Montes. Resolución de 08/06/2024, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, por la que se aprueba la ocupación temporal en el monte de utilidad pública Torcales número 27 del catálogo de la provincia de Albacete, perteneciente al Ayuntamiento de Bienservida y sito en su término municipal, para la instalación de centro de telecomunicaciones. Expediente ID 3501-T 1640524. [NID 2024/5270]

Examinada la tramitación del expediente remitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Albacete, para la regularización de la ocupación temporal de terrenos del Monte de Utilidad Pública Torcales número 27 del Catálogo de Albacete, propiedad del Ayuntamiento de Bienservida y sito en su término municipal, a favor de Juan Carlos Cano Tribaldos para la instalación de un centro de telecomunicaciones, resulta lo siguiente:

Primero. - Antecedentes. Descripción y ubicación de las instalaciones:

Antecedentes: Con fecha 31 de agosto de 2017 tiene entrada en la Dirección Provincial de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en Albacete un Decreto de la Alcaldía de Bienservida en el cual, el alcalde resuelve ceder el uso de una caseta y una torre para antenas, en terrenos del monte de Utilidad Pública número 27 Torcales, perteneciente al Ayuntamiento de Bienservida, para la instalación de un Centro Emisor de Telecomunicaciones, en el paraje de Cerro del Milano.

En dicho Decreto, se indica, que, entre otras, ha presentado solicitud de adjudicación de uso, con las condiciones establecidas en el pliego de condiciones administrativas para dicha concesión, Juan Carlos Cano Tribaldos.

Este Decreto es consecuencia de un expediente para cesión de dichas instalaciones, incoado por el citado Ayuntamiento, al existir varias ofertas para el uso de las mismas, que tras las obras de adaptación puede ser compartido por varios operadores, atendiendo así tres de las peticiones formuladas (Radio Sierra, Juan Carlos Cano Tribaldos y Telmi-Telecom S.L.).

Con fecha 11 de septiembre de 2017 se envía al beneficiario liquidación de tasas por incoación del expediente de ocupación de monte público, que son debidamente pagadas en marzo de 2018.

Con fecha de salida 14 de marzo de 2018 se envía a Juan Carlos Cano Tribaldos el pliego de condiciones que regirá la ocupación, para su firma en señal de conformidad, que devuelve debidamente firmado previo requerimiento del 20 de julio de 2018.

Posteriormente dicho pliego es debidamente firmado en señal de conformidad por el entonces Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Bienservida.

Con fecha 24 de octubre de 2018 se le requiere al interesado, a través de la Plataforma de Notificaciones Telemáticas de la JCCM, para que abone las tasas de la publicación en el D.O.C.M. del anuncio preceptivo de información pública del expediente de ocupación.

Sobrepasado el periodo de pago establecido en dicho documento, del 22/10/2018 al 22/01/2019, sin que se abonase por parte del interesado el importe requerido, con fecha 22 de marzo de 2019 se le vuelve a enviar el documento de pago actualizado, a través de carta certificada, siendo imposible su entrega.

Con fecha 19 de abril de 2023, tras tener conocimiento de otra dirección del interesado, se vuelve a retomar el expediente y se le envía de nuevo el documento de pago del anuncio en el D.O.C.M., que, tras dos intentos, el 28 de julio de 2023 se publica con este encabezamiento Anuncio de 14/04/2023, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Albacete, por el que se somete a información pública el expediente de ocupación de terrenos del monte de utilidad pública número 27 Torcales, pertenencia del Ayuntamiento de Bienservida.

Características de la instalación y ubicación: La ocupación consiste en la instalación de equipos de telecomunicaciones que den cobertura de internet a la zona mediante red inalámbrica Wimax, dentro de una caseta municipal existente y compartida por dos operadores más.

La instalación (una caseta y una torre para las antenas) es propiedad del Ayuntamiento, cedida a tres entidades para su uso compartido (Radio Sierra SL, Juan Carlos Cano y Telmi Telecom SL).

Las coordenadas de la instalación son, según el sistema de coordenadas UTM ETRS89 Datum 30: X:533708 - Y:4265657

Segundo. - Solicitud y tasas: El expediente se inicia por el Ayuntamiento como resultado de la cesión de dichas instalaciones, al existir varias ofertas para el uso de las mismas, que tras las obras de adaptación puede ser compartido por varios operadores, atendiendo así tres de las peticiones formuladas (Radio Sierra, Juan Carlos Cano Tribaldos y Telmi-Telecom, S.L.).

Tercero. - Informe de viabilidad y valoración:

La ocupación solicitada no tiene sustitución conveniente fuera del monte público, estimándose que la misma no supondrá menoscabo grave de la flora, fauna o valores naturales protegidos.

La valorización y el informe de viabilidad se realiza, el 18 de septiembre de 2023, de acuerdo a la Resolución de 29/07/2021, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, por la que se aprueban las instrucciones para la tramitación de expedientes de autorización de ocupaciones temporales en montes demaniales (código Siaci SJFQ) y autorización de ocupaciones de carácter temporal en vías y visto el Decreto de la alcaldía de Bienservida número 66/2017, en el cual el alcalde resuelve ceder el uso de la caseta y torre para antenas de su propiedad en terrenos del monte de Utilidad Pública número 27 Torcales, a D. Juan Carlos Cano Tribaldos:

-Plazo: 10 años

-Daños y perjuicios: No se estiman por ser una regularización de una instalación existente.

-Canon: 1.000,00 €, en 2018, por lo que, con la variación del IPC anual, por lo que, en 2023, el canon es de 1.154,41 €.

Cuarto. - Información pública:

-DOCM: publicado anuncio el 28 de julio de 2023. DOCM número 144 año XLII. Página 27732.

-Tablón de anuncios del Ayuntamiento: publicado por periodo de un mes. Diligencia con fecha 11 de septiembre de 2023.

-Alegaciones: No se presentaron alegaciones.

Quinto. - Pliego de condiciones técnico-económicas para la ocupación:

-Aceptado por el interesado: el 12 de marzo de 2018.

-Aceptado por el propietario del monte: El Ayuntamiento de Bienservida el 12 de marzo de 2018.

Plazo: 10 años

Fecha de inicio: 12 de marzo de 2018 fecha de la firma del pliego.

Canon: 1.000,00 €, en 2018, por lo que, con la variación del IPC anual, por lo que, en 2023, el canon es de 1.154,41 €.

Sexto. - Informe Propuesta:

El 18 de septiembre de 2023 se eleva el expediente, junto con el informe propuesta de la ocupación firmado por el Jefe de Servicio de Medio Natural de Albacete para su resolución.

Vistos .- El Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes; la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha; el Real Decreto 1676/11494, de 8 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de Conservación de la Naturaleza; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás disposiciones concordantes; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 9/2020 de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y demás disposiciones aplicables.

Fundamentos de derecho

Primero. - El expediente se ha tramitado de acuerdo con la legislación aplicable.

Segundo. - A la ocupación solicitada le son de aplicación los preceptos contenidos en los Art. 168 y posteriores del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes y en el Art. 8 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.

Tercero. - El Pliego de Condiciones para la ejecución de la ocupación fue aceptado por la entidad propietaria y por el interesado.

Cuarto. - El Jefe de Servicio Provincial de Medio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible, ha propuesto favorablemente la resolución definitiva de la ocupación solicitada.

Por todo ello, esta Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, resuelve:

Autorizar la ocupación temporal en terrenos Monte de Utilidad Pública Torcales número 27 del Catálogo de Albacete, propiedad del Ayuntamiento de Bienservida y sito en su término municipal, a favor de Juan Carlos Cano Tribaldos para la instalación de una torre y caseta de telecomunicaciones, según el proyecto y los planos presentados y con sujeción al Pliego de Condiciones Técnicas y Económicas establecido y al siguiente condicionado:

Primero. - El plazo de ocupación será de 10 años, contabilizados a partir del día 12 de marzo de 2018 fecha de la firma del pliego de condiciones, renovables si fuera necesario.

Segundo. - La ocupación se concede con carácter temporal, y vigencia mientras se cumpla la finalidad de la concesión a cuyo favor se otorga, revirtiendo al monte cuantas instalaciones quedaran sin retirar sobre los terrenos objeto de la ocupación una vez cancelada por cualquier causa.

Tercero. - La autorización se otorga dejando a salvo la propiedad, y no constituye gravamen alguno sobre el citado monte, ni releva de la obligación de obtener el resto de autorizaciones que, con arreglo a las disposiciones vigentes fueran necesarias en relación con la instalación de referencia.

Cuarto. - El canon de ocupación anual se fija en: 1.000,00 €.

El canon deberá ser abonado del siguiente modo: el 20% en concepto de Fondo de Mejoras, mediante el documento de pago modelo 046, bajo el concepto de ingreso 6043 denominado Servicios y aprovechamientos en materia de montes de carácter finalista.

Este porcentaje resulta de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, conforme a la modificación realizada por la Disposición final sexta de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha. En caso de contradicción entre lo establecido en esta resolución con el resto de documentación del expediente, prevalecerán los porcentajes establecidos en la presente resolución.

El canon se actualizará anualmente según la variación del IPC.

Quinto. - La Consejería Desarrollo Sostenible procederá a hacer el replanteo y entrega provisional de la parcela ocupada, quedando el concesionario obligado a hacer por su cuenta el amojonamiento de la parcela entregada y a las condiciones que fije la referida Consejería; realizados los amojonamientos de conformidad con la misma, se levantará la correspondiente acta de entrega definitiva.

Sexto. - El beneficiario se obliga a abonar todos los gastos que origine la formalización en escritura pública de la presente autorización, si ello se estima necesario.

Séptimo. - El beneficiario no podrá traspasar la titularidad de esta autorización en ningún caso, ni a persona física ni jurídica, sin autorización previa de la administración forestal.

Octavo. - Cualquier variación de la instalación que implique la ocupación de terrenos distintos de los concedidos, será objeto de nuevo expediente.

Noveno. - La concesión que se contempla se regirá, además de por las prescripciones del Pliego de Condiciones aceptado por la entidad titular, y que no contradigan a este condicionado, por cuantas disposiciones generales regulen en la actualidad las ocupaciones en Montes de Utilidad Pública y por todas aquéllas que se dicten en el futuro, concernientes a la inspección, vigilancia y seguridad en el monte.

Décimo. - El concesionario será responsable de los daños que se pudieran ocasionar fuera de la zona de ocupación y motivados por la misma, bien directa o indirectamente, aunque no medie culpa por su parte.

Decimoprimero. - El concesionario no podrá impedir el paso por la zona ocupada, en caso necesario, del personal que por su cargo o funciones tenga que circular por el monte, ni tampoco podrá obstaculizar la ejecución de proyectos de interés público o social, siempre que no se opongan a los términos de la autorización o se proyecten de forma compatible con ella, o que ellos sean declarados de utilidad pública.

Decimosegundo. - La Consejería de Desarrollo Sostenible podrá inspeccionar las instalaciones comprobando los límites territoriales de la ocupación y el cumplimiento del condicionado impuesto, que en caso de haber sido infringido determinará la incoación del oportuno expediente de rescisión.

Decimotercero. - Las personas encargadas de la conservación y custodia de las instalaciones quedan obligados al cumplimiento de cuantas reglas generales de policía forestal se han dictado y se dicten en lo sucesivo para prevenir toda clase de daños eventuales.

Para el acceso a las instalaciones se atenderá a las indicaciones del personal de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

Decimocuarto. - La administración forestal no será responsable de los daños que pudieran producirse en las instalaciones realizadas, como consecuencia de las existencias forestales o de los aprovechamientos del monte.

Decimoquinto. - La Consejería de Desarrollo Sostenible no se hace responsable de cualquier anomalía técnica que produzcan las instalaciones en otras localizadas en la proximidad.

Decimosexto. - Serán causa de rescisión de la presente concesión las siguientes:

1. Renuncia voluntaria del beneficiario.

2. Cese del uso para el que se concedió durante dos años.

3. Utilización para destino distinto del que fundamentó su otorgamiento.

4. Vencimiento del plazo fijado.

5. Incumplimiento de cualquiera de las condiciones estipuladas en la concesión.

Decimoséptimo. - Declarada la caducidad o rescisión de la presente autorización, la ocupación a que se refiere quedará sin valor, debiendo dejar el beneficiario la zona afectada en la forma que determine el Servicio de Medio Natural y Biodiversidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible, sin que por ello tenga derecho a formular reclamación alguna ni a percibir indemnización de ninguna clase, pudiendo la Administración, en caso de incumplimiento, ejercer las medidas de ejecución forzosa previstas en artículo 100 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Decimoctavo. - El beneficiario queda obligado a acoger a cuantas antenas de otras empresas soliciten instalarse sobre su torre metálica, debiendo la empresa solicitante asumir los costes de la modificación de la infraestructura que sean necesarios. La liquidación del canon, así como las responsabilidades derivadas de la ocupación, serán solidarias entre las empresas que tengan instaladas sus antenas en la misma torre metálica, siendo el titular de la ocupación el único interlocutor válido ante la Administración Forestal y la Entidad propietaria. Igualmente, el uso compartido de las instalaciones, en todo caso, deberá ponerse en conocimiento de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible por parte del titular de la ocupación, para su constancia en el expediente.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la interposición de cualquier recurso administrativo podrá realizarse a través de medios electrónicos, salvo que se tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos (como las personas jurídicas, las entidades sin personalidad y las personas físicas que representen a las anteriores), a través del correspondiente enlace de la página web de la Junta de Comunidades de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

https://www.jccm.es/tramites/1003700

Toledo, 8 de junio de 2024

La Directora General de Medio Natural y Biodiversidad

SUSANA JARA SÁNCHEZ

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
303149 {"title":"Montes. Resolución de 08\/06\/2024, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, por la que se aprueba la ocupación temporal en el monte de utilidad pública Torcales número 27 del catálogo de la provincia de Albacete, perteneciente al Ayuntamiento de Bienservida y sito en su término municipal, para la instalación de centro de telecomunicaciones. Expediente ID 3501-T 1640524. [NID 2024\/5270]","published_date":"2024-07-04","region":"castillalamancha","region_text":"Castilla-La Mancha","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillalamancha","id":"303149"} castillalamancha BOPA,BOPA 2024 nº 128,Consejería de desarrollo sostenible,Otras disposiciones y actos https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/castillalamancha/boa/2024-07-04/303149-montes-resolucion-08-06-2024-direccion-general-medio-natural-biodiversidad-se-aprueba-ocupacion-temporal-monte-utilidad-publica-torcales-numero-27-catalogo-provincia-albacete-perteneciente-ayuntamiento-bienservida-sito-termino-municipal-instalacion-centro-telecomunicaciones-expediente-id-3501-1640524-nid-2024-5270 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.