Consejería de economía, empresas y empleo - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-224)
Ayudas y Subvenciones. Resolución de 10/11/2023, de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se aprueba una ampliación de crédito de la línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora, dentro del Programa Captación del Talento. Extracto BDNS (Identif.): 665957. [NID 2023/9485]
Con fecha 28 de diciembre al 2022 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el Decreto 126/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa de Captación del Talento.
El programa "Captación del Talento", incluye las siguientes líneas de subvención:
a) Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida, reguladas en la Sección 1ª del Capítulo II.
b) Línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora, reguladas en la Sección 2ª, del Capítulo II.
c) Línea 3: "Bono Talento Rural", regulado en la Sección 3ª del Capítulo II.
Según el artículo 6 del decreto, el importe del crédito destinado a la financiación de las ayudas previstas en la línea 2, asciende a 50.400 euros, imputándose a la partida 1904/G322A/4761A.
La cuantía total máxima establecida para cada línea de ayudas, podrá incrementarse en los términos y condiciones previstos en el artículo 23.1 b) 1º del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero, con una cuantía adicional de hasta el 50% del importe total de la línea. La efectividad de la cuantía adicional, queda condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda. Una vez se declare la disponibilidad del crédito correspondiente a la cuantía que, en su caso se hubiera previsto con carácter adicional, se tramitará el correspondiente expediente de gasto por el importe declarado disponible.
El nuevo importe que resulte del incremento deberá ser objeto de comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y de publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin que tal publicación implique la apertura de un nuevo plazo.
Una vez avanzada la tramitación de la convocatoria, a la vista de las solicitadas presentadas, se pone de manifiesto la necesidad de ampliación del crédito establecido en la misma.
Para poder atender las solicitudes presentadas y las que puedan entrar, y de acuerdo con lo dispuesto en el decreto regulador, se resuelve incrementar la cuantía prevista a 25.200 euros, con el siguiente detalle:
Año | Ce. gestor | Pos. presup | Fondo | Progr. financiación | Importe |
2023 | 19040000 | G/322A/4761A | 0000001150 | JCCM/0000025186 | + 25.200,00 |
Toledo, 10 de noviembre de 2023
La Directora General de Autónomos,
Trabajo y Economía Social
ANA MARÍA CARMONA DUQUE