Consejería de educación, cultura y deportes - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-219)

Ayudas y Subvenciones. Resolución de 10/11/2023, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la organización y gestión de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha durante 2023. [NID 2023/9347]

La Orden de 29/06/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la organización y gestión de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha, modificada por la Orden 77/2017, de 18 de abril. Mediante Resolución de 23/02/2023, de la Dirección General de Juventud y Deportes (DOCM nº 45, de 6 de marzo), fueron convocadas estas subvenciones para 2023.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procedió a la instrucción del procedimiento, verificando el cumplimiento de los requisitos para acceder a la subvención por parte de las entidades interesadas y, posteriormente, se evaluaron por una Comisión de Valoración las solicitudes presentadas en función de los criterios de valoración establecidos en la base undécima de la Orden de 29/06/2016, de 18 de abril, y del apartado séptimo de la Resolución de 23/02/2023.

Con fecha 29/08/2023 fue dictada propuesta de Resolución Provisional de conformidad con el informe efectuado por la comisión de valoración, concediéndose un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones. Habiendo sido analizadas las alegaciones presentadas a la propuesta de Resolución Provisional, con fecha 29/09/2023 se dictó la propuesta de Resolución Definitiva.

Por todo lo anterior, siendo conforme con la propuesta de Resolución Definitiva de 29/09/2023, resuelvo:

Primero.- Conceder a las entidades relacionadas en el anexo I una subvención equivalente a la cuantía que se indica, en base a la puntuación obtenida en la evaluación de las solicitudes según los criterios de valoración recogidos en el apartado séptimo de la Resolución de 23/02/2023, y de acuerdo con el crédito presupuestario y cuantías que se establecen en el apartado tercero de la citada Resolución, y como anexo II las subvenciones que se desestiman por los motivos que se indican.

Segundo.- Comunicar a las entidades beneficiarias la necesidad del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la base decimoquinta de la Orden de 29/06/2016.

Tercero.- La publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la dirección https://www.jccm.es/servicios/tablon-de-anuncios sustituye a su notificación a las entidades interesadas, conforme a los términos establecidos en el artículo 29 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por el Decreto 21/2008 de 5 de febrero, y a la base duodécima de la Orden de 29/06/2016.

Cuarto.- La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 10 de noviembre de 2023

El Consejero de Educación, Cultura y Deportes

(P.D. Base duodécima apartado 1

de la Orden de 29/06/2016)

El Director General de Juventud y Deportes

CARLOS ALBERTO YUSTE IZQUIERDO

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