Oposiciones. Resolución de 27/02/2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Transformación, por la que se nombra personal estatutario fijo y se adjudican plazas a las personas aprobadas en el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área de Cardiología, de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, convocado por Resolución de 09/03/2021. [NID 2024/1600]

OPOSICIONES Y CONCURSOS

Mediante Resolución de 09/03/2021 (DOCM nº 51, de 16 de marzo de 2021), de la Dirección General de Recursos Humanos, se convocó el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área de Cardiología, de las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

Finalizado el proceso selectivo, mediante Resolución de 10/10/2023 (DOCM nº 204, de 24 de octubre de 2023), se aprobó la relación de plazas ofertadas y se estableció el procedimiento para opción a las mismas a las personas que habían superado las pruebas selectivas para el ingreso en la citada categoría.

Una vez concluido el referido procedimiento de oferta y adjudicación de plazas, y de acuerdo con lo dispuesto en la base 8.7 de la convocatoria, mediante Resolución de 20/12/2023, de la Dirección General de Recursos Humanos (DOCM nº 5, de 8 de enero de 2024), se dispuso el nombramiento como personal estatutario fijo de las personas aprobadas y se les adjudicó destino, con indicación de la plaza adjudicada.

Producido ya el nombramiento, se constata que determinados aspirantes no han tomado posesión de la plaza adjudicada dentro del plazo previsto. Según lo dispuesto en la base 8.8 de la convocatoria y en el apartado Segundo de la citada Resolución de 20/12/2023 "Las personas nombradas deberán tomar posesión de la plaza adjudicada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la correspondiente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, decayendo en su derecho quienes no se incorporen a su destino en dicho plazo, salvo imposibilidad acreditada".

A su vez, la base 8.9 de la convocatoria, y el apartado Tercero de la Resolución de 20/12/2023 disponen que: "Si alguna de las personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo no tomará posesión del destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables a las mismas, la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos podrá, en su caso, nombrar como personal estatutario fijo y adjudicar las plazas correspondientes a las personas que, figurando en la relación de aspirantes por orden de puntuación prevista en la base 8.1 de la convocatoria, no hubieran obtenido plaza entre las efectivamente solicitadas y por el orden de puntuación total alcanzada. En caso de empate se estará a lo dispuesto en la citada base 8.1".

Asimismo, el párrafo segundo del apartado Sexto de la Resolución de 10/10/2023, por la que se aprueba la relación de plazas ofertadas y se establece el procedimiento para opción a las mismas señala que: "En ningún caso se ofertarán estas plazas a las personas aspirantes que ya hayan obtenido alguna de las vacantes a través del procedimiento regulado en esta Resolución".

Por todo lo expuesto, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria y en uso de las competencias que tiene delegadas en virtud del apartado 6.5 de la Resolución de 20/11/2023, de la Dirección-Gerencia del Sescam, sobre delegación de competencias (DOCM nº 233, de 5 de diciembre de 2023), resuelve:

Primero. Declarar la pérdida de derechos derivados de su participación en el mencionado proceso selectivo de las personas aspirantes que figuran en el anexo I.

Segundo. Nombrar personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área de Cardiología de las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, a las personas que, habiendo superado las pruebas selectivas, han obtenido plaza conforme a lo previsto en la base 8.9 de la convocatoria, adjudicándoles las plazas que se detallan en el anexo II a esta Resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y la base 1.2 de la convocatoria, las plazas se adscribirán a la Institución Sanitaria correspondiente, teniendo la consideración de plazas de Área de Salud.

Tercero. Las personas nombradas deberán tomar posesión de la plaza adjudicada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, decayendo en su derecho quienes no se incorporen a su destino en dicho plazo, salvo imposibilidad debidamente acreditada y así apreciada por la Dirección General de Recursos Humanos y Transformación, circunstancia esta que deberá ser comunicada al Centro de destino y a la citada Dirección General antes de la finalización del referido plazo posesorio.

La toma de posesión se realizará en el Centro de Gestión al que esté adscrita la plaza adjudicada.

Cuarto. Si alguna de las personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo no tomará posesión del destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables a la misma, la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos podrá, en su caso, nombrar como personal estatutario fijo y adjudicar las plazas correspondientes a las personas que, figurando en la correspondiente relación de aspirantes por orden de puntuación prevista en la base 8.1 de las convocatorias, no hubieran obtenido plaza entre las efectivamente solicitadas y por el orden de puntuación total alcanzada. En caso de empate se estará a lo dispuesto en la citada base 8.1.

Quinto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Con carácter potestativo podrá interponerse recurso previo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Interpuesto el recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Toledo, 27 de febrero de 2024

El Director General de Recursos Humanos

y Transformación

(Resolución de 20/11/2023,

de la Dirección-Gerencia, sobre

delegación de competencias.

DOCM nº 233, de 05/12/2023)

ÍÑIGO CORTÁZAR NEIRA

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