Consejería de desarrollo sostenible - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-138)
Instalaciones Eléctricas. Resolución de 12/07/2023, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Cuenca, sobre autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de instalación eléctrica de alta tensión. Referencia: 162190-00026-162102-02138-162402-06497. [NID 2023/6403]
Visto el expediente incoado en el Servicio de Industria y Energía de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Cuenca para autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica de alta tensión:
Referencia: 162190-00026 - 162102-02138 - 162402-06497.
Promotor / titular inicial: Acemi Spain California Pistacho Nursery, S.L.
Titular final: I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.Situación: Término municipal de Sisante (Cuenca). Parcela 397 del polígono 47.
Características principales: Soterramiento de tramo de línea aérea de media tensión a 20 KV Casasimarro de la ST Villanueva de la Jara propiedad de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes y centro de seccionamiento. Las actuaciones a llevar a cabo son:
- Instalación de apoyo 01 bajo hilos de línea con entronque aéreo-subterráneo.
- Línea subterránea de media tensión de 20 KV desde apoyo 01 a instalar hasta centro de seccionamiento a instalar. Longitud 20 metros. Conductor: XLPE 12/20 KV 1x240 Al + H16.
- Línea subterránea de media tensión de 20 KV desde centro de seccionamiento a instalar hasta apoyo 02 a instalar. Longitud 260 metros. Conductor: XLPE 12/20 KV 1x240 Al + H16.
- Instalación de apoyo 02 bajo hilos de línea con entronque aéreo-subterráneo.
- Centro de seccionamiento automatizado interior en edificio prefabricado de maniobra exterior, con celdas en envolvente metálica y aislamiento en SF6, compuesto por 3 celdas de línea y celda de protección para servicios auxiliares con trafo de 600 VA.
Finalidad: Evitar paso de línea por zona de cultivo de pistachos y suministrar energía a instalación de abonado.
Esta Delegación Provincial es competente para resolver en base a lo establecido por el artículo 31.26 de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Castilla La Mancha; los Reales Decretos 2569/1982, de 24 de julio, 445/1985, de 23 de enero y 378/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios en materia de industria y energía y el Decreto 87/2019, de 16/07/2019, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible. Así como Resolución de 03/09/2019 (DOCM 179 de 10/09/2019) sobre delegación de competencias en los/as delegados/as provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
Realizada la información pública en el D.O.C.M. Nº 97 de fecha 22/05/2023 y en el tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la J.C.C.M., y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Decreto de la Consejería de Industria y Tecnología 80/2007, de 19 de junio, modificado por Decreto 34/2017, de 2 de mayo, y por Ley 7/2022 de 29 de julio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección y analizada la documentación presentada:
Esta Delegación Provincial ha resuelto:
Conceder la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas de alta tensión anteriormente señaladas, con las siguientes condiciones:
1.- El titular de la instalación tendrá en cuenta los condicionados establecidos por los Organismos afectados por la instalación autorizada.
2.- La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha, en el plazo de un mes, según dispone el artículo 121 y sucesivos de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 39/2015, de 1 de octubre (B.O.E. nº 236 de 02-10-15).
Según artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, "...Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas".
En el caso, de interesados que están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada a través del correspondiente trámite electrónico, disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, procedimiento KGU.
Cuenca, 12 de julio de 2023
El Delegado Provincial
Por vacante (Orden 130/2019, de 6 de agosto)
La Secretaria Provincial
MARÍA TERESA MARTÍNEZ MERCHANTE