Consejería de desarrollo sostenible - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-224)

Instalaciones Eléctricas. Resolución de 10/11/2023, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de instalación eléctrica de alta tensión con número de expediente: E-45211122830. [NID 2023/9490]

Examinado el procedimiento iniciado por el Interesado referente a la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de instalación eléctrica de alta tensión, cuyos datos básicos son los siguientes:

Referencia: E-45211122830.

Titular: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Situación: Término municipal de Carranque (Toledo).

Proyecto: ADTO22032 nuevo tramo MT en IL2714 y IL2709. Mejora de calidad suministro.

Características principales de las instalaciones:

LAMT 15kV:

-Actuación 1: Se proyecta una nueva salida del CT 45CRB9 (IL2-709) hasta el CT 45CF95.

Conductor RHZ1-2OL 12/20kv 1X240 mm2 AL. de 283 metros con origen en CT 45CRB9 y final en CT 45CF95

-Actuación 2: Se proyectan tres entronques en los tramos de línea MT 15kv IL2-714 entre los CTS 45CG55-45CGK5, 45CCK7-45CJF3 CT 45CJF3 y 45CJM4-45CTS5:

Tramo 1: Para conectar los CT'S 45CCK7-45CJM4 con conductor RHZ1-2OL 12/20kv 1X240 mm2 AL. de 9 metros con origen en CT 45CCK7 y final empalme proyectado.

Se abre la red subterránea MT 15kv IL2-714 existente procedente del CT 45CTS5 y se proyecta un empalme para conectar con la nueva red MYT 15KV proyectada, y se desconecta la red subterránea MT 15kv IL2-714

Tramo 2: Para conectar los CT'S 45CCK7 - 45CG55 con conductor RHZ1-2OL 12/20kv 1X240 mm2 AL. de 5 metros con origen en empalme proyectado y final en empalme proyectado.

Se abre la red subterránea MT 15kv IL2-714 existente procedente del CT 45CGK5 (que previamente se ha desconectado, celda 04) y se proyecta un empalme para conectar con la nueva red MYT 15kv proyectada, y se abre la red subterránea MT 15kv IL2-714 existente procedente del CT 45CKK7 y se proyecta un empalme para conectar con la nueva red MYT 15KV proyectada.

Tramo 3: Para conectar los CT'S 45CTS5 - 45CJF3 con conductor RHZ1-2OL 12/20kv 1X240 mm2 AL. de 3 metros con origen en empalme proyectado y final en empalme proyectado.

Se abre la red subterránea MT 15kv IL2-714 existente procedente del CT 45CTS5 y se proyecta un empalme para conectar con la nueva red MYT 15kv proyectada, y se abre la red subterránea MT 15kv IL2-714 existente hacia del CR 45CJF3 y se proyecta un empalme para conectar con la nueva red MYT 15kv proyectada.

-Actuación 3: Se proyecta la sustitución del conjunto de celdas 2L1P de CT45CU22 por uno nuevo de 3L1P, y se proyectan dos nuevas salidas del CT 45CU22 hasta el empalme proyectado en el tramo de línea MT 15kv IL2-714 entre los CT 45CTS6 y CT 45CTS7.

Tramo 1: Conductor RHZ1-2OL 12/20kv 1X240 mm2 AL. de 453 metros con origen en CT 45CU22 y final empalme proyectado.

Tramo 2: Conductor RHZ1-2OL 12/20kv 1X240 mm2 AL. de 453 metros con origen en empalme proyectado y final CT 45CU22.

Finalidad: Mejora del suministro eléctrico de la zona.

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 10 de febrero de 2023 fue solicitada la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la instalación de referencia en esta Delegación Provincial.

Segundo.- La solicitud fue sometida a Información Pública, insertándose en el Diario Oficial de Castilla La Mancha de fecha 25 de agosto de 2023. No habiéndose recibido alegaciones en el plazo de 20 días establecidos al efecto.

Tercero.- Se hicieron las Consultas a las distintas Administraciones Públicas, organismos o empresas de servicios públicos o servicios de interés general afectados en algunos de los bienes o derechos a su cargo dando traslado de separatas del proyecto. Todas ellas mostraron su conformidad de manera expresa o por silencio según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes

Fundamentos de derecho:

Uno.- Esta Delegación Provincial es el órgano competente para dictar la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y el Decreto 34/2017, de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, y lo dispuesto en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

Dos.- La presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada,

Resuelvo: Otorgar a "UFD Distribución Electricidad, S.A." la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto "ADTO22032 nuevo tramo MT en IL2714 y IL2709. Mejora de calidad suministro" en el término Municipal de Carranque, quedando sometida a las siguientes condiciones:

Primera.- Las instalaciones, los elementos técnicos y materiales deberán ajustarse a las correspondientes normas técnicas de seguridad y calidad industriales, de conformidad a lo previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás normativa que resulte de aplicación. En todo momento se deberá cumplir lo indicado en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

Segunda.- Las instalaciones que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto presentado.

Tercera.- Cualquier modificación que afecte a las características técnicas básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de esta Delegación Provincial, sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización Administrativa Previa y/o Autorización Administrativa de Construcción.

Cuarta.- Los cruces, paralelismos y otras afecciones de las instalaciones deberán realizarse de conformidad con los condicionados e informes que las administraciones, organismos o empresas de servicio público y/o interés general hayan emitido.

Quinta.- La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Sexta.- Se concede un plazo de 2 años, para la ejecución del proyecto a partir de la fecha de la presente Resolución. Dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.

Séptima.- La presente autorización en ningún caso se concede con derechos exclusivos de uso.

Octava.- El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia del interesado.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Sostenible, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con el artículo 122 de la citada disposición legal. Si el interesado tiene la obligación de relacionarse con la administración a través de medios electrónicos, tal y como se establece en artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo, la tramitación del citado recurso se realizará a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/sede/tramite/KGU

Toledo, 10 de noviembre de 2023

La Delegada Provincial

MONTSERRAT MURO MARTÍN

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