Instalaciones Eléctricas. Resolución de 03/07/2024, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Cuenca, sobre autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de instalación eléctrica de alta tensión. Referencia: 162402-06533. [NID 2024/5508]
Visto el expediente incoado en el Servicio de Industria y Energía de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Cuenca para autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica de alta tensión:
Referencia: 162402-06533
Titular inicial: Conservaciones Hidrofrio, S.L
Titular final: I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.
Situación: Término municipal de San Clemente (Cuenca). Polígono Industrial San José Calle 8, número 26.
Características principales: Acometida subterránea de alta tensión a 20 kV D/C de 8 + 8 metros (longitud total 16 metros) con conductor AL HERZ1 12/20 KV 3x240 mm2 desde "Línea Teatinos" propiedad de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. y centro de seccionamiento telemandado en edificio prefabricado de maniobra exterior compuesto por celda compacta con corte y aislamiento en SF6 con 3 posiciones de línea.
Finalidad: Suministro de energía eléctrica a almacén.
Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Decreto de la Consejería de Industria y Tecnología 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección modificado por Decreto 34/2017, de 2 de mayo, y teniendo en consideración lo establecido en su artículo 13, apartado 3,
Esta Delegación Provincial ha resuelto:
Conceder la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas de alta tensión anteriormente señaladas, con las siguientes condiciones:
1. El titular de la instalación tendrá en cuenta los condicionados establecidos por los Organismos afectados por la instalación autorizada.
2. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, según dispone el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E.02/10/15).
Según artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, "...Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas".
En el caso, de interesados que están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada a través del correspondiente trámite electrónico, disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, procedimiento KGU.
Cuenca, 3 de julio de 2024
El Delegado Provincial
JOSÉ IGNACIO BENITO CULEBRAS