Ayudas y Subvenciones. Resolución de 05/03/2024, de la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental, por la que se resuelve la solicitud anual de la campaña 2017 de las ayudas de mantenimiento de prácticas de agricultura ecológica, convocadas mediante la Resolución de 24/03/2015, de la Dirección General de Infraestructuras y Desarrollo Rural, por la que se realiza la convocatoria en 2015, para la incorporación a la medida de agricultura ecológica en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014/2020 en Castilla-La Mancha. [NID 2024/1871]

La Orden de 24/03/2015, de la Consejería de Agricultura, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la aplicación de la medida de agricultura ecológica en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020.

Dicha Orden de 24/03/2015, establece en el Artículo 13:

En base al artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común el medio de notificación de las resoluciones se efectuará del siguiente modo:

Resoluciones de solicitudes de ayuda aprobatorias íntegramente respecto a lo solicitado por el agricultor se notificarán mediante la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo anterior, se procede a publicar las resoluciones de las solicitudes anuales de ayuda de importes ya abonados sin reducción de importe respecto a lo solicitado por la persona titular, correspondientes a la campaña 2017.

Las ayudas concedidas han sido cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, el Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en los porcentajes establecidos en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014/2020.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, la interposición de cualquier recurso administrativo deberá realizarse a través de medios electrónicos a través del correspondiente enlace de la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Sede electrónica): https://www.jccm.es/tramites/1003700, (tramitar online) si dispone de certificado digital o CL@VE de firma.

Si es Ud., usuario de una Entidad Agraria de Gestión, dicha entidad puede facilitarle esta gestión.

También podrá emplear el enlace del Portal del Ciudadano de la PAC, https://apliagri.castillalamancha.es/pac (Portal del Ciudadano), para ello no necesita firma electrónica, su usuario corresponderá con el NIF y la contraseña la puede obtener indicando He olvidado mi contraseña, en donde se le enviará un SMS a su teléfono móvil con la clave.

O bien, podrá emplear el enlace del Registro electrónico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=SJLZ.

Toledo, 5 de marzo de 2024

La Viceconsejera de la Política Agraria Común

y Política Agroambiental

MARIANA DE GRACIA CANALES DUQUE

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