Universidades. Resolución de 13/03/2024, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se publica el procedimiento para el acceso, la matriculación y la certificación de los cursos y las pruebas de acreditación de nivel de idiomas del Centro de Lenguas de la Universidad de Castilla-La Mancha. [NID 2024/2089]

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha, en su reunión del día 12 de marzo de 2024, aprobó el Procedimiento para el acceso, la matriculación y la certificación de los cursos y las pruebas de acreditación de nivel de idiomas del Centro de Lenguas de la Universidad de Castilla-La Mancha.

En su virtud,

Este Rectorado ha resuelto proceder a la publicación del Procedimiento para el acceso, la matriculación y la certificación de los cursos y las pruebas de acreditación de nivel de idiomas del Centro de Lenguas de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Ciudad Real, 13 de marzo de 2024

El Rector

P.D. (Resolución de 23/12/2020,

DOCM de 05/01/2021 y 15/01/2021)

El Vicerrector de Internacionalización

RAÚL MARTÍN MARTÍN

Anexo

Procedimiento para el acceso, la matriculación y la certificación de los cursos y las pruebas de acreditación de nivel de idiomas del Centro de Lenguas de la Universidad de Castilla-La Mancha

I. Ámbito de aplicación

El presente procedimiento tiene como objeto regular el acceso, la matriculación y la certificación de los cursos y las pruebas de acreditación de nivel de idiomas del Centro de Lenguas (CEL), adscrito al Vicerrectorado de Internacionalización de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM).

Las modalidades de los cursos (anuales, cuatrimestrales, de corta duración, presenciales o en línea) se ofertarán mediante convocatoria, incluyendo, al menos, la siguiente información: plazo de matriculación, periodo de impartición, lugar de celebración y tasas de matrícula.

La certificación de las pruebas de acreditación de nivel se regirá por el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) con un distinto grado de reconocimiento regional, nacional o internacional.

La oferta académica del CEL estará a disposición tanto de la comunidad universitaria como de la sociedad en general.

La información será publicada en la web Centro de lenguas (uclm.es). Es responsabilidad de las personas interesadas consultarla frecuentemente.

II. Acceso

En los cursos y las pruebas de acreditación de nivel de idiomas podrán participar todas las personas que alcancen la mayoría de edad en el año en curso, salvo modalidades dirigidas expresamente a menores (exámenes DELF junior y scolaire). En casos excepcionales, para mayores de 16 años, será necesaria una autorización por escrito de las personas que ostenten su tutela.

La forma de acceso será a través de matrícula directa, sin necesidad de preinscripción previa, en Cursos Web UCLM.

El CEL proporcionará los apoyos necesarios al estudiantado con discapacidad y/o necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE), tanto en la metodología de la enseñanza-aprendizaje durante el desarrollo de los cursos como en las pruebas de acreditación de nivel de idiomas.

Para garantizar que los recursos estén disponibles y preparados, el CEL necesita conocer las necesidades individuales.

El estudiantado que requiera dichos apoyos deberá comunicarlo por correo electrónico al Servicio de Apoyo al Estudiante con Discapacidad (SAED) al menos 7 días antes del inicio de la actividad (Servicio de Apoyo a Estudiantes con Discapacidad y/o Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE): Contacto (uclm.es)).

Importante: el SAED atenderá exclusivamente solicitudes para adaptaciones de cursos y pruebas de acreditación de nivel de idiomas en los que exista una matrícula activa (presentar carta de pago).

Las adaptaciones de las pruebas de acreditación de nivel de idiomas de las entidades certificadoras con las que el CEL colabora se realizarán según sus indicaciones. En ese caso, hay que contactar previamente con el CEL.

III. Matriculación

El procedimiento de matriculación y las tasas de los cursos y las pruebas de acreditación de nivel de idiomas, establecidas anualmente, pueden consultarse en Centro de lenguas (uclm.es).

La matrícula deberá ser abonada en los 7 días naturales siguientes a su realización. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la renuncia de la plaza y podrá ser cubierta, pasado este plazo, por otra persona interesada, perdiendo cualquier derecho sobre la misma. En cualquier caso, las plazas se cubrirán por riguroso orden de matriculación con abono de las tasas.

No están permitidos los cambios de grupo, niveles o idiomas salvo aprobación previa del CEL atendiendo a circunstancias especiales, por lo que es responsabilidad de las personas matriculadas elegir el nivel acorde a su conocimiento.

El estudiantado que haya estado matriculado en un curso del CEL y se matricule en la prueba de acreditación (CertAcles-UCLM) inmediatamente posterior a la finalización del curso tendrá una bonificación del 50%, en el mismo idioma y nivel, excepto para los niveles A1 y A2 de todos los idiomas y todos los niveles de Español para Extranjeros, cuya prueba viene incluida en la tasa de matrícula.

Además, según resolución del Vicerrectorado de Internacionalización (2 de febrero de 2021), el estudiantado de grado de la UCLM con matrícula activa dispone de una convocatoria gratuita en la prueba de acreditación de nivel B1 de cualquiera de los idiomas de los cursos impartidos por el CEL, excepto para las de entidades certificadoras con las que el CEL colabora.

El número mínimo necesario para la realización de un curso será de 10 estudiantes por grupo. En el caso de las pruebas de acreditación de nivel de idiomas de las entidades certificadoras con las que el CEL colabora, se requerirá un mínimo de 5 estudiantes por campus. Si no se llegara a estos números, estas convocatorias se anularán. Las anulaciones se comunicarán por correo electrónico en el plazo de, al menos, 5 días antes del inicio del curso o prueba de acreditación.

Según el Reglamento de Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha (DOCM de 28 de diciembre de 2018), el procedimiento de devolución lo iniciará la persona matriculada mediante su solicitud en la Sede Electrónica de la UCLM (https://www.sede.uclm.es). No se tendrá derecho a la devolución de las tasas de matrícula, salvo que se cumpla alguno de estos requisitos:

a. Que la anulación de matrícula haya sido motivada por causas atribuibles a la Universidad.

b. Devolución total o parcial por error en las tasas abonadas.

c. *Que la anulación de matrícula haya sido causada por un motivo excepcional, justificado convenientemente, y tal devolución no supone déficit en el presupuesto de la actividad (es necesario aportar un justificante).

d. *Que la anulación de matrícula haya sido causada por un motivo no justificado, siempre que se hayan cubierto todas las plazas convocadas y la plaza vacante haya quedado cubierta (indicar y justificar documentalmente).

*Nota importante: los casos c y d conllevarán un descuento por gastos de gestión del 20% del importe a reintegrar con un máximo de 100 euros.

Se considerarán causas justificadas para la devolución de las tasas de matrícula:

a. Enfermedad grave propia o de un familiar de primer grado de consanguinidad.

b. Defunción de la persona interesada o de un familiar de primer grado de consanguinidad.

IV. Exámenes

Según el Reglamento de evaluación del estudiante de la Universidad de Castilla-La Mancha (DOCM de 1 de junio de 2022), la revisión de exámenes tendrá lugar una vez transcurridas al menos 48 horas desde la publicación de las calificaciones finales. Esta será anunciada en la web Centro de lenguas (uclm.es).

Quien no esté de acuerdo con su calificación, una vez haya asistido a la revisión de exámenes, deberá solicitar, a través del registro de la UCLM, una segunda corrección al CEL (D (uclm.es)) en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la fecha de la revisión. Esta segunda corrección se realizará por parte de un tribunal que deberá dar respuesta en un máximo de 15 días naturales desde la fecha de solicitud.

Contra esta resolución podrá interponer Recurso de alzada, ante el Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Castilla-La Mancha (C/ Altagracia, nº 50 C.P. 13071-Ciudad Real), en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en los arts. 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se deberá conservar el material generado en los exámenes de dos cursos académicos completos inmediatamente anteriores al curso en vigor. Una vez transcurrido dicho plazo, se procederá a su destrucción. La conservación y destrucción de este material se realizará respetando la normativa legal vigente relativa a la protección de datos de carácter personal y el procedimiento establecido en la Universidad.

La revisión y la destrucción de exámenes de las entidades certificadoras con las que el CEL colabora se realizarán según sus indicaciones.

V. Certificación

En los niveles A1 y A2 de todos los idiomas y en todos los niveles de Español para Extranjeros se realizará una prueba de acreditación de nivel antes de la finalización del curso. El estudiantado que la supere obtendrá un certificado de aptitud que acredita el nivel.

En los niveles B1, B2, C1 y C2 de todos los idiomas, excepto Español para Extranjeros, no se incluye la prueba de acreditación de nivel en el curso. El estudiantado que lo aproveche, según los criterios marcados por el profesorado, obtendrá un certificado de aprovechamiento. Aunque la asistencia no es obligatoria, sí es altamente recomendable. Para obtener el certificado de aptitud que acredita el nivel de idioma deberá matricularse en las pruebas de acreditación correspondientes.

Las calificaciones de los certificados de aprovechamiento serán de apto o no apto y, para los de aptitud que acreditan el nivel de idiomas (CertAcles-UCLM), apto, no apto o no presentado. En estos últimos, para la obtención de la calificación final de apto, será necesaria la superación de las cuatro destrezas de competencia lingüística (comprensión oral, comprensión escrita, expresión oral y expresión escrita).

La Dirección del CEL solo emitirá certificados a las personas que hayan obtenido la calificación final de apto en los cursos y las pruebas de acreditación de nivel de idiomas (CertAcles-UCLM). Los certificados firmados electrónicamente se obtendrán a través de la Sede Electrónica de la UCLM (https://www.sede.uclm.es).

La solicitud de duplicados de certificados llevará consigo el cobro de unas tasas académicas de 12€, a abonar junto con la solicitud del certificado, que se realizará por el registro de la UCLM (Precios y tarifas por arrendamiento de instalaciones y prestación de servicios).

La certificación de las entidades certificadoras con las que el CEL colabora se realizará según sus indicaciones.

De acuerdo con la Normativa para el reconocimiento de créditos en estudios de grado (5 de octubre de 2011), se podrá obtener 1 crédito por la acreditación del conocimiento de un idioma extranjero en un nivel B2, 2 créditos por la acreditación del conocimiento de un idioma en un nivel superior al B2 o por la acreditación del conocimiento de dos o más idiomas en un nivel B2.

Los estudiantes que cursen titulaciones que contemplen la realización de asignaturas de idioma extranjero y especialmente los alumnos del Grado en Estudios Ingleses, del Grado en Lenguas Modernas: Francés-Ingles y de los Grados de Maestro en Educación Infantil o Primaria en sus menciones de Lenguas Extranjeras, sólo podrán solicitar el reconocimiento de créditos por idiomas que sean distintos de los impartidos en el grado cursado por el estudiante.

Se podrá incorporar como créditos reconocidos en los expedientes académicos de los estudiantes un máximo de 2 créditos por este concepto.

Disposición final primera

Corresponde al Vicerrectorado de Internacionalización la interpretación de las normas, así como su modificación en los casos que fuese necesario.

Disposición final segunda

Entrada en vigor: La presente normativa sobre el procedimiento para el acceso, matriculación y certificación de los cursos y pruebas de acreditación, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Ficheros adjuntos

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