Consejería de educación, cultura y deportes - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-226)
Ayudas y Subvenciones. Resolución de 20/11/2023, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la organización de competiciones de deporte adaptado e inclusivo y competiciones deportivas femeninas y en igualdad de género, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. [NID 2023/9667]
La Orden 128/2023, de 14 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, estableció las bases reguladoras y convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la organización de competiciones de deporte adaptado e inclusivo y competiciones deportivas femeninas y en igualdad de género, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. (DOCM nº120 de 26 de junio), abriéndose un plazo de presentación de solicitudes hasta el 17/07/2023.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procedió a la instrucción del procedimiento, verificando el cumplimiento de los requisitos para acceder a la subvención por parte de las entidades interesadas y, posteriormente, se evaluaron por una Comisión de Valoración las solicitudes presentadas en función de los criterios de valoración establecidos en la base undécima de la Orden 128/2023, de 14 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de dichas subvenciones.
Con fecha 2/10/2023 fue dictada propuesta de Resolución Provisional de conformidad con el informe efectuado por la comisión de valoración, concediéndose un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones. Habiendo sido analizadas las alegaciones presentadas a la propuesta de Resolución Provisional, con fecha 02/11/2023 se dictó la propuesta de Resolución Definitiva.
Por todo lo anterior, siendo conforme con la propuesta de Resolución Definitiva de 02/11/2023, resuelvo:
Primero.- Conceder a las entidades que se enumeran en el Anexo I una subvención equivalente a la cuantía que se indica, en base a la puntuación obtenida en la evaluación de las solicitudes según los criterios de valoración recogidos en el apartado undécimo de la Orden 128/2023, y de acuerdo con el crédito presupuestario y cuantías que se establecen en las bases segunda y tercera de la citada orden.
Segundo.- Desestimar las solicitudes de las entidades que se enumeran en los Anexos II y III, por los motivos que se indican.
Tercero.- Comunicar a las entidades beneficiarias la necesidad del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la base decimoquinta y decimosexta de la Orden 128/2023.
Cuarto.- La publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, sustituyendo a su notificación a las entidades interesadas, conforme a los términos establecidos en el artículo 45.1b de la Le 39/2015, de 1 de octubre.
Quinto.- La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 20 de noviembre de 2023
El Consejero de Educación, Cultura y Deportes
(P.D. Base decimosegunda.1
de la Orden 128/2023, de 14 de junio)
La Viceconsejera de Cultura y Deportes
CARMEN TERESA OLMEDO PEDROCHE