Montes. Resolución de 24/04/2024, de la Secretaría General, por la que se publica el Acuerdo de 09/04/2024, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la exclusión de una parte no significativa del monte de utilidad pública 109 La Ceja, propiedad del Ayuntamiento de Valdeganga (Albacete), para mejor definición de la superficie del monte. [NID 2024/3330]

De acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acuerda publicar en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de abril de 2024, con el siguiente tenor literal, una vez tratados datos personales:

"Visto el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de fecha 30 de enero de 2024, sobre propuesta de autorización de exclusión de una superficie de 2.883 m2 del MUP número 109 "La Ceja", propiedad del Ayuntamiento de Valdeganga (Albacete), conforme a los datos y planos obrantes en el expediente y con sujeción a las condiciones indicadas en dicho informe, al que le corresponden los siguientes.

Antecedentes

Primero. Por Orden Ministerial de 31 de mayo de 1961 se aprobó el deslinde del monte "La Ceja", que no se encuentra amojonado. El monte figura en el Catálogo de MUP de la provincia de Albacete con el número 109, en el que se especifica una superficie pública de 19,1735 ha., y 3 enclavados que suman una superficie de 1,0515, resultando un total de 20,2250 ha.

Segundo. Con fecha de 26 de noviembre de 2018, don Andrés Gómez Gómez, en representación de su madre, doña C.G.L., presenta ante la Administración competente, una "solicitud de transformación en agrícola de un terreno forestal en régimen general administrativo" (Expte. AB-0129/18), que afecta a la parcela 5090 del polígono 2 de Valdeganga (Albacete).

Tercero. La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, con base en los datos obrantes del deslinde mencionado, dicta Resolución de 2 de julio de 2020 de cambio de uso del suelo, autorizando y denegando parcialmente la transformación de la superficie, fundamentando la resolución denegatoria en "Una parte de 0,3108 ha de superficie, del recinto 5 de la parcela catastral 5090, se encuentra al monte número 109 del C.U.P. de la provincia de Albacete y pertenece al Ayuntamiento de Valdeganga, por tanto y de acuerdo con el artículo 48.1 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible, al tratarse de un monte en régimen especial administrativo, no se pueden autorizar roturaciones para su transformación en uso agrícola".

Cuarto. Durante el trámite de audiencia abierto antes de dictar la resolución mencionada, don Andrés manifestó su disconformidad presentando copia de la Resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de 1998 por la que se aprueba el expediente 08020013398 de "ayudas para el fomento de inversiones forestales en explotaciones agrarias (subprograma 1)" para esa superficie, y en el que figura como beneficiario don G.G.P., padre de don Andrés.

Presentó también escrituras de compraventa por las que don Gumersindo adquiere las parcelas 138 y 139 en 1968 de don Orencio Monedero Piqueras, y en 1981, las parcelas 140 y 141 de doña Joaquina Navarro Gualda, todas ellas del polígono 4 del Catastro antiguo de Valdeganga acompañadas de escrito del arquitecto responsable del Servicio de Urbanismo del ayuntamiento de ese municipio, en el que informa que "vista la documentación gráfica del Catastro actual de la parcela 5090 del polígono 2 de Valdeganga, dichas parcelas se corresponden con las parcelas 138, 139, 140 y 141 del polígono 4 del Catastro antiguo de Valdeganga.". Asimismo, presentó notas simples del Registro de la Propiedad de Casas Ibañez, de 30 de junio de 2021 que acreditan la propiedad de estas cuatro parcelas.

Quinto. Contra esta resolución, planteó don Andrés recurso de alzada, sosteniendo su pretensión en base a los mismos documentos presentados durante la audiencia. En la propuesta de resolución del recurso, el Servicio de Medio Natural de la Delegación Provincial de Albacete, concluye que "de las cuatro parcelas que alega el peticionario y una vez interpretada la documentación obrante en este Servicio Provincial del deslinde realizado en este monte de utilidad pública, se informa que las parcelas 140 y 141 del polígono 4 del catastro antiguo de Valdeganga (Dª. Joaquina Navarro Gualda) se encuentran fuera del monte, así como la parcela 138 del polígono 4 de Valdeganga, mientras que la parcela 139 del polígono 4 de Valdeganga se encuentra dentro del monte de U.P".

Sexto. El 21 de julio de 2021 don Andrés presenta una solicitud de desafección/descatalogación de montes demaniales para la superficie cuya transformación a suelo agrícola le había sido denegada (parcela 139 del Catastro antiguo y fracción del recinto 5 de la actual parcela 5090), precisamente por tratarse de un monte en régimen especial administrativo. La solicitud resulta archivada por Resolución de 3 de febrero de 2022 de la Delegada Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Albacete porque "no ha sido presentada por la Administración titular del monte". Contra esta Resolución interpone don Andrés recurso de alzada, resultando el mismo desestimado porque "el terreno afectado se encuentra dentro del monte de utilidad pública número 109 denominado "La Ceja", perteneciente al Ayuntamiento de Valdeganga". Y porque "Este monte se tiene aprobado su deslinde mediante Orden Ministerial de 31 de mayo de 1981 y, según el artículo 14.6 de la Ley 3/2008, el deslinde aprobado y firme supone la delimitación del monte y declara con carácter definitivo su estado posesorio, a reserva de lo que pudiera resultar de un juicio declaratorio de propiedad.

Séptimo. Con fecha 17 de noviembre de 2022, el Ayuntamiento de Valdeganga presenta solicitud de desafección/descatalogación de montes demaniales, junto con certificado del Acuerdo Plenario que aprueba la citada solicitud en la que indican expresamente que "nos consta que dichas parcelas nunca han sido propiedad del Ayuntamiento de Valdeganga", instando a esta Consejería a revisar el deslinde y subsanar el error. El 24 de enero de 2023 personal técnico del Servicio de Medio Natural y Biodiversidad, en presencia del Alcalde-Presidente del municipio, realiza el apeo de los límites de la zona solicitada por el Ayuntamiento de Valdeganga para su descatalogación, levantando acta de este trámite. La superficie afectada tras el apeo queda reducida a 2883 m2.

Octavo. Con fecha 30 de enero de 2024 se emite informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, que propone la autorización de la exclusión y descatalogación de 2883 m2 del MUP número 109 "La Ceja", propiedad del Ayuntamiento de Valdeganga (Albacete), conforme a los datos y planos obrantes en el expediente y con sujeción a las condiciones indicadas en dicho informe.

Fundamentos de Derecho

Primero. La Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, establece el régimen de inclusión y exclusión de montes en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública en su artículo 9, cuyo apartado 5 indica:

"La exclusión de un monte del Catálogo de Montes de Utilidad Pública sólo procederá cuando haya perdido las características por las que fue catalogado, y se regulará por el procedimiento descrito en el apartado anterior. La exclusión parcial o permuta de una parte no significativa de un monte catalogado podrá ser autorizada por acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta de su órgano forestal, siempre que suponga una mejor definición de la superficie del monte o una mejora para su gestión y conservación".

Segundo. De conformidad con el apartado 3 de ese mismo artículo:

"La inclusión y exclusión de montes en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública se adoptará por acuerdo del Consejo de Gobierno y la llevanza de éste corresponde a la Consejería, que dará traslado al órgano correspondiente de la Administración General del Estado de las inscripciones que practique, así como de las resoluciones administrativas y sentencias judiciales firmes que conlleven modificaciones en el Catálogo, incluidas las que atañen a permutas, prevalencias y resoluciones que, con carácter general, supongan la revisión y actualización de los montes catalogados".

Tercero. Obra en el expediente el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de 30 de enero de 2024, en cuya fundamentación se justifica la exclusión, tras realizar el ajuste y actualización de la superficie real del monte.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Sostenible y previa deliberación en la reunión de 9 de abril de 2024, este Consejo de Gobierno,

Acuerda:

Autorizar la exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública y desafectación del dominio público de una superficie de 2883 m2 del MUP número 109 La Ceja, que se relaciona en el anexo al presente Acuerdo, para una mejor definición de la superficie del monte, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.5 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.

El presente acuerdo agota la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 38.2 de la Ley 3/1984 de 25 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y frente al mismo cabe interponer recurso Contencioso-Administrativo, de acuerdo con la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

Toledo, 24 de abril de 2024

La Secretaria General

MARÍA DEL CARMEN MARTÍN SÁNCHEZ

Imagen del artículo Montes. Resolución de 24/04/2024, de la Secretaría General, por la que se publica el Acuerdo de 09/04/2024, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la exclusión de una parte no significativa del monte de utilidad pública 109 La Ceja, propiedad del Ayuntamiento de Valdeganga (Albacete), para mejor definición de la superficie del monte. [NID 2024/3330]

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
12114 {"title":"Montes. Resolución de 24\/04\/2024, de la Secretaría General, por la que se publica el Acuerdo de 09\/04\/2024, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la exclusión de una parte no significativa del monte de utilidad pública 109 La Ceja, propiedad del Ayuntamiento de Valdeganga (Albacete), para mejor definición de la superficie del monte. [NID 2024\/3330]","published_date":"2024-05-02","region":"castillalamancha","region_text":"Castilla-La Mancha","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillalamancha","id":"12114"} castillalamancha BOPA,BOPA 2024 nº 85,Consejería de desarrollo sostenible,Otras disposiciones y actos https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/castillalamancha/boa/2024-05-02/12114-montes-resolucion-24-04-2024-secretaria-general-se-publica-acuerdo-09-04-2024-consejo-gobierno-se-autoriza-exclusion-parte-significativa-monte-utilidad-publica-109-ceja-propiedad-ayuntamiento-valdeganga-albacete-mejor-definicion-superficie-monte-nid-2024-3330 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.