Formación. Resolución de 29/02/2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca la acción formativa denominada: Curso de Formación Continua de Especialización en Gobierno Abierto, incluida dentro del Plan de Formación para el Personal de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2024. [NID 2024/1828]

SITUACIONES E INCIDENCIAS

El Plan de Formación para el Personal de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2024, dentro del Programa de Formación en Transparencia, Participación y Protección de Datos, incluye esta acción formativa.

De acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, la transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Sólo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos.

En el ámbito autonómico, la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, en desarrollo de la normativa básica estatal, tiene por objeto regular e impulsar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma:

a) La transparencia de la actividad pública, en su vertiente de publicidad activa, así como el derecho de acceso de las personas a la información y documentación públicas.

b) Los principios básicos para la implantación de un código de buen gobierno y de gobierno abierto en la actividad pública, promoviendo el ejercicio responsable de la misma.

c) El régimen de garantías y de responsabilidades por el incumplimiento de los deberes y obligaciones establecidos en esta ley.

En este contexto de promoción de la transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, que afecta de modo transversal a toda la actividad administrativa, adquiere una relevancia especial la labor desempeñada por el personal de la Administración que pasa a convertirse, desde su ámbito, en protagonista singular. Ello requiere, más que nunca, de una concienciación y capacitación profesional del personal que garantice los objetivos pretendidos.

Además, en la Disposición adicional quinta de la citada Ley de Trasparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha se estableció la puesta en marcha de un Programa Formativo para divulgar el alcance y contenido de la mencionada ley, Programa con el que se continúa con la presente acción formativa.

Por su parte la Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha en su artículo 28 establece que "La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos pondrán en marcha, a través de la Escuela de Administración Regional, cursos, jornadas y seminarios para formar a sus cargos públicos y al personal a su servicio en técnicas y gestión de procedimientos de participación, dando a conocer las obligaciones de los poderes públicos respecto a la participación ciudadana y proporcionando cualificación en los instrumentos y procedimientos de participación regulados en esta ley".

Por todo ello, y al objeto de poder ejecutar el citado Plan de Formación, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 13.1 q) del Decreto 104/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, esta Dirección General de la Función Pública:

Resuelve:

Convocar la acción formativa denominada "Curso de Formación Continua de Especialización en Gobierno Abierto", incluida en el Programa de Formación en Transparencia, Participación y Protección de Datos del Plan de Formación para el Personal de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2024, de acuerdo con las bases establecidas en la presente Resolución y las características particulares que se recogen en el anexo de la misma.

Bases

Primera- Objeto.

La acción formativa convocada tiene como objetivo comprender el sentido y alcance de la transparencia y de la participación ciudadana como principios y como derechos, enmarcados en las políticas públicas de Gobierno Abierto con una particular atención a la normativa castellano manchega y su aplicación práctica.

Segunda- Personal destinatario y requisitos.

1. La acción formativa tiene como destinatario al personal empleado público funcionario de los subgrupos A1/A2 y laboral equivalente en situación de servicio activo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus Organismos Autónomos. Queda excluido el personal eventual, el personal docente y el personal estatutario del Sescam, salvo que, en estos dos últimos casos, desempeñen puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por el Decreto 161/1989, de 28 de diciembre de 1989.

2. El personal empleado público podrá participar en la acción formativa durante el disfrute de los permisos por maternidad, adopción o acogimiento y paternidad, una vez finalizado el periodo de descanso obligatorio; así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 105.3 y 119.6 de La Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

3. Los requisitos exigidos en la presente convocatoria deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y mantenerse en la fecha de inicio de la acción formativa.

Tercera- Forma y plazo de presentación de solicitudes.

1. La solicitud de participación se realizará exclusivamente a través de la aplicación informática de Gestión de la Formación de la Escuela de Administración Regional de Castilla-La Mancha, disponible en la dirección Web https://eargestionformacion.jccm.es.

Se podrá acceder a la misma tecleando directamente la dirección Web en el navegador de Internet, a través del Portal del /la Empleado/a y a través la página Web de la Escuela de Administración Regional (http://ear.castillalamancha.es).

2. En cumplimiento de la normativa de Protección de Datos, se informa que, los datos de carácter personal serán tratados y quedarán incorporados al tratamiento denominado Actividades de Formación, cuya finalidad es la gestión de las distintas actividades de formación relacionadas con la Escuela de Administración Regional de Castilla-La Mancha.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

4. La solicitud de participación implica la aceptación de las presentes bases, así como las condiciones específicas que se establezcan.

Cuarta- Priorización de las solicitudes y selección del alumnado. Comunicaciones y pago de derechos académicos.

1. El número total de personas participantes no excederá de 30. En caso de no alcanzar un número mínimo de personas participantes se podrá anular la acción formativa.

2. La priorización de las solicitudes se realizará por la Escuela de Administración Regional de acuerdo con los siguientes criterios:

-Criterios de aplicación automática, que determinarán de forma automática la posición inicial de los solicitantes en el orden de prelación de adjudicación:

a) El menor número de horas de formación realizadas entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre 2023. Se valorará con un máximo de 85 puntos sobre 100.

b) Ser personal funcionario de carrera o personal laboral fijo de la Administración de la Junta Comunidades Castilla la Mancha. Se valorará con 10 puntos.

c) Tener una discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se valorará con 5 puntos.

3. La selección de las personas participantes en la acción formativa se efectuará por la Escuela de Administración Regional conforme a la priorización realizada.

4. La selección de las personas participantes se comunicará, en el plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización del periodo de presentación de solicitudes, a través de correo electrónico a la dirección que se hubiera hecho constar en la solicitud de participación, al igual que el resto de las comunicaciones que se deriven de la presente convocatoria, entendiéndose no seleccionadas el resto de solicitudes presentadas.

5. El alumnado seleccionado deberá abonar a la UCLM, en la forma y lugar que oportunamente se les indique, la cantidad de cien euros (100 €) en concepto de derechos académicos. El abono de los derechos académicos a la UCLM deberá realizarse en un pago único al formalizar la matrícula.

6. La falta de abono en tiempo y forma de los derechos académicos será motivo de baja en la acción formativa.

Quinta- Contenido, duración, calendario, modalidad de impartición y evaluación.

1. Los contenidos académicos, su estructuración por asignaturas y el calendario orientativo son los que se especifican en el Anexo de la presente convocatoria.

2. El programa estará compuesto por 6 asignaturas de 1 crédito cada una (25 horas), siendo necesario completar los 6 créditos para la obtención del Curso de Formación Continua de Especialización en Gobierno Abierto.

3. La docencia se impartirá bajo la modalidad On line, con la ayuda de las plataformas electrónicas de las que dispone la UCLM a estos efectos, si bien incluirá una jornada conclusiva de carácter presencial de 5 horas de duración y 5 clases magistrales por videoconferencia de 1 hora de duración cada una.

4. De abril a noviembre de 2024 se irán cursando las diferentes asignaturas, con periodicidad mensual, abriendo el acceso a los materiales al inicio de cada mes. Durante la impartición de cada asignatura, se abrirá un foro común entre el alumnado y el profesorado, permitiendo el debate entre los participantes y ampliando de este modo sus conocimientos. Así mismo, se realizarán cinco clases telepresenciales de una hora de duración.

5. Durante el mes de diciembre de 2024, se celebrará una Jornada, en horario de mañana, con personal experto en gobierno abierto de un día de duración lo que permitirá al alumnado profundizar en los contenidos estudiados, dialogar con los ponentes para resolver dudas o compartir reflexiones y reflexionar sobre nuevas perspectivas del gobierno abierto. Será por cuenta de las personas participantes la obtención de las autorizaciones precisas para la asistencia a la sesión conclusiva presencial que se convoque siendo obligatoria su asistencia.

6. Para la superación del curso será necesario realizar los siguientes tipos de pruebas:

a) Un examen tipo test por cada asignatura, consistente en 10 preguntas con cuatro respuestas alternativas.

b) Una prueba final de conjunto, consistente en un supuesto práctico que deberá ser resuelto por el alumnado, aplicando los conocimientos adquiridos.

Además, será necesaria la activa participación en el foro para la superación del curso.

Sexta- Organización y desarrollo de la actividad formativa.

La coordinación de la organización y el desarrollo del Curso de Formación Continua de Especialización en Gobierno Abierto, será llevada a cabo por la persona que ostente la Dirección del curso y por las personas que ostenten la Coordinación del curso, por parte de la UCLM; y por las personas que ostenten la Coordinación de la Escuela de Administración Regional y la Jefatura del Área de Transparencia de la Oficina de Transparencia y Buen Gobierno, por parte de la JCCM, quienes darán cuenta a las autoridades de la UCLM y de la JCCM respectivamente del funcionamiento, incidencias y cuestiones de interés que puedan plantearse durante el desarrollo del curso.

Séptima- Obligaciones de las personas participantes y expedición de títulos.

1. El alumnado asume la obligación de realizar la acción formativa en su totalidad, tanto en la parte on line como presencial, conectarse a la plataforma de formación de la UCLM para acceder a la documentación allí depositada y realizar la totalidad de los trabajos de carácter obligatorio que les indique el equipo docente de la acción formativa.

2. La certificación de aprovechamiento de la acción formativa por parte de la Escuela de Administración Regional se valorará con 150 horas lectivas. Para obtener dicha certificación el equipo docente debe calificar al alumnado como Apto a la finalización de la acción formativa.

3. Igualmente, es requisito para la expedición de la certificación de aprovechamiento por parte de la Escuela de Administración Regional cumplimentar la encuesta de evaluación de la acción formativa. La encuesta se cumplimentará en la aplicación informática de gestión de la formación en el plazo máximo de diez días desde el mismo día que finaliza la acción formativa.

4. Una vez finalizada la acción formativa y comprobado el cumplimiento de todos los extremos necesarios para ello, la acreditación de la acción formativa se realizará simultáneamente a la totalidad del alumnado.

5. El incumplimiento de las obligaciones descritas, aún por causas justificadas, impedirá la expedición de la certificación de aprovechamiento por parte de la Escuela de Administración Regional, y en ningún caso dará lugar a la devolución de los derechos académicos.

Cuando sin causa justificada la persona seleccionada para la acción formativa, una vez iniciada ésta, incumpla el deber de realización de la acción formativa en un porcentaje igual o superior al 50% sobre el total de la acción formativa, será penalizada por la EAR. Dicha penalización implicará la imposibilidad de ser seleccionada para realizar cualquier otra acción formativa que se lleve a cabo en el ejercicio en curso y en el inmediatamente siguiente.

A los efectos indicados en el párrafo anterior, sólo se entenderán como causas justificadas para abandonar la realización de la acción formativa ya iniciada, las motivadas por las necesidades del servicio, acreditadas mediante escrito de la persona superior jerárquica, o la situación de Incapacidad Temporal sobrevenida, siempre que la misma se haya comunicado a la Escuela de Administración Regional de Castilla-La Mancha mediante correo electrónico enviado a la dirección de correo electrónico formacion.ear@jccm.es, y por muerte o enfermedad grave de un familiar dentro del primer y segundo grado de consanguinidad o afinidad, circunstancias que deberán ser acreditadas mediante los oportunos documentos justificativos.

Octava- Información Adicional.

Se podrá solicitar información adicional sobre esta convocatoria en la dirección de correo electrónico: formacion.ear@jccm.es

Toledo, 29 de febrero de 2024

El Director General de la Función Pública

JOSÉ NARVÁEZ VILA

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