Formación. Resolución de 30/04/2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convocan acciones formativas incluidas en el Programa de Autoformación, dentro del Plan de Formación para el Personal de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2024. [NID 2024/3497]

SITUACIONES E INCIDENCIAS

La Resolución de 21 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018, define a la formación para el Empleo de las Administraciones Públicas como el conjunto de instrumentos y acciones que tienen por objeto impulsar y extender entre las Administraciones Públicas y su personal empleado público una formación que responda a sus necesidades.

La Dirección General de la Función Pública, a través de la Escuela de Administración Regional de Castilla-La Mancha, ha confeccionado el Plan de Formación para el Personal de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, aprobado por la Comisión de Formación para el Empleo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha el día 18 de diciembre de 2023, y publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, número 3, de 04 de enero de 2024.

El Plan de Formación para 2024 incluye el Programa de Autoformación, que tiene por objetivo potenciar los modelos no formales de formación mediante el aprendizaje autodidacta.

La Escuela de Administración Regional de Castilla-La Mancha ofrece al personal empleado público la posibilidad de que mantengan actualizada su formación y cualificación de manera abierta.

Por todo ello, y al objeto de ejecutar el Plan de Formación, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 13.1 q) del Decreto 104/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, esta Dirección General de la Función Pública:

Resuelve

Convocar las acciones formativas incluidas en el Programa de Autoformación dentro del Plan de Formación para el Personal de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2024 conforme a las bases establecidas en la presente Resolución y las características particulares de cada una de ellas que se recogen en el Anexo de la misma.

Bases

Primera.- Objeto.

Las acciones formativas incluidas en el Programa de Autoformación que se convocan son las siguientes:

1.- Mejora del rendimiento intelectual.

2.- Estrategias para el cambio y la innovación.

3.- Inteligencia emocional.

4.- Introducción a la prevención de riesgos laborales.

5.- Introducción a las subvenciones públicas.

6.- Introducción a la nueva Ley de Contratos del Sector Público.

7.- Introducción a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8.- Introducción a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

9.- Aspectos generales de la transparencia.

10.- Protección de datos personales.

11.- Seguridad de la Información.

12.- Aspectos generales de la participación ciudadana en Castilla La Mancha.

13.- Formación para el Teletrabajo.

14.- Dirección por objetivos.

15.- Igualdad de género en la Administración Pública.

Segunda.- Personal destinatario.

1.- Con carácter general, será personal destinatario de las acciones formativas convocadas, el personal funcionario y laboral en situación de servicio activo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus Organismos Autónomos, excluido el personal eventual, el personal docente y el personal estatutario del Sescam, salvo que, en los dos últimos casos, este personal desempeñe puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo, aprobada por el Decreto 161/1989, de 28 de diciembre.

2.- El personal empleado público podrá participar en las acciones formativas durante el disfrute de los permisos por maternidad, adopción o acogimiento y paternidad, una vez finalizado el periodo de descanso obligatorio, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 105.3 y 119.6 de La Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

Tercera.- Modalidad de impartición y calendario de celebración.

1.- Las acciones formativas se impartirán en modalidad On-line, a través de la Plataforma de Formación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, accesible a través de la dirección Web: http://aulaear.jccm.es/.

2.- Teniendo en cuenta que el objetivo del Programa de Autoformación es la adquisición de conocimientos de manera autodidacta, estas acciones formativas no llevan tutorización.

3.- Se podrá acceder a los contenidos formativos de los cursos convocados desde el mes de junio de 2024 al mes de diciembre de 2024.

Cuarta.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.

1.- La solicitud de participación en las acciones formativas que se convocan se realizará exclusivamente a través de la aplicación informática de Gestión de la Formación de la EAR, a la que se podrá acceder a través de la dirección Web https://eargestionformacion.jccm.es tecleando directamente la dirección Web en el navegador de Internet, a través del Portal del Empleado/a y a través de la página Web de la EAR (http://ear.castillalamancha.es).

2.- En cumplimiento de la normativa de protección de datos, se informa que, los datos de carácter personal serán tratados y quedarán incorporados al tratamiento denominado "Actividades de Formación", cuya finalidad es la gestión de las distintas actividades de formación relacionadas con la Escuela de Administración Regional de Castilla-La Mancha.

3.- El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

4.- El número de solicitudes será ilimitado. Se podrán solicitar todas las acciones formativas enumeradas en la base primera de la presente Resolución, conllevando la admisión a todas las solicitadas, excepto aquellas que se hayan realizado con anterioridad con acreditación de aprovechamiento.

5.- La presentación de la solicitud de participación implica la aceptación de las presentes bases y demás condiciones específicas que se establezcan.

6.-Los requisitos exigidos en la presente convocatoria deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y mantenerse en la fecha de inicio de la acción formativa solicitada.

Quinta.- Comunicación de la admisión a las acciones formativas.

1.- La Escuela de Administración Regional de Castilla-La Mancha, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, comunicará a cada una de las personas participantes, a través de la dirección de correo electrónico que hubieran hecho constar en la aplicación informática de Gestión de la Formación de la EAR, su admisión en las acciones formativas respecto de las que cumplieran los requisitos establecidos en la presente convocatoria con una antelación mínima de siete días naturales a la fecha de inicio de la acción formativa.

2.- Se entenderán desestimadas las solicitudes cuando no se comunique a la persona interesada su admisión a la realización de las acciones formativas incluidas en la misma.

3.-Todas las comunicaciones derivadas de la acción formativa convocada se realizarán a través de la dirección de correo electrónico que conste en la ficha personal de la aplicación informática de Gestión de la Formación de la EAR.

Sexta.- Estructura de las acciones formativas.

1.- Como requisito previo para el acceso a la realización de cualquiera de los cursos de autoformación, a excepción del curso de Igualdad de Género en la Administración Pública, de acuerdo con lo establecido en la medida 03 del eje 3 del II Plan de Igualdad de Oportunidades para Empleadas y Empleados Públicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se debe realizar al menos un progreso del 85% sobre la totalidad de los contenidos del módulo transversal de igualdad de género. El progreso realizado en este módulo, se puede consultar en el apartado de calificaciones de la plataforma de formación.

2.- Las acciones formativas estarán integradas por el contenido del curso y un cuestionario final de evaluación. Los contenidos serán evaluables en los términos siguientes:

a) Los contenidos del curso serán accesibles a través de un sistema que asegure el seguimiento del progreso efectuado por cada alumna/o. Para que se considere que el alumnado ha superado los contenidos del curso debe alcanzar un progreso de al menos el 85% sobre la totalidad de los contenidos. La Escuela de Administración Regional de Castilla-La Mancha pondrá a disposición los contenidos formativos en formato accesible (pdf), de tal forma que puedan ser descargados y consultados. No obstante, la utilización de estos materiales no implicará la superación del curso si no va acompañada de un progreso, al menos del 85%, sobre los contenidos de la acción formativa en la Plataforma.

b) El cuestionario de evaluación final estará formado por 20-25 preguntas tipo test basadas en el contenido del curso. Para realizarlo se dispondrá de dos intentos, de los cuales se computará únicamente la calificación más alta obtenida, debiéndose contestar correctamente al menos el 50% de las preguntas formuladas, en un plazo máximo de 30 minutos desde el momento de su inicio. El alumnado deberá remitir para su corrección automatizada las respuestas asignadas a las cuestiones planteadas mediante la correspondiente opción dentro de la plataforma. La falta de envío o el envío fuera del tiempo establecido implicará la no superación del cuestionario de evaluación final.

Séptima.- Acreditación de aprovechamiento.

1.- Una vez finalizado el plazo de realización de las acciones formativas, el progreso sobre los contenidos de cada una de ellas, así como el resultado obtenido en los cuestionarios de evaluación final se acreditará, exclusivamente, a través de los datos obtenidos de la Plataforma de Formación. Por ello, es imprescindible seguir las instrucciones indicadas en la propia plataforma, así como las enviadas por la Escuela de Administración Regional al inicio de las actividades formativas, de cara a que se registre correctamente el progreso realizado durante el curso y poder obtener la certificación de aprovechamiento. En caso contrario, no se podrá certificar el aprovechamiento de las diferentes acciones formativas.

2.- El alumnado deberá comprobar, a través de la Plataforma de Formación, el progreso alcanzado en los contenidos del curso y la calificación obtenida en el cuestionario final de evaluación.

3.- La acreditación de "aprovechamiento" de cada una de las acciones formativas convocadas, se valorará con el número de horas lectivas que se señala para cada una de ellas, en el Anexo a esta Resolución.

4.- Para poder certificar cada una de las acciones formativas como aprovechamiento, se deben cumplir la totalidad de los siguientes requisitos:

a) Conectarse y realizar un progreso del 85% de la totalidad de los contenidos de cada curso, no siendo válida la descarga de los contenidos en pdf.

b) Superar el cuestionario de evaluación final.

c) Cumplimentar la encuesta de evaluación de cada acción formativa en la aplicación informática de gestión de la formación en el plazo máximo de diez días contados desde el mismo día que finaliza las acciones formativas.

La falta de uno o varios requisitos determinará la "no certificación" de las acciones formativas, apareciendo en el Registro de la aplicación informática de Gestión de la Formación como "no certificado".

5.- El no haber iniciado, superado o finalizado una acción formativa en esta convocatoria no conllevará penalización para poder ser seleccionada/o para realizar cualquier otra acción formativa; pero sí aparecerá en el Registro de la aplicación informática de Gestión de la Formación como "no certificado".

6.- Una vez finalizada la acción formativa y comprobado el cumplimiento de todos los extremos necesarios para ello, la acreditación de la acción formativa se realizará simultáneamente a la totalidad del alumnado.

7.- La acreditación de "aprovechamiento" de las acciones formativas se efectuará por la Escuela de Administración Regional de Castilla-La Mancha, mediante su anotación en el Registro de la Aplicación Informática de Gestión de la Formación, sin que exista obligación de expedir diploma físico acreditativo.

Octava.- Consideraciones finales.

1.- La plataforma virtual de formación estará disponible las 24 horas del día, debiendo en todo caso el personal seleccionado conectarse a ella fuera de la jornada de trabajo que tuviera asignada.

2.- Para la realización de las acciones formativas bajo modalidad On-Line, deberá disponerse con carácter general de un ordenador personal o dispositivo móvil (móvil o tablet) con la configuración mínima siguiente:

1. Procesador: Procesador de 32 bits (x86) o 64 bits (x64) a 1 gigahercio (GHz) o superior.

2. Sistema Operativo: Windows 10/ Windows 11/Mac OSx/Linux/Móvil: Android/iOS, últimas versiones.

3. Memoria RAM: 2 Gb.

4. Gráficos: Resolución de pantalla mínima: 1024x768, y colores de 16 bits.

5. Sonido (en su caso): Tarjeta de sonido 32 bits y auriculares.

6. Máquina Virtual de Java: Sun JRE 1.8 o superior. Solamente es necesaria si el curso tiene evaluación o está integrado bajo estándares AICC o SCORM.

7. Navegadores soportados:

PC de escritorio: Chrome, Firefox, Safari, Microsoft Edge.

Móvil: MobileSafari, GoogleChrome, últimas versiones. Deben permitir elementos emergentes pop-up.

8. PDF. En el caso de que el curso disponga de ficheros con formato pdf, es necesario Adobe Acrobat Reader, últimas versiones.

9. Tener conexión a Internet con una velocidad de transferencia de, al menos, similar a las de un ADSL doméstico.

10. En caso de acceder a través de dispositivos móviles a la plataforma Moodle se recomienda descargar la app Moodle para dispositivos móviles Apple y Android.

(https://download.moodle.org/mobile)

3.- Dentro de los contenidos de cada curso se pondrá a disposición por parte de la Escuela de Administración Regional una Guía Didáctica, que servirá de orientación tanto en el acceso a la plataforma, como en su utilización básica.

4.- El alumnado podrá dirigir sus consultas de carácter técnico, que se refieran al uso de la plataforma, a la dirección de correo electrónico teleformacion.ear@jccm.es

Toledo, 30 de abril de 2024

El Director General de la Función Pública

JOSÉ NARVÁEZ VILA

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