOCM, en el Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es).

4. Con carácter previo a los procesos de asignación centralizada de plazas se podrá hacer pública a través de la web: https://www.educa.jccm.es, una actualización de todas las bolsas de trabajo.

5. Se aplica a estas bolsas de trabajo lo establecido en la Orden 32/2018, de 22 de febrero.

Segundo. Requisitos de acceso y permanencia en las bolsas de aspirantes a interinidades.

Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales y específicos enumerados en el artículo 3 de la Orden 32/2018, de 22 de febrero, en el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de participación, con carácter previo a su nombramiento y durante toda la vigencia del mismo.

Formar parte de una bolsa de trabajo no presupone reconocimiento del cumplimiento de estos requisitos. En cualquier momento, la administración podrá proceder a su comprobación y, en caso de incumplimiento, adoptar las medidas pertinentes.

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos generales y específicos supondrá, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente, la exclusión de la bolsa o bolsas de trabajo en las que la persona aspirante esté integrada.

Están exentos de cumplir el requisito de titulación, aquellas personas aspirantes a interinidades que en el curso 2022-23 estaban integradas en las bolsas durante ese curso y que, como consecuencia de la normativa vigente (Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del profesorado del cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias), no pudieron participar en los procesos selectivos de ingreso para el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en aquellas especialidades que resultaron de la integración del cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Tercero. Adjudicación de plazas.

1. Las personas aspirantes admitidas en estas bolsas de trabajo participarán en los procedimientos de adjudicación de plazas previos al inicio de curso y durante el curso escolar conforme a lo establecido en los capítulos III y IV de la Orden 32/2018, de 22 de febrero.

El procedimiento de adjudicación centralizada de plazas previo al inicio de curso consistirá en una adjudicación regional, que se realizará por medios informáticos, de las plazas a cubrir interinamente por las personas aspirantes disponibles incluidas en las correspondientes bolsas de trabajo definitivas, considerando el número de orden de los aspirantes y su petición de destinos.

Dicho procedimiento constará de una adjudicación provisional y otra definitiva, con carácter previo al inicio de actividades lectivas de cada una de las enseñanzas. Ambas adjudicaciones se harán públicas a través del Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es).

Las personas aspirantes que no hayan obtenido plaza en el procedimiento de adjudicación previo al inicio de curso, podrán ser adjudicatarias de plaza durante el curso escolar.

Los procedimientos de adjudicación de plazas durante el curso escolar se realizarán, con carácter general, mediante asignación centralizada informática, con la periodicidad que determine el órgano directivo con competencia en materia de gestión de profesorado. En dicho proceso participarán las personas aspirantes disponibles en el momento de la adjudicación. El órgano competente publicará con antelación las plazas que serán objeto de adjudicación en el procedimiento correspondiente.

Estas adjudicaciones serán resueltas por el órgano directivo competente en materia de gestión del profesorado y publicadas a través del Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es).

2. El calendario previsto de adjudicación centralizada de plazas previo al inicio de curso es el siguiente:

- Adjudicación provisional de los cuerpos de Enseñanzas Medias: a partir del 25 de julio de 2024.

- Adjudicación definitiva de los cuerpos de Enseñanzas Medias: a partir del 5 de agosto de 2024.

- Adjudicación provisional del cuerpo de Maestros y anteriores a la Logse: a partir del 7 de agosto de 2024.

- Adjudicación definitiva del cuerpo de Maestros y anteriores a la Logse: a partir del 12 de agosto 2024.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 24 de junio de 2024

El Director General de Recursos Humanos

JOSÉ MANUEL ALMEIDA GORDILLO

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