Instalaciones Eléctricas. Resolución de 01/02/2024, de la Dirección General de Transición Energética, sobre autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación solar fotovoltaica denominada planta solar fotovoltaica Azuer Solar, y sus infraestructuras de evacuación (referencia: 2703/01551). [NID 2024/980]

Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible en Toledo y su informe, y el informe del Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas para la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la siguiente instalación eléctrica:

Referencia: 2703/01551 (DP: Ref.: PE-712).

Titular: Azuer Solar, S.L. - NIF: B13615661.

Documentación Técnica:

Se aporta Proyecto de ejecución visado y declaración responsable del técnico competente.

- Proyecto 1. - Proyecto de ejecución planta fotovoltaica para conexión a red "Azuer Solar" e infraestructura de interconexión, para la conexión a la red en t.m. Pepino (Toledo), se aporta proyecto redactado por Antonio Moreno Sánchez, y visado por el colegio oficial de graduados e ingenieros técnicos industriales de Ciudad Real. Visado en fecha 22/08/2023 con número de visado 2023213585.

- Declaración Responsable del Técnico Competente firmado por D. Antonio Moreno Sánchez, Titulado en Ingeniería Técnica Industrial especialidad Electricidad por la Universidad de Castilla La Mancha y colegiado en el Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Ciudad Real (Cogiti) con número 1.327.

Características:

Descripción de la planta fotovoltaica (FV):

Instalación Solar Fotovoltaica de 1.287 kWp y 1000 kW de potencia instalada, compuesta de:

- 1950 módulos fotovoltaicos de 660 Wp cada uno, en seguidor solar a un eje.

- 5 Inversores de 200 kW.

- Centro de Transformación, protección, medida y control de 1250 kVA.

Instalaciones de evacuación

- LSAT 20 Kv 62 metros s/c (CPM con CS).

- Centro de seccionamiento.

LSAT 20 kV 60 metros (d/c) (CS con punto de conexión).

Nota: La anterior descripción tiene carácter meramente indicativo. Para una descripción detallada de la misma se deberá acudir a la documentación técnica que se encuentra en el expediente.

- Ubicación: Polígono 10, parcela 4 del TM de Pepino (Toledo). (45133A010000040000XE) Superficie ocupada por la central solar fotovoltaica (perímetro del vallado) es de 2,43 Ha.

- Presupuesto: 991.250, 20 Euros.

- Acceso y conexión: Aporta permiso de acceso y conexión de Ide Redes Eléctricas Inteligentes SAU, de fecha 09/08/2023, en la que se concede acceso y conexión a: Referencia: 9042262223 con una capacidad de acceso concedida de 1000 kW. Tensión de conexión: 20.000 V.

En el proyecto se incluye el pliego de condiciones donde se indica: La conexión de la instalación a la red de I-De Redes Eléctricas Inteligentes S.A.U. en adelante (i-DE) se realizará en:

- La línea 2 - Pielago de 20 kV de la ST Talavera (20 Kv), en el tramo comprendido entre los apoyos número 3948 (4802272) y 3947 (4802277), siendo necesario la instalación de un centro de seccionamiento telemandado en dicha línea mediante una entrada/salida, con código de identificador único 64888102 y coordenadas en el sistema ETRS 89 (HUSO 30): [X=3489445 m: Y=4429713 m].

- Finalidad: Producción de energía eléctrica y venta de energía renovable con vertido a la red de distribución.

Antecedentes de hecho.

Primero: Con fecha de 25/8/2023, la mercantil Azuer Solar, S.L. presenta solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las instalaciones de referencia.

A la solicitud se acompaña la documentación técnica que figura en el apartado anterior.

Segundo: Se somete a información pública en el DOCM de 16/10/2023, Anuncio de 29/09/2023, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, sobre información pública para autorización administrativa previa de proyecto de instalación solar fotovoltaica denominada Azuer Solar cuyo titular es Azuer Solar, SL. Referencia: PE-712.

No se han recibido alegaciones en el periodo establecido.

Tercero: En cumplimiento de lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección, se remitieron las correspondientes separatas a las Administraciones públicas, organismos y, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general que fueron identificadas por el peticionario como bienes o servicios a su cargo afectadas por la instalación. En relación a las contestaciones realizadas por las AAPP y organismos afectados, y sobre aspectos que versan sobre la autorización administrativa, o del proyecto, se informa lo siguiente:

- Excmo. Ayuntamiento De Pepino.

Se remite separata, con fecha lectura 28/09/2023. No se ha recibido contestación en el plazo establecido.

- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Demarcación de Carreteras.

Se remite separata a la Demarcación de Carreteras. Aporta el interesado la autorización de la Demarcación de Carreteras del Estado.

Se recibe condicionado de la Demarcación de carreteras del estado, mostrando la conformidad del interesado con el condicionado.

- Confederación Hidrográfica del Tajo.

Se remite separata a través de ORVE, con fecha 27/09/2023. No se ha recibido contestación en el plazo establecido.

- Delegación Provincial De Educación, Cultura Y Deportes Servicio de Cultura.

Se remite separata al Servicio de Cultura, recibiendo informe favorable condicionando la actuación.

El interesado aporta la conformidad con el condicionado.

- Delegación Provincial De Fomento. Servicio de Carreteras.

Se remite separata mediante email el 27/09/2023. Se ha recibido contestación fuera del plazo establecido, donde informa que se debe presentar documentación técnica complementaria relativa al acceso desde la carretera CM-5001 y estableciendo una serie de condicionados, prohibiendo la realización de todas aquellas obras sujetas a autorización mientras no haya sido emitida dicha autorización. Con fecha 29/1/2024 se recibe comunicado del interesado, mostrando la conformidad con los condicionados expresados en el informe de referencia: TO-10326-23-SC con fecha 13/12/2023.

- I-De Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.

Se remite separata con fecha de lectura 28/09/2023. No se ha recibido contestación en el plazo establecido.

- Delegación Provincial De Desarrollo Sostenible. Servicio de Medio Ambiente.

Se remite separata mediante email el 27/09/2023. No se ha recibido contestación en el plazo establecido.

Cuarto: En cumplimiento de la normativa de evaluación de impacto ambiental:

El proyecto no se encuentra incluido en los anexos de la Ley 2/2020, de Evaluación Ambiental.

Quinto: La Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo cumplió con lo establecido en la resolución de 3/09/2019, de la Dirección General de Transición Energética, sobre delegación de competencias en los/as delegados/as provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible y ha elaborado con fecha 30/11/2023 informe favorable a la autorización administrativa previa y de construcción solicitada.

Sexto: El Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas ha emitido informe favorable a la autorización administrativa previa y de construcción solicitada.

A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes

Fundamentos de derecho.

Primero: Esta Dirección General de Transición Energética es el órgano competente para la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de este tipo de instalaciones según lo establecido en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

Segundo: Justificación de la resolución.

El expediente contiene la documentación necesaria para la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación y su tramitación se ha realizado según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19/6/2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección y demás normativa de aplicación.

Respecto del conjunto de alegaciones, informes y condicionados presentados, a la vista de la documentación aportada, se entiende que no existe alguna que impida otorgar las autorizaciones solicitadas.

Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada.

Vistos el Decreto 112/2023; la Ley 24/2013; la Ley 2/2020; el Decreto 80/2007; el RD 1183/2020; el RD 1955/2000; la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás legislación concordante de aplicación.

En su virtud Resuelve:

Otorgar a Azuer Solar, S.L. la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas de referencia, con las características anteriormente indicadas, sujeta a las siguientes condiciones:

Primera: Las autorizaciones otorgadas se entienden sin perjuicio de otras concesiones y autorizaciones que sean necesarias en aplicación de la legislación que le afecte y, en especial, aquéllas relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, no eximiendo del cumplimiento del resto de requisitos y obligaciones previstas en la legislación vigente.

Segunda: El titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas expresamente por él.

Tercera: Cualquier modificación que afecte a las características técnicas básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de la Delegación Provincial, sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización Administrativa Previa y/o Autorización Administrativa de Construcción.

Cuarta: Estas autorizaciones producirán los efectos previstos en la normativa procedimental de aplicación a este tipo de instalaciones, y su vigencia se encuentra supeditada a la cumplimentación y obtención, por parte del solicitante, del resto de trámites y requisitos necesarios para la efectiva conexión de la instalación objeto de la misma.

Quinta: Se concede un plazo de dos años, para la ejecución del proyecto a partir de la fecha de la presente resolución. Dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.

Sexta: Se deberá de cumplir con lo indicado en cualquier informe emitido por el órgano ambiental, en el marco de lo dispuesto en la normativa básica aplicable y en la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha y demás normativa autonómica de aplicación.

Séptima: El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia del interesado o interesada.

A efectos de lo establecido en el artículo 21.4 de la Ley 24/2013 en cuanto a la variación sustancial de los presupuestos determinantes del otorgamiento de la presente autorización, habrá de tenerse en cuenta, en particular, el mantenimiento de las condiciones que han permitido considerar acreditados los requisitos de capacidad legal, técnica y económico-financiera.

Esta resolución no agota la vía administrativa y contra la misma cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso deberá realizarse a través de medios electrónicos cuando los sujetos (o sus representantes) tengan obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, a través del correspondiente trámite electrónico disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

https://www.jccm.es, código RKGU (apartado "Tramitación Online").

Aquellas personas interesadas no obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración podrán utilizar esa misma vía, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra de las recogidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Toledo, 1 de febrero de 2024

El Director General de Transición Energética

ALIPIO GARCÍA RODRÍGUEZ

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