Provisión de Puestos de Trabajo. Resolución de 26/02/2024, de la Secretaría General, por la que se anuncia la provisión, por el procedimiento de libre designación (LD Sescam F1/2024), de puestos de trabajo vacantes en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. [NID 2024/1575]

OPOSICIONES Y CONCURSOS

Estando vacantes y dotados presupuestariamente determinados puestos de trabajo incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario dependiente de este Organismo Autónomo, procede efectuar la correspondiente convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha, y en los artículos 70 y 71 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

Esta Secretaría General del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 20 del Decreto 74/2002, de 14 de mayo, sobre Provisión de Puestos de Trabajo, en relación con lo establecido en el apartado Segundo.10.b) de la Resolución de 20/11/2023, de la Dirección Gerencia, sobre delegación de competencias (DOCM núm. 233, de 05/12/2023), ha resuelto efectuar la presente convocatoria con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Puestos ofertados para su provisión.

Se convocan para su provisión por el sistema de libre designación los puestos de trabajo que figuran en el Anexo de esta Resolución

Segunda.- Condiciones de participación.

1. Con carácter general, podrá tomar parte en la presente convocatoria todo el personal funcionario de carrera que se encuentre al servicio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, siempre que reúna los requisitos establecidos para el desempeño de los puestos de trabajo que figuran en el Anexo de esta Resolución, a excepción del personal que pertenezca a alguno de los Cuerpos o Escalas enumerados en el artículo 2º del Decreto 161/1989, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo reservados al personal funcionario y eventual de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que únicamente podrá participar respecto de los puestos cuya cobertura esté abierta a dichos Cuerpos o Escalas según se indica en la columna denominada "clave" del citado Anexo.

Igualmente, el personal funcionario de carrera de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones Locales que pertenezca a Cuerpos, Escalas o Agrupaciones que tengan asignadas análogas funciones, y el de las Cortes de Castilla-La Mancha, podrán solicitar el puesto que figuran en el Anexo, de conformidad con el artículo 82 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

2. Tal como dispone el artículo 70.8 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, el personal funcionario de carrera que desempeñe en adscripción provisional un puesto de trabajo de libre designación incluido en el Anexo de esta convocatoria, tendrá la obligación de participar en la misma. Quienes incumplan esta obligación y sean desplazados como consecuencia de la resolución de este procedimiento de provisión pasarán a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

Asimismo, el personal funcionario de carrera que desempeñe en comisión de servicios un puesto de libre designación incluido en el Anexo de esta convocatoria de provisión, tendrá la obligación de participar en la misma. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la revocación de la comisión de servicios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.6 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo.

Tercera.- Requisitos.

Los requisitos exigidos en la presente convocatoria deberán cumplirse y se valorarán con referencia a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Cuarta.- Solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Secretaría General del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de forma telemática a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), conforme a lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La documentación indicada en esta resolución se presentará digitalizada junto con la solicitud, como archivos anexos a la misma.

Quinta.- Destinos.

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán vinculantes para la persona peticionaria y el destino adjudicado será irrenunciable. No obstante, las personas interesadas podrán desistir de su solicitud, así como renunciar al destino adjudicado, si con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y con anterioridad a la toma de posesión hubiesen obtenido otro destino mediante convocatoria pública o cuando concurran circunstancias personales de especial gravedad, así consideradas por el órgano convocante.

Sexta.- Méritos.

1. Los méritos alegados y acreditados por las personas solicitantes se valorarán hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

2. Para la acreditación de los méritos profesionales, las personas participantes acompañarán a sus solicitudes currículo en el que figure su historial profesional, titulaciones académicas, diplomas, publicaciones, estudios y cursos realizados en relación con los puestos solicitados y otros méritos que estimen oportuno poner de manifiesto.

Los méritos que se hagan constar en el currículo se justificarán acompañando las documentaciones acreditativas de los mismos. Los datos o documentos emitidos por cualquier Administración Pública o que se encuentren en poder de la Administración Regional no deberán ser aportados por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Una vez examinados los currículos y la documentación aportada por las personas participantes, el órgano convocante podrá citar a las personas candidatas de cada puesto que considere conveniente para la celebración de entrevistas. Asimismo, podrá recabar de las personas solicitantes las aclaraciones o, en su caso, la aportación de la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados o insuficientemente justificados.

Séptima.- Resolución.

La convocatoria será resuelta en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha mediante resolución de la persona titular de la Secretaría General del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, previa propuesta motivada de las personas titulares de los órganos a los que estén adscritos los puestos de trabajo convocados, adjudicando los mismos a las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos exigidos para su desempeño, se consideren más idóneas, o declarando desierta su provisión.

Octava.- Reingreso al servicio activo.

El personal funcionario de carrera que, como consecuencia de la resolución de la convocatoria, reingrese al servicio activo presentará, además, la siguiente documentación:

a) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado/a por sentencia firme para el desempeño del servicio público ni haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública.

b) Quien proceda de la situación de suspensión impuesta como consecuencia de sentencia condenatoria presentará, además, testimonios de la autoridad judicial sobre el cumplimiento de las penas impuestas.

Novena.- Plazos de toma de posesión y cese.

1. El personal funcionario de carrera al que le haya sido adjudicado un puesto de trabajo mediante la participación en este procedimiento de provisión cesará en el puesto anterior el día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y tomará posesión del puesto adjudicado el día siguiente al del cese en el puesto anterior.

La incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá cuando finalicen los permisos, vacaciones o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el personal funcionario de carrera que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios.

2. El órgano competente de la Consejería u Organismo donde preste sus servicios el personal funcionario de carrera que obtenga un nuevo destino podrá diferir su cese, por necesidades del servicio, hasta el plazo de un mes a contar desde la publicación de la resolución de la convocatoria, debiendo comunicarlo a la persona interesada y a la Secretaría General del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

3. Cuando la toma de posesión determine el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes desde la publicación de la resolución de esta convocatoria.

4. El personal funcionario de carrera que no tome posesión del puesto de trabajo adjudicado dentro del plazo anteriormente establecido, salvo causas de fuerza mayor u otras circunstancias graves debidamente justificadas, será declarado decaído en los derechos que le pudieran corresponder y, en el supuesto de que fuera personal funcionario de carrera de cualquier Administración Pública de Castilla-La Mancha, será declarado de oficio en la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

5. El destino adjudicado se considera voluntario y, en consecuencia, no generará derecho al abono de indemnización.

Décima.- Régimen de recursos.

1. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

2. Con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante la persona titular de la Dirección-Gerencia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 26 de febrero de 2024

El Director-Gerente

P.D. (DOCM 05/12/2023,

Resolución de 20/11/2023)

El Secretario General

LUIS RUIZ MOLINA

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