Delegación de Competencias. Resolución de 05/06/2024, de la Secretaría General, por la que se revoca la delegación de competencias en materia de contratación efectuada en favor de las personas titulares de las delegaciones provinciales de esta consejería. [NID 2024/4582]

Mediante Resolución de 3 de febrero de 2020, publicada en el D.O.C.M. Núm. 27, de 10 de febrero de 2020, se delegó en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la entonces Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas determinadas competencias en materia de contratación que el vigente entonces Decreto 80/2019, de 16 de julio, por el que se establecía la estructura orgánica y competencia de dicha Consejería, atribuía a esta Secretaría General.

Con posterioridad, este Decreto ha sido derogado mediante Decreto 104/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, no obstante lo cual y al amparo de lo previsto en su disposición adicional sexta "Las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos integrados en la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, respecto del ámbito competencial recogido en el mismo, continuarán siendo válidas y podrán hacer uso de ellas los órganos competentes por razón de la materia que vengan a sustituir a los delegados, hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas a los diferentes órganos resultantes de la aplicación de este decreto."

En atención a la cada vez mayor especialización que se demanda a los funcionarios que tramitan expedientes de contratación pública y a su necesaria profesionalización, resulta conveniente que la totalidad de los contratos que resulte necesario celebrar para garantizar el normal funcionamiento de esta Consejería, incluidas sus delegaciones provinciales, sean tramitados por personal de la Oficina de Contratación, órgano técnico especializado en materia de contratación pública y al que corresponde, entre otras funciones, el apoyo administrativo y técnico a la Secretaría General de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital en el ámbito de la contratación pública. Siendo esto así y dada la conveniencia de su tramitación por la citada Oficina resulta oportuno igualmente revocar la delegación efectuada de tal forma que las competencias incluidas en la misma retornen de nuevo a esta Secretaría General, revocación para cuya efectividad la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, exige su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Por todo ello, en virtud de lo establecido en los apartados 3 y 6 del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo:

Primero. - Revocar la Resolución de 3 de febrero de 2020, publicada en el D.O.C.M. Núm. 27, de 10 de febrero de 2020, por la que se delegaron competencias en materia de contratación en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería.

Segundo. - La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 5 de junio de 2024

La Secretaria General

MACARENA SÁIZ RAMOS

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