Retribuciones. Acuerdo de 02/07/2024, del Consejo de Gobierno, por el que se concreta el incremento retributivo aplicable al personal al servicio del sector público regional conforme a lo dispuesto en la legislación básica del Estado. [NID 2024/5453]

SITUACIONES E INCIDENCIAS

El artículo 35.2 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, dispone que con efectos a partir del 1 de enero de 2024, las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público regional, ya se trate de altos cargos, puestos directivos, personal funcionario, eventual, estatutario o laboral, experimentarán, en su caso, el incremento que establezca la normativa básica del Estado con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023 en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal, como a la antigüedad del mismo.

Dicha normativa básica del Estado, que se dicta con posterioridad a la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, se contempla en el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, cuyo artículo 6 establece que, en el año 2024, las retribuciones del personal al servicio del sector público podrán experimentar un incremento global máximo del 2% respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, incluidos en estas últimas los incrementos derivados de lo previsto en el artículo 19.Dos.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. Este incremento retributivo, que es el que concierne a este acuerdo, tendrá efectos económicos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.

Pero además del anterior, el citado artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, prevé la aplicación, en su caso, y también con efectos retroactivos de 1 de enero de 2024, de otro incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5%, respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023, si la suma de la variación del Índice de Precios al Consumo Armonizado (IPCA) de los años 2022, 2023 y 2024 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024. No obstante, este incremento retributivo, que es de aplicación condicionada, no constituye objeto del presente acuerdo.

La aplicación del incremento retributivo que se concreta en este acuerdo conllevará, por segunda vez en el presente ejercicio, el desfase de las tablas retributivas inicialmente previstas, tanto en el anexo III de la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, como en los anexos I a IX de la Orden 204/2023, de 27 de diciembre, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, actualizadas por primera vez en virtud del Acuerdo de 13/02/2024, del Consejo de Gobierno, por el que se concreta la aplicación, a favor del personal al servicio del sector público regional, del incremento retributivo previsto en el artículo 19.dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y se actualizan las tablas retributivas del personal funcionario, eventual, laboral y estatutario al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos autónomos. Por ello, en virtud de lo dispuesto en la disposición final segunda, apartado 2, letra b), de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda queda habilitada para actualizar las cuantías de las tablas retributivas antes mencionadas conforme a lo dispuesto en la normativa básica estatal, o de general aplicación.

Por último, la disposición final segunda, apartado 1, letra a) de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, faculta al Consejo de Gobierno para adecuar el régimen y condiciones retributivas de todo o parte del personal al servicio del sector público regional a las disposiciones que, de carácter básico, o de general aplicación, se puedan dictar en relación con los gastos del personal al servicio del sector público.

En consecuencia, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital,

Acuerda:

Primero. Incremento retributivo del personal al servicio del sector público regional en el ejercicio 2024.

En el ejercicio 2024, las retribuciones del personal de los órganos y entidades relacionados en el artículo 1.1, letras b) a f) de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, así como las del personal de los consorcios participados mayoritariamente por la Administración regional o por cualquiera de sus órganos o entidades vinculadas o dependientes, ya se trate de altos cargos, puestos directivos, personal funcionario, eventual, estatutario o laboral, se incrementarán en un 2% respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023, incluidos en estas últimas los incrementos derivados de lo previsto en el artículo 19.Dos.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal, como a la antigüedad del mismo. Este incremento retributivo tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2024.

Segundo. Actualización de las tablas retributivas del personal funcionario, eventual, laboral y estatutario al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos autónomos.

En virtud de lo dispuesto en la disposición final segunda, apartado 2, letra b), de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, corresponderá a la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda actualizar las cuantías de las tablas retributivas previstas, tanto en el anexo III de la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, como en los anexos I a IX de la Orden 204/2023, de 27 de diciembre, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024.

Tercero. Publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Con el fin de favorecer su conocimiento por parte del personal al servicio del sector público regional, y facilitar su aplicación por los correspondientes órganos gestores de la nómina, se dispone la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 2 de julio de 2024

El Secretario del Consejo de Gobierno

JOSÉ MANUEL CABALLERO SERRANO

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