Universidades. Resolución de 22/12/2023, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se acuerda aprobar la Oferta de Empleo Público con cargo a la tasa de reposición cedida por el Servicio Público de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) para el año 2023. [NID 2023/10491]

OPOSICIONES Y CONCURSOS

Conforme a lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 20. Uno y Dos de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023; en el artículo 49 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023; así como en los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha aprobados por el Claustro Universitario de 15 de junio de 2015 y publicados por Resolución de 18/11/2015, de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM 24/11/2015).

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, establece que, a lo largo del año únicamente se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal con sujeción a los límites y requisitos establecidos en el Art. 20. Dos. 1 de la citada norma, estableciéndose con respecto a las Universidades, la aplicación de una tasa de reposición de hasta un máximo del 120 % del personal perteneciente a los cuerpos docentes universitarios y al de profesores contratados doctores de Universidad.

El artículo 20. Dos.3.I) de la citada ley, indica que la validez de la autorización de las correspondientes convocatorias de plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad, de Profesores Titulares de Universidad y de profesores contratados doctores, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Y estará condicionada a que las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición de efectivos se incluyan en la oferta de empleo público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, deberá ser aprobada por el respectivo órgano de gobierno de la Administración Pública y publicarse en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma» o, en su caso, del Estado, antes de la finalización del año 2023.

Vista la Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, por la que se acuerda adjudicar a la Universidad de Castilla-La Mancha cuatro plazas, con cargo a la tasa de reposición correspondiente al sector de sanidad, en su apartado segundo, establece que dicha cesión se efectúa en cumplimiento de lo acordado en la reunión de la Comisión Mixta UCLM-SESCAM y en aplicación de la ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que dispone en el artículo 20 Apartado Uno. 1 y 3 que, la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el Sector Público, se llevará a cabo a través de la Oferta de Empleo Público y que su configuración se llevará a cabo a través de la reposición de efectivos, articulando una tasa del 120 por cien para los sectores prioritarios. Asimismo, el apartado Cuatro.1 señala, por su parte, que la tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos prioritarios se podrá acumular a otros sectores o colectivos prioritarios. Por último, el apartado Cuatro.6 indica que en los supuestos en los que se produzca acumulación de la tasa de reposición, la publicación de la Oferta de Empleo Público del organismo que la cede y del que la recibe, deberá contener el número de plazas, así como el sector o colectivo de esa acumulación.

En su virtud, la Universidad de Castilla-La Mancha dispone:

Primero.- Aprobación de la oferta de empleo público con cargo a la tasa de reposición cedida por el Servicio Público de Salud de Castilla-La Mancha.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, se aprueba la oferta de empleo público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Castilla-La Mancha con cargo a la tasa de reposición cedida por el Servicio Público de Salud de Castilla-La Mancha para el año 2023. La ejecución de las plazas incluidas en la presente oferta de empleo público estará condicionada a que, por parte de la Comunidad Autónoma, se autoricen las correspondientes convocatorias.

Segundo.- Cuantificación de las plazas.

El número de plazas de Personal Docente e Investigador para el año 2023 con cargo a la tasa de reposición cedida por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha es el siguiente:

Turno libre:

Cuerpo

Grupo

Nº de plazas

Profesor Titular de Universidad

Plazas vinculadas para Ciencias de la Salud cedidas por el Servicio Público de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)

A1

4

Tercero.- Procesos selectivos.

Las bases específicas que regulen los procesos selectivos derivados de la presente oferta de empleo público deberán publicarse en los boletines oficiales que corresponda en el plazo de tres años, a contar desde la fecha de la publicación de esta oferta de empleo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Ciudad Real, 22 de diciembre de 2023

El Rector

JOSÉ JULIÁN GARDE LÓPEZ-BREA

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