Cámara de Cuentas. Resolución de 15/12/2023, de la Presidencia de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba la instrucción para la remisión telemática a la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha de la información y documentación relativa a los convenios celebrados por las entidades del sector público local de Castilla-La Mancha que le han de ser remitidas, así como el procedimiento y medio para llevarlo a cabo. [NID 2023/10246]

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), en su artículo 53.1, establece que dentro de los tres meses siguientes a la suscripción de cualquier convenio cuyos compromisos económicos asumidos superen los 600.000 euros, estos deberán remitirse electrónicamente al Tribunal de Cuentas u órgano externo de fiscalización de la comunidad autónoma, según corresponda, así como las modificaciones, prórrogas o variaciones de plazos, alteración de los importes de los compromisos económicos asumidos y la extinción de los convenios indicados.

Asimismo, dispone la citada ley que las previsiones anteriormente indicadas se entenderán sin perjuicio de las facultades del Tribunal de Cuentas o, en su caso, de los correspondientes órganos de control externo autonómicos para reclamar cuantos datos, documentos y antecedentes estime pertinentes con relación a los convenios de cualquier naturaleza y cuantía.

La existencia de esta obligación hace necesario el mantenimiento de medidas de coordinación que faciliten la remisión de la información legalmente exigida, así como su control, en aras de hacer efectivos los imperativos constitucionales de economía, eficacia y eficiencia en su ejercicio.

Por la Ley 7/2021, de 3 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha, esta Comunidad Autónoma se ha dotado de órgano propio de control externo, estableciendo el artículo 9.1 que el ejercicio de la función fiscalizadora a cargo de la Cámara de Cuentas estará dirigido a la verificación del sometimiento de la actividad económica, financiera y contable de los sujetos incluidos en su ámbito de actuación a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia y economía. En virtud de lo dispuesto en su artículo 2.c) el ámbito de la actuación fiscalizadora incluye a las entidades locales de la Comunidad Autónoma, sus organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes.

El Tribunal de Cuentas y los Órganos de Control de Externo de las Comunidades Autónomas (OCEx) deben desarrollar sus competencias en el marco de una adecuada coordinación y colaboración que permita desplegar un control eficiente y eficaz sobre la gestión de las entidades locales y evite duplicidades en la actuación de las instituciones de control. Por ello, vienen impulsado desde 2007 la creación de una plataforma de rendición telemática que ha permitido además de unificar y facilitar la rendición de cuentas de las entidades locales, la del resto de información requerida por el ordenamiento jurídico.

En aras de la necesaria coordinación, por la Presidencia de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha, mediante Resolución de 25/04/2023, se aprueba la instrucción relativa a la remisión telemática de los extractos de los expedientes de contratación y convenios, así como de las relaciones de contratos, convenios y encargos a medios propios personificados, celebrados por las entidades del sector público de Castilla-La Mancha, que contiene una disposición transitoria relativa, a las entidades del sector público local de Castilla-La Mancha, en la que se indica que continuarán remitiendo las relaciones anuales de contratos, los extractos de los expedientes de contratación, los convenios y encargos a medios propios, a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades locales, de acuerdo con lo dispuesto en la "Instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones anuales de los contratos celebrados por las entidades y entes del Sector Público Local", aprobada por Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas de 28 de junio de 2018, y publicada por Resolución de 3 de julio de 2018, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas. (BOE, núm. 166, de 10/07/2018), hasta tanto se formalice el correspondiente convenio de colaboración ente la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha y el Tribunal de Cuentas, por el que se materialice la adhesión de esta a la Plataforma de rendición de cuentas de los entes locales.

En aras a la formalización del convenio de colaboración entre la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha y el Tribunal de Cuentas, razones de seguridad jurídica aconsejan aprobar una nueva Instrucción que deje sin efecto la disposición transitoria anterior estableciendo, con unos efectos indefinidos, el procedimiento para la remisión telemática a la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha de la información y documentación relativa a los convenios celebrados por las entidades del sector público local de Castilla-La Mancha.

De acuerdo con los ya citados principios de eficacia, eficiencia, y con el fin de evitar cargas administrativas con cambios sucesivos en los requerimientos de forma y procedimientos de remisión que obligatoriamente incumben a los centros, organismos y entidades del sector público de Castilla- La Mancha, la Cámara de Cuentas sigue considerando oportuno aplicar para el cumplimiento de las obligaciones artículo 53 LRJP la referida "Instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de convenios y de relaciones anuales de los celebrados por las entidades del Sector Público Local", aprobada por Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas de 24 de noviembre de 2016.

Por lo expuesto, en virtud de las funciones atribuidas por los artículos 24.1.d) y 24.3 de la Ley 7/2021, de 3 de diciembre, y el artículo 2.1.c) en relación con el artículo 9.1 de la citada Ley 7/2021, de 3 de diciembre, previa audiencia de las Auditoras y Auditores, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 70.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha,

Resuelvo:

Primero. Aprobar la Instrucción para la remisión telemática a la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha de la información y documentación relativa a los convenios celebrados por las entidades del sector público local de Castilla-La Mancha que le han de ser remitidas, así como el procedimiento y medio para llevarlo a cabo, que se inserta como anexo.

Segundo. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

La Instrucción tendrá efectos a los veinte días contados desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha.

Toledo, 15 de diciembre de 2023

El Presidente de la Cámara de Cuentas

de Castilla-La Mancha

FERNANDO ANDÚJAR HERNÁNDEZ

Anexo

Instrucción relativa al procedimiento para para la remisión telemática a la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha de la información y documentación relativa a los convenios celebrados por las entidades del sector público local de Castilla-La Mancha que le han de ser remitidas, así como el procedimiento y medio para llevarlo a cabo.

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

1. Esta Instrucción tiene por objeto establecer el procedimiento para la remisión telemática a la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha de la información y documentación relativa a los convenios celebrados por las entidades del sector público local de Castilla-La Mancha a que se refiere el artículo 2.c) de la Ley 7/2021, de 3 de diciembre, y que integran el sector público local de Castilla-La Mancha.

2. La obligación de remisión de información y documentación sobre convenios a la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha por parte de los órganos, organismos y entidades que integran el sector público local de Castilla-La Mancha, se configura del siguiente modo:

1º. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.1 de la LRJSP han de remitirse dentro del plazo en él establecido, los convenios cuyos compromisos económicos asumidos superen los 600.000 euros, debiendo enviar la información y documentación que se indica en el apartado III.1 de la Instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de convenios y de relaciones anuales de los celebrados por las entidades del Sector Público Local", aprobada por Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas de 24 de noviembre de 2016.

2º. Deberán comunicarse las modificaciones, prórrogas o variaciones de plazos, la alteración de los importes de los compromisos económicos asumidos, y la extinción de los convenios referidos en el punto anterior.

Asimismo se enviarán los convenios que, por su importe, no hubieran sido remitidos en cumplimiento del artículo 53.1 de la LRJSP y que hubieran sido objeto de modificaciones posteriores a su celebración, cuando, aislada o conjuntamente, eleven los compromisos económicos asumidos por encima de los límites señalados en el citado precepto, incluyendo la documentación relativa a las mencionadas modificaciones. La remisión, en lo que se refiere al convenio original, se efectuará telemáticamente, enviando la documentación que se relaciona en el apartado anterior. Respecto de la modificación, se cumplimentarán los datos básicos de la incidencia que se indican en la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales y se remitieran los correspondientes documentos de aprobación y de formalización de aquella.

3º. Las entidades del sector público local deberán remitir anualmente relaciones certificadas comprensivas de los convenios formalizados en el ejercicio precedente, de cualquier naturaleza y cuantía de conformidad con lo establecido en el apartado III.2 de la "Instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de convenios y de relaciones anuales de los celebrados por las entidades del Sector Público Local", aprobada por Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas de 24 de noviembre de 2016. En el caso de no haberse celebrado ninguno, se deberá remitir una certificación negativa.

Segundo. Información a remitir.

Las entidades del sector público local de Castilla-La Mancha, deberán remitir la documentación relativa a los convenios formalizados por ellas y sus organismos autónomos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, así como las incidencias de los citados convenios, a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales (www.rendiciondecuentas.es), debiendo cumplimentarse, asimismo, los datos que se requieren en la citada plataforma, de conformidad con la Instrucción relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de convenios y de relaciones anuales de los celebrados por las entidades del Sector Público Local, aprobada por Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas de 24 de noviembre de 2016.

Tercero. Solicitud de otra documentación.

Con independencia de la información y documentación señalada en el apartado anterior, en el ejercicio de su función fiscalizadora la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha podrá requerir el envío de documentación adicional en relación con los convenios anteriormente identificados o con cualquier otro incluido en la relación anual de los convenios suscritos a que se refiere el apartado segundo de esta Instrucción o que hubieran debido incorporarse a ella. La entidad local requerida deberá facilitar la información y documentación solicitada, en cumplimiento de la colaboración debida conforme prevén los artículos 17 de la Ley 7/2021, de 3 de diciembre y de lo expresamente establecido en el artículo 53.3 de la LRJSP. Dicha solicitud deberá ser atendida en los términos y plazos fijados en aquella.

Cuarto. Cuantía de los convenios.

A los efectos de esta Instrucción, se entenderá por compromisos económicos asumidos a los que se refiere el artículo 53.1 de la LRJSP, el importe total de las aportaciones financieras que se comprometan a realizar el conjunto de los sujetos que suscriben el convenio, independientemente de la aportación que corresponda a la entidad local remitente de la documentación.

Quinto. Protección de datos.

Esta Instrucción se aplicará de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal, contenida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como del resto de normativa de aplicación en la materia.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
8755 {"title":"Cámara de Cuentas. Resolución de 15\/12\/2023, de la Presidencia de la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba la instrucción para la remisión telemática a la Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha de la información y documentación relativa a los convenios celebrados por las entidades del sector público local de Castilla-La Mancha que le han de ser remitidas, así como el procedimiento y medio para llevarlo a cabo. [NID 2023\/10246]","published_date":"2023-12-22","region":"castillalamancha","region_text":"Castilla-La Mancha","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillalamancha","id":"8755"} castillalamancha BOPA,BOPA 2023 nº 244,Cámara de cuentas de castilla-la mancha,Disposiciones generales https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/castillalamancha/boa/2023-12-22/8755-camara-cuentas-resolucion-15-12-2023-presidencia-camara-cuentas-castilla-mancha-se-aprueba-instruccion-remision-telematica-camara-cuentas-castilla-mancha-informacion-documentacion-relativa-convenios-celebrados-entidades-sector-publico-local-castilla-mancha-le-han-ser-remitidas-asi-como-procedimiento-medio-llevarlo-cabo-nid-2023-10246 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.