Instalaciones Eléctricas. Resolución de 09/05/2024, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de instalación eléctrica de alta tensión con número de expediente: E-45211122844. [NID 2024/4074]
Examinado el procedimiento iniciado por el Interesado referente a la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de instalación eléctrica de alta tensión, cuyos datos básicos son los siguientes:
Referencia: E-45211122844.
Titular: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Situación: Término municipal de Ontígola (Toledo).
Proyecto: Proyecto para P.S. de LAMT 15KV circuito ARZ-709B. Término municipal de Ontígola (Toledo).
Características principales de las instalaciones:
Instalación de nuevo Centro de Transformación compacto telecontrolado GSM/GPRS/FO 2L1P de 400 KVA/15 KV con potencia máxima admisible de 630 KVA y con envolvente Man. Ext.
Instalación de nuevo Centro de Seccionamiento 3L 2 telecontroladas GSM/GPRS/FO C/Trafo tensión 15kv Man. Ext
LAMT 15kV:
- Sustitución del apoyo existente NºD17-11 (HV), por un nuevo apoyo tipo C 14/7000 (H-35). Se instala antiescalo aislante y autoválvulas.
- Se retensa el conductor existente LA-110 AVIF/116,2 mm² Al de 156 metros de longitud entre el apoyo Nº D17-10 existente y el apoyo D17-11 proyectado. Debido a la proximidad de la línea a zona de la Red Natura 2000 se decide instalar protecciones avifauna.
- Se desmonta la línea aérea existente LA-110 de 618 metros de longitud entre los apoyos D17-11 y D-17-15 incluyendo estos apoyos existentes y los intermedios (D17-12, D17-13, D17-14)
LSMT 15kV:
Se proyectan cuatro nuevas líneas subterráneas hasta CGP proyectadas con un total de 1102 metros:
- Actuación 1: Nuevo conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3x(1x240) Al de 29 metros con origen en empalme en red existente de CT45C404 y final en empalme en red existente de CT45CNQ3.
- Actuación 2: Nuevo conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3x(1x240) Al de 188 metros con origen en apoyo proyectado NºD17-11 y final en CT proyectado.
- Actuación 3: Nuevo conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3x(1x240) Al de 616 metros con origen en CT proyectado y final en CS proyectado
- Actuación 4: Nuevo conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3x(1x240) Al de 269 metros con origen en CS proyectado y final en empalme en red existente de CT45C404
Finalidad: Mejora del suministro eléctrico de la zona.
Antecedentes de hecho
Primero.- Con fecha 29 de marzo de 2023 fue solicitada la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la instalación de referencia en esta Delegación Provincial.
Segundo.- La solicitud fue sometida a Información Pública, insertándose en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 12 de diciembre de 2023. No habiéndose recibido alegaciones en el plazo de 20 días establecidos al efecto.
Tercero.- Se hicieron las Consultas a las distintas Administraciones Públicas, organismos o empresas de servicios públicos o servicios de interés general afectados en algunos de los bienes o derechos a su cargo dando traslado de separatas del proyecto. Todas ellas mostraron su conformidad de manera expresa o por silencio según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes
Fundamentos de derecho:
Uno.- Esta Delegación Provincial es el órgano competente para dictar la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y el Decreto 34/2017, de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y lo dispuesto en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
Dos.- La presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada,
Resuelvo: Otorgar a "UFD Distribución Electricidad, S.A." la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto "Proyecto para P.S. de LAMT 15KV circuito ARZ-709B.Término municipal de Ontígola (Toledo)" quedando sometida a las siguientes condiciones:
Primera.- Las instalaciones, los elementos técnicos y materiales deberán ajustarse a las correspondientes normas técnicas de seguridad y calidad industriales, de conformidad a lo previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás normativa que resulte de aplicación. En todo momento se deberá cumplir lo indicado en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Segunda.- Las instalaciones que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto presentado.
Tercera.- Cualquier modificación que afecte a las características técnicas básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de esta Delegación Provincial, sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización Administrativa Previa y/o Autorización Administrativa de Construcción.
Cuarta.- Los cruces, paralelismos y otras afecciones de las instalaciones deberán realizarse de conformidad con los condicionados e informes que las administraciones, organismos o empresas de servicio público y/o interés general hayan emitido.
Quinta.- La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Sexta.- Se concede un plazo de 2 años, para la ejecución del proyecto a partir de la fecha de la presente Resolución. Dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.
Séptima.- La presente autorización en ningún caso se concede con derechos exclusivos de uso.
Octava.- El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia del interesado.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Sostenible, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con el artículo 122 de la citada disposición legal. Si el interesado tiene la obligación de relacionarse con la administración a través de medios electrónicos, tal y como se establece en artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo, la tramitación del citado recurso se realizará a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/sede/tramite/KGU
Toledo, 9 de mayo de 2024
La Delegada Provincial
MONTSERRAT MURO MARTÍN