Anuncio de 05/12/2023, del Ayuntamiento de Madridejos (Toledo), sobre información pública del expediente de aprobación inicial de la modificación de la reparcelación voluntaria del Plan de Actuación Urbanística de la Unidad de Actuación número 34 del Plan de Ordenación Municipal. [NID 2023/10172]

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local 05 de diciembre de 2023, se aprobó inicialmente la modificación del proyecto de reparcelación del PAU de la unidad de actuación nº 34 del POM de Madridejos, formulado por el Ayuntamiento de Madridejos y redactado por los servicios técnicos municipales que consta de: memoria, fichas urbanísticas de parcelas resultantes y de parcelas resto, planos de Información y Ordenación. Igualmente, en la memoria se incluye la cuenta de liquidación provisional, en la que se detallan las cuotas y la forma de liquidarlas.

El área objeto de reparcelación es la siguiente:

Finca

Ref Catastral

Titular

Finca Registral

1

4610919VJ5740N0001DB

Ayuntamiento de Madridejos

11387

2

4610918VJ5740N0001RB

Ayuntamiento de Madridejos

37924

3

4610917VJ5740N0001KB

Ayuntamiento de Madridejos

37924

4

4610916VJ5740N0001OB

Ayuntamiento de Madridejos

25494

5

4610915VJ5740N0001MB

Faustino Gonzalez Lopez Privado

5148

6

4610928VJ5740N0001ZB

Ayuntamiento de Madridejos

40983

7

4610914VJ5740N0001FB 

Ayuntamiento de Madridejos

40982

8

4610913VJ5740N0001TB

Ayuntamiento de Madridejos

19708

9

4610912VJ5740N0001LB

Ayuntamiento de Madridejos

24467

10

4610910VJ5740N0001QB

Ayuntamiento de Madridejos

8034

11

4610909VJ5740N0001LB

Ayuntamiento de Madridejos

19697

12

4610908VJ5740N0001PB

Ayuntamiento de Madridejos

937

13

4610930VJ5740N0001SB

Ayuntamiento de Madridejos

937

14

4610906VJ5740N0001GB

Ayuntamiento de Madridejos

292

Se ha solicitado al Registro de la Propiedad de Madridejos, la certificación de dominio y cargas de las fincas afectadas y la anotación marginal, de conformidad con el articulo 52 del Reglamento de la Actividad de Ejecución del TRLOTAU -RAE- (Decreto 29/2011).

De conformidad con el artículo 53.1.A) 3º del Reglamento de la Actividad de Ejecución del TRLOTAU -RAE- (Decreto 29/2011), se somete a trámite de información pública durante el plazo de un mes, a fin de que los interesados puedan presentar las alegaciones u objeciones que estimen pertinentes. Durante este plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales de urbanismo sitas en el Ayuntamiento de Madridejos, Plaza del Ayuntamiento, de 9:00 horas a 14:00 horas, de lunes a viernes.

De acuerdo al artículo 53.4 del RAE, dentro de dicho plazo:

a) Cualquier persona interesada podrá formular las alegaciones, sugerencias, observaciones y reclamaciones que estimen oportunas.

b) Las personas propietarias deberán, además y en ejercicio de la facultad legalmente atribuida a tal fin, expresar o, en su caso, confirmar su voluntad en relación a la participación en la ejecución de la actuación, en los términos consignados en el artículo 46 de este Reglamento.

c) Las personas propietarias, el agente responsable de la ejecución podrán hacerse fehacientemente requerimientos para determinar si les corresponde pagar o cobrar la indemnización sustitutoria a la que se refiere el número 8 del artículo 60 del presente Reglamento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 119.4 b) del TRLOTAU, previamente a la finalización del período de información pública del proyecto de reparcelación, deberá asegurar el pago mediante la prestación de garantía financiera o real proporcional a la prestada por el urbanizador de conformidad con lo dispuesto en la letra d) del número 3 del artículo 110.

Asimismo y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el presente anuncio servirá de notificación para los titulares de derechos afectados por la reparcelación que resulten desconocidos, se ignore el lugar de notificación o, habiéndose intentado ésta, no se hubiese podido practicar. En todo caso, si el titular de la finca estuviera en paradero desconocido, la defensa de sus intereses, durante la tramitación del proceso, corresponderá al Ministerio Fiscal, salvo que el ausente tuviese designado representante con facultades suficientes, conforme al art. 10.2 del Real Decreto 1093/1997.

De conformidad con el artículo 49 del RAE, ha quedado suspendido el otorgamiento de las licencias de parcelación, edificación y cambio de uso en el ámbito de la unidad reparcelable, así como las de obras de nueva planta o reforma de las edificaciones existentes, movimientos de tierras y cualesquiera otras que afecten a la configuración física de las fincas o puedan perturbar el resultado de la reparcelación en curso, hasta que sea firme en vía administrativa la resolución aprobatoria de la reparcelación.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 del TRLOTAU y artículo 53 del RAE.

Madridejos, 5 de diciembre de 2023

El Alcalde

FRANCISCO LÓPEZ ARENAS

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