Consejería de educación, cultura y deportes - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-180)
Bibliotecas. Resolución de 11/09/2023, de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, por la que se aprueba la integración de la Biblioteca Pública Municipal de Abenójar (Ciudad Real) en la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha. [NID 2023/7720]
Según lo dispuesto en su artículo 25 por la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de la Lectura y de las Bibliotecas de Castilla-La Mancha, la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha es el conjunto organizado y coordinado de órganos, centros y servicios bibliotecarios de titularidad pública y uso público general, cuya misión es ofrecer servicios bibliotecarios públicos homogéneos y de calidad a toda la ciudadanía de Castilla-La Mancha.
Asimismo, el Decreto 35/2018, de 22 de mayo, de creación del Directorio del Sistema de Bibliotecas y del Registro de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha, determina que la inscripción de las Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha en el Registro se hará de oficio.
Por otra parte, tal y como prevé el artículo 27 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, la Comisión Técnica de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha, en la reunión celebrada el 07/07/2023, acordó la propuesta de integración de la Biblioteca Pública Municipal de Abenójar en la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha, la cual fue trasladada al titular de dicho centro para su aceptación expresa.
De conformidad con la normativa aludida, y tras la recepción de la aceptación de la propuesta de integración por parte del titular del centro, resuelvo, por delegación del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, conforme al ordinal tercero de la Resolución de 24/08/2015 por la que se delegan competencias en materia de gestión cultural en la Viceconsejería de Cultura:
Primero. Integrar en la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha a la Biblioteca Pública Municipal de Abenójar en Ciudad Real, y proceder a su inscripción en el Registro de Bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 35/2018, antedicho.
Segundo. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 46.1 del mismo texto legal.
Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
Tercero. La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 11 de septiembre de 2023
El Consejero de Educación, Cultura y Deportes,
P.D. Apartado tercero de la Resolución de 24/08/2015
La Viceconsejera de Cultura y Deportes
CARMEN TERESA OLMEDO PEDROCHE