Instituto de la mujer de castilla-la mancha - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-181)

Premios. Resolución de 14/09/2023, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan los Premios y Muestra Mujeres en el Arte del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha Amalia Avia en el año 2023. Extracto BDNS (Identif.): 716745. [NID 2023/7859]

Extracto de la Resolución de 14 de septiembre de 2023, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan los Premios y Muestra Mujeres en el Arte del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha "Amalia Avia" en el año 2023. BDNS (Identif.): 716745

BDNS (Identif.): 716745

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/716745)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/)

Primero. Personas beneficiarias

Podrán solicitar la participación en los Premios y Muestra Mujeres en el Arte del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha todas aquellas mujeres, nacidas o residentes en Castilla-La Mancha, que se hayan titulado en Facultades de Bellas Artes o Escuelas de Arte, o hayan expuesto sus obras en al menos una muestra o exposición artística de ámbito al menos provincial

Segundo. Objeto

La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la selección de las obras que vayan a ser integrantes de la X edición de los Premios y Muestra Mujeres en el Arte "Amalia Avia" del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, así como la concesión de un único premio por cada categoría en la que se presenten las mujeres artistas.

Tercero. Bases reguladoras

Orden 180/2022, de 16 de septiembre de 2022, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios y Muestra Mujeres en el Arte Amalia Avia de Castilla-La Mancha.

Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones

1.- Se establecen los siguientes premios y reconocimientos, que se materializarán:

a) 2.000 euros en la categoría de dibujo y pintura.

b) 2.000 euros en la categoría de escultura.

c) 2.000 euros en otras categorías.

d) Diplomas de reconocimiento.

2.- El premio de 2.000 euros será único por categoría. El diploma de reconocimiento se concederá a todas las autoras de las obras sel eccionadas como integrantes de la exposición.

3.- Estos premios se establecen con cargo a la partida presupuestaria 70.01.323B.48126 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El expediente de gasto se tramita de forma anticipada con la siguiente imputación de gasto por anualidades:

Año 2023....................... 0,00 euros

Año 2024..................6.000,00 euros

El importe de los mismos estará sujeto a la correspondiente retención del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas que marca la ley.

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Las solicitudes podrán presentarse a través de las siguientes vías:

a) Preferentemente, de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: www.jccm.es. Al optar por esta forma de presentación, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.

b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 14 de septiembre de 2023

La Directora del Instituto de la Mujer

de Castilla-La Mancha

LOURDES LUNA RUIZ

TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2023

El artículo 4 de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, establece que la Junta de Comunidades ha de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social de la región, así como propiciar la efectiva igualdad y promover la incorporación de la mujer a la vida social, superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política.

El artículo 26 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, prevé en materia de creación artística, acciones positivas a desarrollar por las administraciones públicas, entre las que figura la de promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en la oferta artística y cultural pública. Por su parte La Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha confiere al Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha la facultad de impulsar las medidas tendentes a la consecución de sus fines, recogiendo entre otras la de incrementar la participación femenina en la actividad cultural y artística, instrumentalizado a través del Plan estratégico para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha 2019-2024 aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno en octubre de 2018, que concretamente recoge en el eje IV, Empoderamiento y participación social, en el área estratégica 1, Participación social y presencia equilibrada de mujeres y hombres en los espacios de toma de decisiones e impulso de referentes y modelos femeninos de liderazgo libres de estereotipos sexistas y específicamente en la medida tres, Jornadas, estudios, y otras medidas para la visibilización y reconocimiento de aportaciones y logros de las mujeres y la generación de referentes en los distintos ámbitos del saber, la ciencia, la cultura, el deporte y los medios de comunicación.

En base a lo anterior y como una de las medidas de actuación del Instituto de la Mujer se encuentra la presente convocatoria, cuyas bases reguladoras fueron aprobadas por Orden 180/2022, de 16 de septiembre de 2022, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, publicadas en el DOCM nº 185 el 26 de septiembre de 2022.

Con esta convocatoria se pretende homenajear a "Amalia Avia", nacida en Santa Cruz de la Zarza, pintora realista castellano manchega de los años 50, que junto con otras pintoras de la época reinventó el género del bodegón, género históricamente femenino por excelencia, ya que no había necesidad de modelo ni de estudios anatómicos, otorgándole un doble sentido a través del cual reflexionar sobre la vida, los roles de unas pintoras en una sociedad machista y cerrada. Llamada "pintora de las ausencias", recibió numerosos premios y distinciones.

En virtud de lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 22/2002, de 21 de noviembre, de creación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, y el Decreto 252/2003, de 29 de julio, que regula su Organización y Funcionamiento, resuelvo:

Primero. Objeto y finalidad.

1.- La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la selección de las obras que vayan a ser integrantes de la X edición de los Premios y Muestra Mujeres en el Arte "Amalia Avia" del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, así como la concesión de un único premio por cada categoría en la que se presenten las mujeres artistas.

2.- La finalidad de esta convocatoria es promover y fomentar la visibilidad de las mujeres en el ámbito de las artes plásticas y visuales, dando a conocer el potencial artístico de las mujeres en la región mediante la exposición itinerante de las obras seleccionadas en el territorio de Castilla-La Mancha.

Segundo. Régimen Jurídico.

Los premios a los que se refiere esta resolución, además de lo previsto en la Orden 180/2022, de 16 de septiembre de 2022, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios y Muestra Mujeres en el Arte Amalia Avia de Castilla-La Mancha, se regirán por los preceptos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y en el reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, y demás normativa de aplicación.

Tercero. Premios y reconocimientos.

1.- Se establecen los siguientes premios y reconocimientos, que se materializarán:

a) 2.000 euros en la categoría de dibujo y pintura.

b) 2.000 euros en la categoría de escultura.

c) 2.000 euros en otras categorías.

d) Diplomas de reconocimiento.

2.- El premio de 2.000 euros será único por categoría. El diploma de reconocimiento se concederá a todas las autoras de las obras seleccionadas como integrantes de la exposición.

3.- Estos premios se establecen con cargo a la partida presupuestaria 70.01.323B.48126 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El expediente de gasto se tramita de forma anticipada con la siguiente imputación de gasto por anualidades:

Año 2023....................... 0,00 euros

Año 2024..................6.000,00 euros

El importe de los mismos estará sujeto a la correspondiente retención del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas que marca la ley.

4.- Al tratarse de tramitación anticipada están sujetos a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente.

Cuarto. Solicitantes. Requisitos

1.- Podrán solicitar la participación en los Premios y Muestra Mujeres en el Arte del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha todas aquellas mujeres, nacidas o residentes en Castilla-La Mancha, que se hayan titulado en Facultades de Bellas Artes o Escuelas de Arte, o hayan expuesto sus obras en al menos una muestra o exposición artística de ámbito al menos provincial.

2.- Cada solicitante deberá presentar junto con la solicitud un máximo de dos obras de su titularidad, que sean susceptibles de su inclusión en cualquiera de las siguientes modalidades:

a) Dibujo y pintura.

b) Escultura.

c) Otras categorías.

3.- El tema sobre el que versarán los trabajos presentados y la técnica utilizada serán de libre elección.

4.- Las obras serán originales, de la autoría y propiedad de las solicitantes y no podrán presentar obras que ya hayan sido expuestas en anteriores premios o muestras de Mujeres en el Arte en Castilla-La Mancha, o hayan sido premiadas con anterioridad en otro certamen o premio.

5.- Las solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Orden 180/2022, de 16 de septiembre de 2022, de la Consejería de Igualdad y Portavoz.

Quinto. Solicitud y documentación a presentar.

1.- Las solicitantes deberán presentar una única solicitud debidamente cumplimentada conforme al modelo establecido en el Anexo I de la presente Resolución, o a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) e irán dirigidas a la persona titular del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.

2.- Los requisitos para poder participar quedarán acreditados mediante las correspondientes autorizaciones y declaraciones responsables previstas en el formulario de solicitud.

En el caso de que exista representante legal de la persona solicitante, deberá presentar documentación que lo acredite.

3.- Las solicitantes acompañarán a la solicitud las fichas técnicas de las obras que presenten y el precio estimado de las mismas, conforme al Anexo II de la presente convocatoria.

4.- Deberán aportar porfolio y currículo artístico.

5.- Deberán adjuntar la autorización al Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha para la difusión, publicación e itinerancia de las obras seleccionadas, conforme al Anexo III que se adjunta a esta resolución de convocatoria.

6.- Las solicitantes deberán aportar la imagen de las obras que presenten en formato digital y en color, preferentemente TIFF o JPG, con un tamaño mínimo de 1600 pixeles de lado mayor, y tamaño máximo de 2MG. En el caso de obras sonoras, visuales o audiovisuales, las solicitantes deberán aportar las mismas en cualquier tipo de soporte que permita su acceso y con una duración máxima de 5 minutos.

7.- Documentación que acredite que se han titulado en facultades de bellas Artes o Escuelas de Arte, si no autorizan su comprobación por el órgano instructor, o que hayan expuesto sus obras en al menos una muestra o exposición artística de ámbito al menos provincial.

8.- Deberá suscribirse la declaración responsable recogida en el anexo I de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con la Hacienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y frente a la Seguridad Social, así como del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, con carácter previo a la propuesta de resolución.

9.- Cada solicitante podrá aportar cuanta documentación complementaria considere de utilidad para una mejor comprensión de la obra a efectos de su valoración.

10.- El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha podrá requerir a las solicitantes cuanta información y documentación complementarias precise para evaluar con mayor precisión las obras presentadas a la presente convocatoria.

Sexto. Forma de presentación de solicitudes.

Las solicitudes podrán presentarse a través de las siguientes vías:

a) Preferentemente, de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: www.jccm.es. Al optar por esta forma de presentación, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.

b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Octavo. Subsanación de solicitudes.

Si la solicitud o documentación aportada fuera incompleta o adoleciese de cualquier otro defecto que fuese subsanable, se requerirá a la solicitante para que, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en un plazo de 10 días hábiles, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución que se dictará en los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Noveno. Instrucción

El órgano instructor del procedimiento de concesión será el Servicio de Planificación, Evaluación y Documentación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, que comprobará el cumplimiento de los requisitos y elevará la documentación al jurado para su valoración conforme al artículo 14 de las bases reguladoras de estos premios. Y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos sobre los que se pronunciará la resolución. A tal efecto, el órgano instructor podrá requerir a la solicitante para que aporte la documentación complementaria que permita realizar adecuadamente la valoración, siendo el plazo para la presentación de dicha documentación de 10 días hábiles, así como realizar las verificaciones o controles que considere oportunos.

Décimo. Selección de las obras que integran los Premios y Muestra Mujeres en el Arte y las mujeres artistas ganadoras del premio.

1.- La selección de las obras que vayan a formar parte de la Muestra Mujeres en el Arte, así como la mujer artista ganadora por categoría, se efectuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Orden 180/2022.

2.- Con el fin de establecer un orden de prelación entre las obras presentadas, el Jurado procederá según los Artículos 7 y 10 de las referidas bases reguladoras.

Undécimo. Propuesta de resolución.

Una vez valoradas las obras presentadas, elegidas las que vayan a integrar la Muestra y seleccionada una mujer artista por categoría para la concesión del premio, el órgano instructor elevará el fallo del Jurado a la Consejería competente en materia de igualdad de género.

Duodécimo. Resolución y régimen de publicidad.

1.- La adjudicación de los premios y de los diplomas se realizará mediante Resolución de la Consejería de Igualdad, por avocación de la competencia de la Dirección del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por razones técnicas, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

2.- La resolución que se dicte deberá notificarse en el plazo de seis meses, a contar desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria, entendiéndose desestimada si, transcurrido dicho plazo, no hubiese recaído resolución expresa.

3.- La Resolución de concesión de los premios y reconocimientos pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

4.- El Instituto de la Mujer publicará la resolución de concesión del premio y diplomas en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, conforme a lo establecido en el artículo 18 de las bases reguladoras.

Decimotercero. Pago del Premio

El abono del o de los premios se efectuará mediante un pago único, tramitándose con posterioridad a la publicación de la resolución de concesión en el DOCM, ingresándose en la cuenta bancaria indicada por la/s artista/s seleccionada/s.

Decimocuarto. Aceptación de las cláusulas de participación.

La participación en la presente convocatoria supone la aceptación de las condiciones fijadas en la Orden 180/2022, de 16 de septiembre de 2022, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de estos Premios y Muestra, así como en la presente resolución de convocatoria:

1.- La selección de las obras que vayan a integrar los Premios y Muestra Mujeres en el Arte implica el otorgamiento de un diploma de reconocimiento para todas las autoras de las mismas. Solamente recibirá un premio de 2.000 euros, una mujer por categoría en la que se presenten las obras conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras, siempre y cuando no sea declarada desierta por falta de calidad.

2.- Los originales de las obras que resulten seleccionadas para los Premios y Muestra Mujeres en el Arte se reclamarán a sus autoras para su puesta a disposición en cualquiera de las Direcciones Provinciales del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, asumiendo las propias artistas el gasto generado por dicho traslado. Los embalajes deberán garantizar la integridad de la obra en su transporte y ser reutilizables para su devolución.

3.- Las artistas cuyas obras resulten seleccionadas tendrán la posibilidad de ponerlas en venta, comunicándolo previamente al Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha. No obstante, las obras deberán permanecer en la exposición hasta la última itinerancia que se realice de la misma según las estipulaciones recogidas en esta resolución.

4.- La participación en los Premios y Muestra Mujeres en el Arte conlleva la autorización al Instituto de la Mujer para la inclusión en un Catálogo de las obras que resulten seleccionadas para la exposición, así como a la itinerancia de la misma, durante un período de al menos 12 meses, desde la publicación de la resolución de concesión.

Decimoquinto. Presentación de trabajos.

Los trabajos presentados deberán estar libres de derechos que puedan detentar terceras personas. Considerándose el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha exento de toda responsabilidad en caso de litigio o discusión que pueda surgir.

Decimosexto. Declaración de incumplimiento de condiciones y reintegro del premio.

El incumplimiento de las condiciones establecidas en las bases reguladoras, así como en la presente convocatoria y resolución de concesión, dará lugar a la pérdida total o parcial del premio otorgado y del diploma de reconocimiento. Dicha declaración será adoptada por el órgano concedente en los términos establecidos en el artículo 21 de la Orden 180/2022, de 16 de septiembre de 2022, de la Consejería de Igualdad y Portavoz.

Decimoséptimo. Seguridad e integridad de las obras

El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha contará con un seguro de obras de arte en su modalidad "clavo a clavo". Este seguro cubrirá desde la puesta a disposición de las obras en las Direcciones Provinciales del mismo hasta su recogida, que tendrá lugar en dichas Direcciones Provinciales. Este seguro garantizará la seguridad e integridad de las obras durante su exposición y con ocasión de los traslados a los diferentes lugares en que tengan lugar las sucesivas exposiciones.

Decimoctavo. Inspección y régimen sancionador.

1. Las personas premiadas estarán obligadas a facilitar las comprobaciones encaminadas a garantizar la correcta realización del objeto de la misma. Asimismo, las premiadas estarán sometidas a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente.

2. El régimen sancionador aplicable será el previsto en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Decimonoveno. Publicidad y entrega del premio.

1. La Resolución de este procedimiento se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Asimismo, será objeto de publicidad a través de la página web del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.

2. La entrega de los premios podrá efectuarse en un acto público que se celebrará en el lugar y en la fecha que se comunique oportunamente.

Vigésimo. Protección de datos.

La información contenida en las solicitudes presentadas al amparo de la presente resolución, quedará sometida a la normativa vigente en materia de protección de datos. Los datos personales que las personas interesadas cumplimenten, se integrarán en ficheros automatizados, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación reconocidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa de desarrollo.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Igualdad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 14 de septiembre de 2023

La Directora del Instituto de la Mujer

de Castilla-La Mancha

LOURDES LUNA RUIZ

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