Provisión de Puestos de Trabajo. Resolución de 13/03/2024, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se anuncia la provisión, por el sistema de libre designación (LD HAC-AAPP-TD L1/2024) de puestos de trabajo vacantes de la categoría profesional de Conductor/a, reservados a personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. [NID 2024/2180]

OPOSICIONES Y CONCURSOS

Esta Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 11.3.e) de la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de Castilla-La Mancha y previa autorización de la Dirección General de Presupuestos, ha resuelto efectuar la presente convocatoria de los puestos de trabajo vacantes y dotados presupuestariamente, reservados a personal laboral fijo de la categoría profesional de conductor/a, de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, clasificados en la Relación de Puestos de Trabajo por el sistema de provisión de libre designación, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del VIII Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que se relacionan en el Anexo I de esta resolución.

La provisión de dichos puestos se regirá por las siguientes bases:

Primera.- La convocatoria es de aplicación al personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en situación de servicio activo, o en cualquier otra con reserva del puesto de trabajo, perteneciente a la categoría de conductor/a.

Segunda.- Podrá participar el personal laboral comprendido en la base primera, que reúna los requisitos exigidos para la cobertura del puesto.

El personal laboral que desempeñe en movilidad funcional un puesto de libre designación incluido en esta convocatoria, tendrá la obligación de solicitar dicho puesto, cesando en el mismo, en caso de no obtenerlo.

El personal laboral que desempeñe en adscripción provisional un puesto de libre designación incluido en esta convocatoria, tendrá obligación de solicitar dicho puesto. El incumplimiento de esta obligación tendrá como consecuencia la finalización de la adscripción provisional y el pase a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

Tercera.- Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital y se presentarán de forma telemática a través del modelo de solicitud Anexo II disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), conforme a lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Cuarta.- Para la acreditación de los méritos profesionales, la persona aspirante podrá acompañar a su solicitud de un currículo en el que figure su historial profesional: años de servicio, puestos desempeñados, estudios, cursos realizados y otros méritos que estime oportuno poner de manifiesto para la valoración de la candidatura.

Los méritos que se hagan constar en el currículo se justificarán acompañando la documentación acreditativa de los mismos. Los datos o documentos que hayan sido elaborados por cualquier otra Administración, o se encuentren en poder de la Administración Regional, como pudiera ser el histórico de los puestos desempeñados en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, no deberán ser aportados por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Junto con la presentación telemática de las solicitudes, los documentos originales o copias auténticas deberán ser digitalizados, y se presentarán como archivos anexos a la misma.

Quinta.- La convocatoria será resuelta mediante resolución de la persona titular de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, previa propuesta motivada de las personas titulares de los órganos a los que estén adscritos los puestos de trabajo convocados, bien para adjudicar los mismos a favor de alguna de las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos exigidos para su desempeño se consideren más idóneos, o bien en el sentido de declarar desierta su provisión.

Dicha resolución será publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, surtiendo los efectos de la notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexta.- El puesto de trabajo obtenido es irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de incorporación se haya obtenido otro mediante convocatoria pública, en cuyo caso, se podrá optar por uno de los dos, debiendo comunicar por escrito la opción realizada al órgano convocante.

Séptima.- Cese y toma de posesión.

1.- La toma de posesión en el puesto adjudicado deberá realizarse el día siguiente al del cese en el puesto anterior. Dicho cese deberá producirse el día siguiente al de la publicación de la resolución de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

No obstante, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá cuando finalicen los permisos, las vacaciones, situaciones de maternidad o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el trabajador o trabajadora que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios.

Dichos plazos serán improrrogables, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.

2.- Con ocasión de la incorporación al puesto de trabajo, la trabajadora o el trabajador designado está obligado a aportar declaración jurada de no desempeñar otro puesto público o actividad incompatible con el obtenido. Si se solicita la compatibilidad en el plazo posesorio, se prorrogará éste hasta que recaiga la resolución correspondiente. Si existiera un anterior reconocimiento de compatibilidad con actividad privada, bastará que se solicite un nuevo reconocimiento con carácter previo a la toma de posesión en el nuevo puesto.

3.- Si la obtención del nuevo puesto de trabajo implicara cambio de domicilio habitual, se estará, a efectos de permisos, a lo establecido en el artículo 76 del VIII Convenio Colectivo.

Octava.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, frente al presente acto de la Administración, cabe presentar directamente, durante el plazo en que el derecho no haya prescrito conforme a lo señalado en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social de Toledo, sin que proceda recurso alguno en vía administrativa.

Toledo, 13 de marzo de 2024

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas

y Transformación Digital

P.D. (DOCM 17/09/2015 Resolución de 15/09/2015)

La Secretaria General

MACARENA SÁIZ RAMOS

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