Economía Circular. Orden 108/2024, de 13 de junio, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 18/2020, de 31 de enero, por la que se crea y se establece la composición de la Comisión de Coordinación de Economía Circular de Castilla-La Mancha. [NID 2024/5092]

La Ley 7/2019, de 29 de noviembre, de Economía Circular de Castilla La Mancha, en su artículo 8, estableció la necesidad de la creación de una Comisión de coordinación y colaboración de economía circular. Dicha Comisión, creada por la Orden 18/2020, de 31 de enero, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, tiene la función de coordinar y colaborar en la adopción de medidas para el cumplimiento de los objetivos y principios de la mencionada Ley de Economía Circular.

El apartado cuarto de la Orden 18/2020, de 31 de enero dicta la composición de la Comisión de Coordinación de Economía Circular de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible. Posteriormente, el Decreto 68/2023, de 9 de julio, por el que se establece la nueva estructura de la Administración Regional incluyendo la Consejería de Desarrollo Sostenible, cuya nueva configuración se estableció por el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible, recientemente modificado por Decreto 6/2024, de 20 de febrero.

La actual estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Sostenible hace necesario modificar la Orden 18/2020, de 31 de enero, en su artículo cuarto con el fin de adaptar la composición de la Comisión de Coordinación de Economía Circular a los mencionados cambios.

La modificación cumple con el mandato reflejado en el citado artículo 8 de la Ley 7/2019, de 29 de noviembre, de Economía Circular de Castilla La Mancha y establece la composición de la citada Comisión, de forma que se garantice la participación equilibrada de hombres y mujeres en los términos previstos en la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad de Hombres y Mujeres de Castilla-La Mancha.

En su virtud y en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Consejería en el artículo 23.2.c) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible, modificado por Decreto 6/2024, de 20 de febrero.

Dispongo:

Artículo Único. Modificación de la Orden 18/2020, de 31 de enero, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se crea y se establece la composición de la Comisión de Coordinación de Economía Circular de Castilla-La Mancha.

El apartado cuarto de la Orden 18/2020, de 31 de enero, queda redactado de la siguiente forma:

"Cuarto. La Comisión de Coordinación de Economía Circular de Castilla-La Mancha tendrá la siguiente composición:

a) Presidencia: La persona titular de la consejería con competencias en materia de economía circular.

b) Vicepresidencia Primera: la persona titular de la viceconsejería con competencias en materia de coordinación de políticas de medio ambiente.

c) Vicepresidencia Segunda: La persona titular de la dirección general con competencias en materia de economía circular.

d)Vocalías:

1. Un máximo de diecisiete, correspondientes a las personas titulares de las direcciones generales de las consejerías, que integran la estructura organizativa de esta Administración Regional, cuyo ámbito competencial estén afectadas en el ámbito de la Estrategia de Economía Circular, esto es:

a) Competencias en materia de consumo.

b) Competencias en materia de energía.

c) Competencias en materia de medio natural y biodiversidad.

d) Competencias en materia de salud pública.

e) Competencias en materia de agua.

f) Competencias en materia de desarrollo rural.

g) Competencias en materia de agricultura y ganadería.

h) Competencias en materia de planificación y programación de las políticas agroambientales.

i) Competencias en calidad ambiental.

j) Competencias en materia de planificación territorial y urbanismo.

k) Competencias en materia de transporte y movilidad.

l) Competencias en materia de empresas.

m) Competencias en materia de turismo y comercio.

n) Competencias en materia de coordinación de fondos europeos.

o) Competencias en materia de participación en programas europeos.

p) Competencias en materia de contratación pública del sector público.

q) Competencias en materia de política educativa, universitaria e investigación.

2. Una persona en representación de las Organizaciones Profesionales Agrarias con mayor representatividad en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

3. Una persona en representación de Cooperativas Agroalimentarias de Castilla-La Mancha.

4. Una persona en representación de la Confederación de Empresarios de Castilla- La Mancha.

5. Una persona en representación de las empresas dedicadas a la gestión de residuos.

6. Una persona en representación de la Asociación de empresas energéticas.

7. Una persona en representación de la Asociación de Consumidores y usuarios.

8. Una persona en representación de la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha.

9. Una persona en representación de las organizaciones no gubernamentales con ámbito de actuación y representación en la Región, cuyo objeto social sea la defensa del medio ambiente.

10. Una persona en representación de la Universidad de Castilla-La Mancha.

11. Una persona en representación de la Universidad de Alcalá (UAH).

e) Secretaría: corresponderá a una persona funcionaria de la consejería con competencias en materia de economía circular, designada por la persona titular de la consejería.

La composición de la Comisión tenderá a garantizar la participación equilibrada de hombres y mujeres en los términos previstos en la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad de Hombres y Mujeres de Castilla-La Mancha".

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha.

Toledo, 13 de junio de 2024

La Consejera de Desarrollo Sostenible

Mª MERCEDES GÓMEZ RODRÍGUEZ

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