Instalaciones Eléctricas. Resolución de 31/01/2024, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de instalación eléctrica de alta tensión con número de expediente: E-45211002915 corresponde V. [NID 2024/923]

Examinado el procedimiento iniciado por el Interesado referente a la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de instalación eléctrica de alta tensión, cuyos datos básicos son los siguientes:

Referencia: E-45211002915 corresponde V.

Titular: I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.

Situación: Término municipal de Quintanar de la Orden (Toledo).

Proyecto: Nueva posición de partición de barras de 66 kv y dos nuevas posiciones de línea de 20 kv en la subestación transformadora de 66/20 kv.

Características principales de las instalaciones:

Actuaciones:

Sistema de 66 kv:

Actual

- Una posición de unión de barras de intemperie tipo AIS, sin interruptor, mediante seccionador tripolar.

Modificación

- Una posición de unión de barras de intemperie tipo AIS, con interruptor.

Aparellaje 66kv:

Actual

Posición de partición:

- Un seccionador tripolar de conexión de barras.

Modificación

Posición de unión de barras:

- Un interruptor automático, tripolar.

- Dos seccionadores tripolares de conexión de barras.

- Tres transformadores de intensidad.

- Tres pararrayos.

- Seis botellas terminales de 66 kv para conversión A/S.

Transformadores de potencia:

No se modificará el sistema de transformación por lo que la STR constará, de 2 transformadores de potencia T-1 y T-2, ambos de 20 mva de potencia nominal con grupo de conexión YND11.

Sistema de 20 kv:

Actual

- Seis posiciones de línea blindadas de interior con interruptor.

Modificación

- Ocho posiciones de línea blindadas de interior con interruptor.

Aparellaje 20 kv:

No hay modificaciones.

Resto de instalaciones:

Se procederá a la instalación de un nuevo bastidor de protección y control para la nueva posición a instalar. Asimismo, se realizarán los trabajos de obra civil (cimentaciones, viales y canalizaciones) necesarios para la nueva implantación de la posición de 66 kv a ampliar. Todos los trabajos se realizarán en la actual parcela de la ST.

Si fuese necesario para mantener la continuidad del servicio y la calidad de la energía suministrada se emplearía unidades móviles de transformación y posiciones provisionales para asegurar las condiciones óptimas de la ejecución de los trabajos descritos en el presente proyecto, que serían desinstaladas al finalizar los trabajos.

Finalidad: Mejora de las condiciones de operatividad de la STR Quintanar.

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 28 de abril de 2022 fue solicitada la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la instalación de referencia en esta Delegación Provincial.

Segundo.- La solicitud fue sometida a Información Pública, insertándose en el Diario Oficial de Castilla La Mancha de fecha 03 de noviembre de 2023. No habiéndose recibido alegaciones en el plazo de 20 días establecidos al efecto.

Tercero.- Se hicieron las Consultas a las distintas Administraciones Públicas, organismos o empresas de servicios públicos o servicios de interés general afectados en algunos de los bienes o derechos a su cargo dando traslado de separatas del proyecto. Todas ellas mostraron su conformidad de manera expresa o por silencio según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes

Fundamentos de derecho:

Uno.- Esta Delegación Provincial es el órgano competente para dictar la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y el Decreto 34/2017, de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, y lo dispuesto en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

Dos.- La presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada,

Resuelvo: Otorgar a "I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A." la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto "Nueva posición de partición de barras de 66 kv y dos nuevas posiciones de línea de 20 kv en la subestación transformadora de 66/20 kv" en el término municipal de Quintanar de la Orden (Toledo)" quedando sometida a las siguientes condiciones:

Primera.- Las instalaciones, los elementos técnicos y materiales deberán ajustarse a las correspondientes normas técnicas de seguridad y calidad industriales, de conformidad a lo previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás normativa que resulte de aplicación. En todo momento se deberá cumplir lo indicado en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

Segunda.- Las instalaciones que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto presentado.

Tercera.- Cualquier modificación que afecte a las características técnicas básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de esta Delegación Provincial, sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización Administrativa Previa y/o Autorización Administrativa de Construcción.

Cuarta.- Los cruces, paralelismos y otras afecciones de las instalaciones deberán realizarse de conformidad con los condicionados e informes que las administraciones, organismos o empresas de servicio público y/o interés general hayan emitido.

Quinta.- La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Sexta.- Se concede un plazo de 2 años, para la ejecución del proyecto a partir de la fecha de la presente Resolución. Dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.

Séptima.- La presente autorización en ningún caso se concede con derechos exclusivos de uso.

Octava.- El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia del interesado.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Sostenible, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con el artículo 122 de la citada disposición legal. Si el interesado tiene la obligación de relacionarse con la administración a través de medios electrónicos, tal y como se establece en artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo, la tramitación del citado recurso se realizará a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/sede/tramite/KGU

Toledo, 31 de enero de 2024

La Delegada Provincial

MONTSERRAT MURO MARTÍN

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