Ayudas y Subvenciones. Resolución de 17/01/2024, de la Dirección General de Transportes y Movilidad, por la que se modifica el anexo I de la Orden 58/2019, de 4 de abril, de la Consejería de Fomento, por la que se establece una ayuda al transporte para personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, consistente en la reducción del 50% del precio del billete de los viajes realizados dentro de la comunidad autónoma, en los servicios regulares de transporte interurbano de viajeros por carretera. [NID 2024/452]
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Según la Disposición final primera de la Orden 58/2019, de 4 de abril, de la Consejería de Fomento, por la que se establece una ayuda al transporte para personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, consistente en la reducción del 50% del precio del billete de los viajes realizados dentro de la comunidad autónoma, en los servicios regulares de transporte interurbano de viajeros por carretera, se faculta al órgano directivo competente en materia de transportes para modificar mediante Resolución los anexos de la Orden.
Habida cuenta de los cambios producidos desde la publicación de la Orden, se hace necesaria una actualización del ya referido Anexo I por los efectos que esos cambios derivan en las compensaciones a recibir por las empresas contratistas, conforme establece el artículo 5.2 de la ya citada Orden.
En virtud de todo ello, esta Dirección General de Transportes y Movilidad resuelve:
1. Modificar el Anexo I de la Orden 58/2019, de 4 de abril, de la Consejería de Fomento, por la que se establece una ayuda al transporte para personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, consistente en la reducción del 50% del precio del billete de los viajes realizados dentro de la comunidad autónoma, en los servicios regulares de transporte interurbano de viajeros por carretera, y cuyo contenido es el que se indica en la presente resolución.
2. Disponer la publicación del mencionado nuevo Anexo I en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Fomento en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, según disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 17 de enero de 2024
El Director General de Transportes y Movilidad
RUBÉN SOBRINO GARCÍA