Universidad de castilla-la mancha - Autoridades y personal (BOPA nº 2023-224)

Universidades. Resolución de 15/11/2023, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se acuerda publicar la Oferta de Empleo Público de acceso libre y promoción interna del personal docente e investigador de esta universidad de 2023, tras su aprobación en Consejo de Gobierno de fecha 14/11/2023. [NID 2023/9500]

OPOSICIONES Y CONCURSOS

Conforme a lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 20. Uno y Dos de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023; en el artículo 49 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023; así como en los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha aprobados por el Claustro Universitario de 15 de junio de 2015 y publicados por Resolución de 18/11/2015, de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM 24/11/2015).

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, establece que, a lo largo del año únicamente se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal con sujeción a los límites y requisitos establecidos en el Art. 20. Dos. 1 de la citada norma, estableciéndose con respecto a las Universidades, la aplicación de una tasa de reposición de hasta un máximo del 120 % del personal perteneciente a los cuerpos docentes universitarios y al de profesores contratados doctores de Universidad.

El artículo 20. Dos.3.I) de la citada ley, indica que la validez de la autorización de las correspondientes convocatorias de plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad, de Profesores Titulares de Universidad y de profesores contratados doctores, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Y estará condicionada a que las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición de efectivos se incluyan en la oferta de empleo público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, deberá ser aprobada por el respectivo órgano de gobierno de la Administración Pública y publicarse en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma» o, en su caso, del Estado, antes de la finalización del año 2023.

Por su parte, según el artículo 71. 1. c) de la Ley Orgánica 2/2023, de 23 de marzo, del Sistema Universitario, se aplicará una reserva en el cómputo anual, de un mínimo del 15 por ciento del total de plazas que oferten las universidades para los cuerpos docentes de Universidad y el personal permanente laboral, para la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3), o que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3). Las plazas objeto de reserva que queden vacantes se podrán acumular a la convocatoria ordinaria de turno libre de ese mismo año.

No obstante, de acuerdo con lo indicado en el artículo 22.3 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, y en el artículo 71.7.c) de la LOSU, en el supuesto de que no se cubran todas las plazas previstas en estas reservas, las que queden desiertas se acumularán al resto de plazas de turno libre de esta oferta de empleo público para el año 2023 destinadas al cuerpo de profesores titulares de universidad y a la categoría de profesores permanentes laborales.

Además, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 23 de marzo, del Sistema Universitario, permite a las Universidades convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gasto de su presupuesto, para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Estas plazas, que no podrán superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre, en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes del artículo 71 de esta misma ley, se convocarán para funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o a de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición. Los funcionarios que participen en estos concursos tendrán que estar acreditados para el Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad.

A la vista de las certificaciones remitidas por la UCLM el pasado 10 de marzo de 2023 a la Dirección General de Costes de Personal del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en la que se proporcionó la información sobre las bajas y altas del PDI producidas en 2022, en función del número de empleados fijos que durante el ejercicio 2022 han causado baja o alta en los cuerpos citados en esta Universidad, conforme al cálculo previsto en el artículo 20. Tres.1 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que asciende a 66 plazas.

En su virtud, y tras la aprobación en Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha en sesión de 14 de noviembre de 2023, se dispone a la publicación de la Oferta de Empleo Público del Personal Docente Investigador de la UCLM para 2023 conforme a las siguientes disposiciones,

Primero.- Aprobación de la oferta de empleo público.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, se aprueba la oferta de empleo público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Castilla-La Mancha para el año 2023. La ejecución de las plazas incluidas en la presente oferta de empleo público estará condicionada a qué por parte de la Comunidad Autónoma, se autoricen las correspondientes convocatorias.

Segundo.- Cuantificación de las plazas.

El número de plazas de Personal Docente e Investigador para el año 2023 es el siguiente:

A) Turno libre:

Cuerpo

Grupo

Nº de plazas

Profesor Titular de Universidad

A1

56

Profesor Titular de Universidad (*)

Destinadas a personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3), o que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3).

A1

10

(*) En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas, y de conformidad con LOSU (artículo 71.7.c), se acumularán al resto de plazas de turno libre de esta oferta de empleo público para el año 2023.

B) Turno promoción interna:

Cuerpo

Grupo

Nº de plazas

Catedrático de Universidad

A1

20

Tercero.- Procesos selectivos.

Las bases específicas que regulen los procesos selectivos derivados de la presente oferta de empleo público deberán publicarse en los boletines oficiales que corresponda en el plazo de tres años, a contar desde la fecha de la publicación de esta oferta de empleo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Disposición final.- Entrada en vigor

La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Ciudad Real, 15 de noviembre de 2023

El Rector

JOSÉ JULIÁN GARDE LÓPEZ-BREA

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