Instituto de la mujer de castilla-la mancha - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-182)
Ayudas y Subvenciones. Resolución de 13/09/2023, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se conceden ayudas para la sensibilización y prevención de la mutilación genital femenina (MGF), así como la atención a mujeres víctimas de MGF en el año 2023. [NID 2023/7845]
La Orden 40/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación, publicada en el DOCM núm. 43, de 2 de marzo de 2023, incluye entre las líneas subvencionables las ayudas para la sensibilización y prevención de la mutilación genital femenina (MGF), así como la atención a mujeres víctimas de MGF en el año 2023.
Con fecha 20 de junio de 2023, se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Resolución de 13/06/2023, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan ayudas para la sensibilización y prevención de de la mutilación genital femenina (MGF), así como la atención a mujeres víctimas de MGF en el año 2023.
Las solicitudes de ayuda han sido evaluadas por el órgano colegiado de valoración y se han desarrollado las actividades de instrucción oportunas por el órgano competente, habiéndose observado en todos sus trámites el procedimiento establecido.
Con fecha 23 de agosto de 2023, se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha la propuesta de resolución provisional del órgano instructor del procedimiento, en la que se concedía un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones.
Transcurrido dicho plazo, y una vez estudiadas y valoradas las alegaciones formuladas, el Servicio de Programas y Recursos del Instituto de la Mujer como órgano instructor del procedimiento, eleva en fecha 8 de septiembre de 2023 la propuesta de resolución definitiva a la Dirección del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, órgano competente para resolver.
Así pues, vista la propuesta de resolución definitiva, y en virtud de las competencias que me confiere el artículo 72 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre,
Resuelvo:
1.- Conceder las ayudas para la sensibilización y prevención de la mutilación genital femenina (MGF), así como la atención a mujeres víctimas de MGF en el año 2023, a las entidades que figuran en el apartado a) del Anexo I.
2 - Denegar las solicitudes de subvención relacionadas en el apartado b) del Anexo I, por las causas que en el mismo se indican.
El pago de la subvención se librará de manera anticipada por el importe total de la subvención a la publicación de la resolución de concesión, sin necesidad de justificación previa por parte de la entidad beneficiaria.
El plazo para la realización de la actividad, así como del cumplimiento de la finalidad y de las condiciones a las que la subvención estaba afecta, concluirá el 31 de diciembre de 2023.
El plazo de justificación de la subvención concedida concluirá el 31 de enero de 2024, debiendo coincidir el importe a justificar con el de los conceptos subvencionables del proyecto presentado, aunque la cuantía de la ayuda concedida sea inferior al mismo.
Las entidades beneficiarias deben cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 9 de la Orden 40/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
La presente resolución no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Igualdad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, según lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 13 de septiembre de 2023
La Directora del Instituto de la Mujer
de Castilla-La Mancha
LOURDES LUNA RUIZ
Anexo I
a) Entidades beneficiarias:
Nombre de la entidad | CIF | Denominación del proyecto | Puntuación | Cuantía a justificar euros | Cuantía a conceder euros |
Asociación médicos del mundo | G79408852 | Concienciación y sensibilización sobre la forma de violencia de género que supone la Mutilación Genital Femenina dirigida a los colectivos profesionales implicados en su prevención | 76 | 12.000,00 | 12.000,00* |
Asociación Bonobas | G05476387 | Proyecto Amina. II edición | 68 | 11.750,00 | 11.750,00 |
Fundación Kirira | G13470935 | Hablemos sobre Mutilación Genital Femenina | 66 | 4.780,00 | 4.780,00** |
(*) Esta subvención está financiada por el Ministerio de Igualdad, con fondos finalistas fondo 0000000007 en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. En toda la documentación necesaria para la ejecución del proyecto deberá constar expresamente, en lugar visible, que se ha financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad, a través de la Secretaría de Estado de Igualdad.
Además de dicha indicación, se debe insertar el logo del Ministerio de Igualdad y del Pacto de Estado contra la violencia de género, los cuales se encuentran en el siguiente enlace:
http://www.violenciagenero.igualdad.mpr.gob.es/pactoEstado/home.htm.
(**) Se ha ajustado la cuantía al incluir el presupuesto un concepto no subvencionable.
b) Solicitud a denegar por las causas que se indican:
Nombre de la entidad | CIF | Denominación del proyecto | Causa de denegación |
Sedra Federación de Planificación Familiar - Sedra FPFE- | V78419884 | Prevención de la Mutilación Genital Femenina (MGF) a través de la atención integral de la sexualidad | Artículo 7 e) de la Orden 40/2023 |