Consejería de bienestar social - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-224)

Ayudas y Subvenciones. Resolución de 09/11/2023, de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, por la que se amplía el crédito consignado en la Resolución de 30/12/2020, por la que se publica el crédito presupuestario disponible durante los ejercicios 2021, 2022 y 2023 para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de las ayudas económicas a las familias numerosas de Castilla-La Mancha, en relación al importe del crédito a imputar durante el ejercicio 2023. [NID 2023/9471]

El artículo 75.2.b) del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha establece que: "se podrán conceder de forma directa aquellas subvenciones cuyo otorgamiento o cuantía resulten impuestos a la Administración por norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa".

En Castilla-La Mancha, el artículo 8 de la Ley 17/2010, de 29 de diciembre, de las Familias Numerosas de Castilla-La Mancha y de la Maternidad señala que: "se garantiza una ayuda económica directa por cada hijo o hija menor de 18 años que viva con, y a expensas de la persona o personas titulares de familia numerosa, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente".

En desarrollo de dicha garantía legal, las ayudas económicas a las familias numerosas de Castilla-La Mancha se hallan reguladas en el Decreto 80/2012, de 26 de abril, por el que se regulan ayudas económicas a familias numerosas y familias acogedoras de Castilla-La Mancha (D.O.C.M nº 85, de 30 de abril de 2012), modificado por el Decreto 108/2014, de 23 de octubre (D.O.C.M nº 209, de 29 de octubre de 2014).

El artículo 36.2 del Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre indica que "para que sea exigible el pago de las subvenciones a las que se refiere este artículo será necesaria la existencia de crédito adecuado y suficiente en el correspondiente ejercicio".

Tras la tramitación del expediente de gasto plurianual correspondiente, mediante Resolución de 30/12/2020, de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, se publicó el crédito presupuestario disponible durante los ejercicios 2021, 2022 y 2023 para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de las ayudas económicas a las familias numerosas de Castilla-La Mancha, cuyo apartado segundo establece que el importe del crédito a imputar en el ejercicio 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 27.12.312A.48118, asciende a la cantidad de 6.590.000,00 euros.

El incremento en el número de solicitudes presentadas para las ayudas a familias numerosas y, al mismo tiempo, la necesidad de continuar abonando las ayudas reconocidas con anterioridad, motivan la necesidad de ampliar el crédito consignado en la citada Resolución de 30/12/2020, en relación con el importe del crédito a imputar durante este ejercicio 2023, con el objeto de poder atender debidamente las nuevas solicitudes de estas ayudas, de forma que se siga cumpliendo el requisito de existencia de crédito adecuado y suficiente para este ejercicio establecido en el reseñado artículo 36.2 del Decreto 21/2008, de 5 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 5 del Decreto 111/2023, de 25 de julio, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Bienestar Social,

Resuelvo:

Primero. Objeto.

La presente resolución tiene por objeto ampliar el crédito consignado en la Resolución de 30/12/2020, de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, por la que se publica el crédito presupuestario disponible durante los ejercicios 2021, 2022 y 2023 para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de las ayudas económicas a las familias numerosas de Castilla-La Mancha, en relación al importe del crédito a imputar durante el ejercicio 2023.

Segundo. Financiación.

1. La ampliación del crédito consignado en la Resolución de 30/12/2020, de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, correspondiente al ejercicio 2023, asciende a 200.000,00 euros.

2. Con esta ampliación, el crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de las ayudas a familias numerosas, durante el ejercicio 2023, asciende a la cantidad de 6.790.000,00 euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria 27.12.312A.48118.

Tercero. Efectos.

La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 9 de noviembre de 2023

La Viceconsejera de Servicios y Prestaciones Sociales

MARÍA GUADALUPE MARTÍN GONZÁLEZ

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