Instalaciones Eléctricas. Resolución de 24/06/2024, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de instalación eléctrica de alta tensión con número de expediente: E-45240222891. [NID 2024/5190]
Examinado el procedimiento iniciado por el Interesado referente a la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de instalación eléctrica de alta tensión, cuyos datos básicos son los siguientes:
Referencia: E-45240222891.
Titular: Biometano Montes Toledo S.L.U.
Situación: Término municipal de Mazarambroz (Toledo).
Proyecto: Instalación de centro de seccionamiento y línea de media tensión para cesión a I-DE y anexo visado - Mazarambroz- (Toledo).
Características principales de las instalaciones:
Centro de seccionamiento (4L +1P) con transformador de 50 kvas
Los elementos constitutivos del centro de seccionamiento serán:
- Envolvente prefabricada de superficie.
- Celdas de AT
- Fusibles limitadores de M.T.
- Automatización y comunicaciones
- Acometidas de cables.
- Instalación de puesta a tierra.
- Materiales de seguridad y primeros auxilios
- Debido a que no existe red de baja tensión en la parcela, se optará por la combinación de 4L1P-TRAFO 50 kvas.
LSMT (20 kv):
Conductor HEPRZ1 12/20 kv 3X (1 X240) mm2 AL H16 de 48 x2 metros de longitud (D/C) haciendo entrada/salida en centro de seccionamiento y hasta punto de entronque con apoyo de I-DE (a instalar por la compañía).
Finalidad: Dotar de suministro eléctrico a planta biometano y cantera.
Antecedentes de hecho
Primero.- Con fecha 13 de marzo de 2024 fue solicitada la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la instalación de referencia en esta Delegación Provincial.
Segundo.- La solicitud no fue sometida a Información Pública, ya que dicha instalación cumple con el apartado 3 del artículo 13 del Decreto 34/2017, por el que se modifica el Decreto 80/2017, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección.
Tercero.- Se hicieron las Consultas a las distintas Administraciones Públicas, organismos o empresas de servicios públicos o servicios de interés general afectados en algunos de los bienes o derechos a su cargo dando traslado de separatas del proyecto. Todas ellas mostraron su conformidad de manera expresa o por silencio según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes
Fundamentos de derecho:
Uno.- Esta Delegación Provincial es el órgano competente para dictar la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y el Decreto 34/2017, de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, y lo dispuesto en el Decreto112/2023, de 25 de julio por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
Dos.- La presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y el Decreto 34/2017, de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada,
Resuelvo: Otorgar a "Biometano Montes de Toledo S.L.U." la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto "Instalación de centro de seccionamiento y línea de media tensión para cesión a I-DE y anexo visado - Mazarambroz- (Toledo)." en el término municipal de Mazarambroz (Toledo). quedando sometida a las siguientes condiciones:
Primera.- Las instalaciones, los elementos técnicos y materiales deberán ajustarse a las correspondientes normas técnicas de seguridad y calidad industriales, de conformidad a lo previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás normativa que resulte de aplicación. En todo momento se deberá cumplir lo indicado en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y el Decreto 34/2017, de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
Segunda.- Las instalaciones que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto presentado.
Tercera.- Cualquier modificación que afecte a las características técnicas básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de esta Delegación Provincial, sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización Administrativa Previa y/o Autorización Administrativa de Construcción.
Cuarta.- Los cruces, paralelismos y otras afecciones de las instalaciones deberán realizarse de conformidad con los condicionados e informes que las administraciones, organismos o empresas de servicio público y/o interés general hayan emitido.
Quinta.- La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Sexta.- Se concede un plazo de 2 años, para la ejecución del proyecto a partir de la fecha de la presente Resolución. Dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.
Séptima.- La presente autorización en ningún caso se concede con derechos exclusivos de uso.
Octava.- El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia del interesado.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Sostenible, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con el artículo 122 de la citada disposición legal. Si el interesado tiene la obligación de relacionarse con la administración a través de medios electrónicos, tal y como se establece en artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo, la tramitación del citado recurso se realizará a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/sede/tramite/KGU
Toledo, 24 de junio de 2024
La Delegada Provincial
MONTSERRAT MURO MARTÍN