Centros Educativos. Resolución de 17/04/2024, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se extingue la autorización de apertura y funcionamiento y el concierto educativo del Centro Privado Concertado de Educación Infantil y Primaria La Inmaculada, de Santa Cruz de Mudela. [NID 2024/3052]
Visto el expediente iniciado por la persona representante de la titularidad, en el que se solicita la extinción de la autorización de apertura y funcionamiento por cese de la actividad y del concierto educativo del Centro privado concertado de Educación Infantil y Primaria La Inmaculada, con código 13002861 y domicilio en Avda. Pio XII, 10, de Santa Cruz de Mudela (Ciudad Real), y en ejercicio de las competencias que me otorga el Decreto 108/2023, de 25 de julio, en el que se establece la estructura orgánica y distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo:
Primero. - Extinguir la autorización de apertura y funcionamiento del Centro privado concertado de Educación Infantil y Primaria La Inmaculada, con código 13002861 y domicilio en Avda. Pio XII, 10, de Santa Cruz de Mudela (Ciudad Real), por cese definitivo de su actividad educativa.
Segundo. - La extinción de la autorización dará lugar a la correspondiente inscripción de baja en el Registro de Centros docentes no universitarios de Castilla-La Mancha.
Tercero. - Aprobar la extinción del concierto educativo del Centro privado concertado de Educación Infantil y Primaria La Inmaculada, de Santa Cruz de Mudela, debido al cese voluntario de la actividad del centro.
Cuarto. - La presente resolución surtirá efectos desde el inicio del curso escolar 2024/2025.
Quinto. - La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Con carácter potestativo, podrá formularse recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería con competencias en materia de educación, en el plazo de un mes, en los términos establecidos en los artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 17 de abril de 2024
El Consejero de Educación, Cultura y Deportes
AMADOR PASTOR NOHEDA