Ayuntamiento de manzanares (ciudad real) - Anuncios (BOPA nº 2023-201)
Anuncio de 03/10/2023, del Ayuntamiento de Manzanares (Ciudad Real), sobre concesión de licencia urbanística de obras para el vallado con malla ganadera cinegética para protección de cultivos en parcelas 1 y 4 del polígono 71 del término municipal de Manzanares. [NID 2023/8501]
ADMINISTRACIÓN LOCAL
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla la Mancha y de la resolución de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de ciudad Real, por la que se formula informe de impacto ambiental del expediente PRO-CR-23-1621 (DOCM nº 158-2023, de 18 de agosto), se procede a la publicación del extracto de la Resolución (decreto nº 12191/2023) de la Concejal Delegada de Obras de fecha 27-09-2023 por la que se concede licencia de obra menor para cerramiento de protección de cultivos en las parcelas 1 y 4 del Polígono 71, de acuerdo al siguiente condicionado particular:
· Dado que actuación propuesta linda con el Camino del Boquerón, camino público de 1ª Categoría, el vallado a ejecutar deberá separarse 6 metros desde el eje del camino conforme se establece en el artículo 8 de la Ordenanza Reguladora de Caminos Rurales.
· La puerta a colocar en el encuentro entre el camino del Boquerón (camino público de 1ª Categoría) con el camino de Moral de Calatrava a la Hoya de la Cruz (camino público de 2ª Categoría) no podrá cerrarse mediante candados, cerrojos o elementos similares de forma que pueda ser siempre abierta por el público.
· No se podrán iniciar las obras mientras no se obtenga Informe Favorable de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha.
· Se deberá cumplir lo establecido en el Informe emitido por el Servicio de Medio Ambiente de la Delegación Provincial en Ciudad Real de la Consejería de Desarrollo Sostenible en fecha 7 de agosto de 2023.
· De conformidad con lo establecido en el artículo 91.2 del TRLOTAU, quedan prohibidas las parcelaciones urbanísticas en suelo rústico.
· De conformidad con lo establecido en el artículo 17.e) del RSR, se deberá hacer constar en el Registro de la Propiedad las condiciones de la licencia.
· En orden a lo indicado en el artículo 17.d) del RSR, una vez otorgada la licencia municipal, se deberá prestar garantía, por importe de 956,25 euros correspondientes al 3% del coste de la totalidad de las obras a realizar, sin cuyo requisito no podrá darse comienzo a la ejecución de las obras, ni será eficaz la licencia que legitimen éstas.
· Las obras deben ceñirse a las solicitadas. Cualquier otra actuación que se pretenda realizar, no amparadas en la presente solicitud de licencia, deberá contar con la autorización preceptiva.
Manzanares, 3 de octubre de 2023
El Alcalde
JULIÁN NIEVA DELGADO