Consejería de desarrollo sostenible - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-195)

Instalaciones Eléctricas. Resolución de 02/10/2023, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Albacete, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto de instalación de energía eléctrica denominado: Ampliación de potencia CTI Buenavista, emplazada en el término municipal de Corral-Rubio. Referencia: 02241000849. [NID 2023/8367]

Visto el expediente tramitado en esta Delegación Provincial, para la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, del siguiente proyecto de instalación de energía eléctrica:

- Referencia: 02241000849

- Titular: i-DE Redes Eléctricas Inteligentes.

- Denominación: Ampliación de Potencia CTI Buenavista.

- Descripción: Centro de transformación de intemperie sobre apoyo, en donde se sustituirá el transformador existente de 5 kVA por un nuevo de 50 kVA, y relación 20.000/400-230V, y sin cambio de apoyo.

- Potencia CT: 50 kVA (nuevo).

- Ubicación: Parcela 5027 del polígono 9.

- Término municipal: Corral-Rubio, (Albacete).

- Finalidad: Mejora de la calidad de suministro.

Y cumplidos los demás trámites reglamentarios establecidos en el Decreto 80/2007, de 19/06/2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección.

Esta Delegación Provincial ha resuelto otorgar la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de esta instalación de energía eléctrica, sujeta a las siguientes condiciones:

1) Las autorizaciones otorgadas se entienden sin perjuicio de otras concesiones y autorizaciones que sean necesarias en aplicación de la legislación que le afecte y, en especial, aquéllas relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, no eximiendo del cumplimiento del resto de requisitos y obligaciones previstas en la legislación vigente.

2) El titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento, y aceptadas expresamente o tácitamente por él.

3) Se concede un plazo de tres años, para la ejecución del proyecto a partir de la fecha de la presente resolución. Dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Sra. Consejera de Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Según artículo 14 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, "...Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas".

En el caso, de interesados que están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada en el siguiente enlace: https:/www.jccm.es/tramites/1003700

Albacete, 2 de octubre de 2023

La Delegada Provincial

MARÍA LLANOS VALERO HERNÁNDEZ

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