Instalaciones Eléctricas. Resolución de 23/01/2024, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Cuenca, sobre autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica de alta tensión. Referencia: 162102-02156. [NID 2024/523]

Visto el expediente incoado en el Servicio de Industria y Energía de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Cuenca para autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica de alta tensión:

Referencia: 162102-02156.

Titular: Industrias Cárnicas Loriente Piqueras, S.A.

Situación: Polígono 501 - Parcela 37, Cuesta del Retamoso, Tarancón (Cuenca).

Características principales: Línea directa subterránea de media tensión de 1.400 metros de longitud que discurrirá desde el centro de transformación de la planta fotovoltaica para autoconsumo sin excedentes hasta la celda de protección del alimentador ubicada en la Subestación cuyo titular es Industrias Cárnicas Loriente Piqueras, formada por cables unipolares de aluminio HEPRZ1(AS) tensión 12/20kV de 300 mm².

Finalidad: Línea directa que conecta instalación solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes con consumo en Industria propiedad de Industrias Cárnicas Loriente Piqueras.

Esta Delegación Provincial es competente para resolver en base a lo establecido por el artículo 31.26 de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Castilla La Mancha; los Reales Decretos 2569/1982, de 24 de julio, 445/1985, de 23 de enero y 378/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios en materia de industria y energía y el Decreto 112/2023, de 25/07/2023, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible. Así como Resolución de 03/09/2019 (DOCM 179 de 10/09/2019) sobre delegación de competencias en los/as delegados/as provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

Realizada la información pública en el D.O.C.M. Nº 239 de fecha 15/12/2023 y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la JCCM y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Decreto de la Consejería de Industria y Tecnología 80/2007, de 19 de junio, modificado por Decreto 34/2017, de 2 de mayo, y por Ley 7/2022 de 29 de julio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección y analizada la documentación presentada:

Esta Delegación Provincial ha resuelto:

Conceder la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas de alta tensión anteriormente señaladas, con las siguientes condiciones:

1.- El titular de la instalación tendrá en cuenta los condicionados establecidos por los Organismos afectados por la instalación autorizada.

2.- La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el plazo de un mes, según dispone el artículo 121 y sucesivos de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 39/2015, de 1 de octubre (B.O.E. nº 236 de 02-10-15).

Según artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, "...Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas".

En el caso, de interesados que están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada a través del correspondiente trámite electrónico, disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, procedimiento KGU.

Cuenca, 23 de enero de 2024

El Delegado Provincial

JOSÉ IGNACIO BENITO CULEBRAS

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