Consejería de desarrollo sostenible - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-126)

Instalaciones Eléctricas. Resolución de 22/06/2023, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de instalación eléctrica de alta tensión con número de expediente: E-45240214278 corresponde I. [NID 2023/5771]

Examinado el procedimiento iniciado por el Interesado referente a la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de instalación eléctrica de alta tensión, cuyos datos básicos son los siguientes:

Referencia: E-45240214278 Corresponde I.

Titular: Comercial Marcial Chacón e Hijos, S.L.

Situación: Parcela 213 del poligono 10 en el término municipal de Camuñas (Toledo).

Proyecto: Colocación de nuevo centro de transformación de 400 KVA para mejora de calidad de suministro. Polígono 10 Parcela 213 - Camuñas - (Toledo)

Características principales de las instalaciones:

Sustitución del centro de transformación intemperie sobre apoyo de 160 KVAS. Por otro en edificio prefabricado de hormigón de 400 KVAS. A situar a pie del apoyo existente.

Nuevo tramo de línea subterránea de alta tensión A 15 KV. desde el apoyo existente hasta el nuevo centro de transformación, con conductores del tipo RHZ1 20L 12/20 KV de 150 MM2. Al. y 25 metros de longitud.

Finalidad: Mejora del suministro eléctrico de la zona

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 17 de febrero de 2022 fue solicitada la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la instalación de referencia en esta Delegación Provincial.

Segundo: La solicitud fue sometida a Información Pública, insertándose en el Diario Oficial de Castilla La Mancha de fecha 09 de mayo de 2023. No habiéndose recibido alegaciones en el plazo de 20 días establecidos al efecto.

Tercero.- Se hicieron las Consultas a las distintas Administraciones Públicas, organismos o empresas de servicios públicos o servicios de interés general afectados en algunos de los bienes o derechos a su cargo dando traslado de separatas del proyecto. Todas ellas mostraron su conformidad de manera expresa o por silencio según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes

Fundamentos de derecho:

Uno.- Esta Delegación Provincial es el órgano competente para dictar la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y el Decreto 34/2017, de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, y lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible y lo dispuesto en Decreto 78/2019, de 16 de julio y el Decreto 15/2023, de 7 de febrero, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dos.- La presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada,

Resuelvo: Otorgar a "Comercial Marcial Chacón e Hijos, S.L." la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto "Colocación de nuevo centro de transformación de 400 KVA para mejora de calidad de suministro. Polígono 10 Parcela 213 - Camuñas - (Toledo)" quedando sometida a las siguientes condiciones:

Primera.- Las instalaciones, los elementos técnicos y materiales deberán ajustarse a las correspondientes normas técnicas de seguridad y calidad industriales, de conformidad a lo previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás normativa que resulte de aplicación. En todo momento se deberá cumplir lo indicado en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

Segunda.- Las instalaciones que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto presentado.

Tercera.- Cualquier modificación que afecte a las características técnicas básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de esta Delegación Provincial, sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización Administrativa Previa y/o Autorización Administrativa de Construcción.

Cuarta.- Los cruces, paralelismos y otras afecciones de las instalaciones deberán realizarse de conformidad con los condicionados e informes que las administraciones, organismos o empresas de servicio público y/o interés general hayan emitido.

Quinta.- La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Sexta.- Se concede un plazo de 2 años, para la ejecución del proyecto a partir de la fecha de la presente Resolución. Dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.

Séptima- La presente autorización en ningún caso se concede con derechos exclusivos de uso.

Octava.- El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia del interesado.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Sostenible, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de Un Mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con el artículo 122 de la citada disposición legal. Si el interesado tiene la obligación de relacionarse con la administración a través de medios electrónicos, tal y como se establece en artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo, la tramitación del citado recurso se realizará a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/sede/tramite/KGU

Toledo, 22 de junio de 2023

El Delegado Provincial

TOMÁS VILLARRUBIA LÁZARO

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