Instalaciones Eléctricas. Resolución de 27/11/2023, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de instalación eléctrica de alta tensión con número de expediente: E-45240222859. [NID 2023/9888]
Examinado el procedimiento iniciado por el Interesado referente a la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de instalación eléctrica de alta tensión, cuyos datos básicos son los siguientes:
Referencia: E-45240222859.
Titular: S.J. Ocho Promociones y Obras S.L.
Situación: Término municipal de Ocaña (Toledo).
Proyecto: Retranqueo de LSMT 15 kv existente propiedad de UFD en la urbanización del sector B en Ocaña (Toledo).
Características principales de las instalaciones:
LSMT (15KV):
Conductor RHZ1-OL 12/20kv 3(1X150) mm2. H16 de 292 metros de longitud y simple circuito con origen en empalme a realizar en C/ Ana Isabel Sánchez Torralba esq. Ctra. N-400 y final en empalme a realizar en camino de la Bernarda.
- La nueva LSMT discurrirá por las aceras o calles públicas hasta llegar al segundo juego de empalmes a realizar con LSMT existente en camino de la Bernarda.
- La LSMT existente entre los empalmes se dejará sin servicio.
Finalidad: Retranqueo de LSMT existente propiedad de UFD que interfiere en trabajos de urbanización.
Antecedentes de hecho
Primero.- Con fecha 28 de junio de 2023 fue solicitada la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la instalación de referencia en esta Delegación Provincial.
Segundo.- La solicitud fue sometida a Información Pública, insertándose en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 19 de octubre de 2023. No habiéndose recibido alegaciones en el plazo de 20 días establecidos al efecto.
Tercero.- Se hicieron las Consultas a las distintas Administraciones Públicas, organismos o empresas de servicios públicos o servicios de interés general afectados en algunos de los bienes o derechos a su cargo dando traslado de separatas del proyecto. Todas ellas mostraron su conformidad de manera expresa o por silencio según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes
Fundamentos de derecho:
Uno.- Esta Delegación Provincial es el órgano competente para dictar la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y el Decreto 34/2017, de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y lo dispuesto en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
Dos.- La presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada,
Resuelvo: Otorgar a "S.J. Ocho Promociones y Obras S.L." la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto "Retranqueo de LSMT 15 kv existente propiedad de UFD en la urbanización del sector B en Ocaña (Toledo)" quedando sometida a las siguientes condiciones:
Primera.- Las instalaciones, los elementos técnicos y materiales deberán ajustarse a las correspondientes normas técnicas de seguridad y calidad industriales, de conformidad a lo previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás normativa que resulte de aplicación. En todo momento se deberá cumplir lo indicado en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
Segunda.- Las instalaciones que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto presentado.
Tercera.- Cualquier modificación que afecte a las características técnicas básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de esta Delegación Provincial, sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización Administrativa Previa y/o Autorización Administrativa de Construcción.
Cuarta.- Los cruces, paralelismos y otras afecciones de las instalaciones deberán realizarse de conformidad con los condicionados e informes que las administraciones, organismos o empresas de servicio público y/o interés general hayan emitido.
Quinta.- La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Sexta.- Se concede un plazo de 2 años, para la ejecución del proyecto a partir de la fecha de la presente Resolución. Dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.
Séptima.- La presente autorización en ningún caso se concede con derechos exclusivos de uso.
Octava.- El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia del interesado.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Sostenible, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con el artículo 122 de la citada disposición legal. Si el interesado tiene la obligación de relacionarse con la administración a través de medios electrónicos, tal y como se establece en artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo, la tramitación del citado recurso se realizará a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/sede/tramite/KGU
Toledo, 27 de noviembre de 2023
La Delegada Provincial
MONTSERRAT MURO MARTÍN