Instalaciones Eléctricas. Resolución de 22/04/2024, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Guadalajara, por la que se otorga a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU la autorización administrativa de explotación del proyecto con título: Proyecto de modificación de la línea de alta tensión SC 132 kV Torija-Guadalajara entre los apoyos número 66 y 68 por E/S ST Ciudad del Transporte en Marchamalo (Guadalajara), formulada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU con número de expediente 2018DIST026. [NID 2024/3319]

Examinado el procedimiento instruido en esta Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Guadalajara, a la vista de la solicitud Autorización Administrativa de Explotación presentada por la empresa I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, para el proyecto arriba referenciado con número de expediente 2018DIST026, en base a los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Con fecha de 29 de octubre de 2020, se emitió Resolución de la Dirección General de Transición Energética por la que se otorga a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción del de la instalación eléctrica en alta tensión arriba referenciada.

Segundo. Con fecha 15 de diciembre de 2020 se presenta documentación relativa a la autorización de explotación de las instalaciones. Dicha documentación es suficiente para proceder a emitir la Autorización solicitada.

Tercero. La fecha de la última presentación de documentación es de 29 de septiembre de 2023.

A los anteriores hechos son aplicables los siguientes

Fundamentos de derecho

Primero. Conforme el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible (DOCM de 28 de julio de 2023) determina que la Dirección General de Transición Energética es el órgano al que le compete el ejercicio de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de energía.

Por su parte, artículo 5 del Decreto 80/2007, de 19-06-2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección establece que serán las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de energía quienes resolverán las autorizaciones administrativas de construcción, modificación sustancial, transmisión y cierre de las instalaciones eléctricas que discurran íntegramente por su ámbito territorial y no atribuidas a la Dirección General competente en materia de energía así como la aprobación del proyecto de ejecución y, en su caso, la declaración de utilidad pública.

En base a lo anterior, y a la solicitud presentada, se entiende que corresponde a esta Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Guadalajara su resolución.

Segundo. Esta Autorización de Explotación se otorga en base a las condiciones generales que prevén el Decreto 80/2007, de 19-06-2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección modificado por el Decreto 34/2017, de 2 de mayo; Asimismo se entiende de aplicación la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.; el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 y el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, así como otras que le son de aplicación.

Tercero. La solicitud de autorización de explotación de instalaciones eléctricas viene acompañada de la documentación que es preceptiva tanto desde el punto de vista legal como reglamentario.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, en uso de las atribuciones legalmente establecidas,

Resuelvo

Otorgar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, con CIF A95075578 la Autorización de Explotación para la instalación con Resolución de Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de 29 de octubre de 2020, y número de expediente 2018DIST026 (Instalación Nº 19210100086) que abarca las siguientes instalaciones:

Modificación línea de alta tensión

Nº Expediente:

2018DIST026(Nº INST. 19210100086)

Titular:

I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU

Ubicación:

Marchamalo (Guadalajara)

Año:

2020

Tipo de conductor:

LA-280 (HAWK).

Nº Circuitos:

2

Tipo de instalación:

Aérea

Longitud:

538,48 m.

Tensión:

132 kV.

Origen modificación (Coordenadas UTM ETRS89):

Apoyo 66

X: 484153,82

Y: 4503261,25

Fin modificación (Coordenadas UTM ETRS89):

Apoyo 68

X: 484193,79

Y: 4503020,11

Otras características:

La anterior descripción tiene carácter meramente indicativo. Para una descripción detallada de la misma se deberá acudir a la documentación técnica que se encuentra en el expediente.

Esta autorización queda sometida al cumplimiento de la legislación vigente y a las siguientes condiciones:

1ª. La presente Autorización de Explotación se otorga sin perjuicio e independientemente de otras autorizaciones, concesiones, licencias o permisos que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y en especial la de ordenación del territorio, urbanismos y medio ambiente.

2ª. El titular de la instalación se responsabilizará del mantenimiento, conservación y funcionamiento, así como de la verificación e inspección periódica de las instalaciones de su propiedad y de aquellas que les sean cedidas.

3ª. Cualquier ampliación y/o modificación de las instalaciones eléctricas de alta tensión de distribución de energía eléctrica queda condicionada al cumplimiento del procedimiento de autorización, en su caso establecido por la legislación sectorial vigente.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015) del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso deberá realizarse a través de medios electrónicos cuando el recurrente (o su representante) tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, a través del correspondiente enlace de la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

https://www.jccm.es/sede/tramite/KGU (apartado "Tramitación Online").

Para aquellos sujetos no obligados a relacionarse por medios electrónicos con la Administración podrán utilizar esa misma vía, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra de las recogidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Guadalajara, 22 de abril de 2024

El Delegado Provincial

RUBÉN GARCÍA ORTEGA

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