Consejería de fomento - Disposiciones generales (BOPA nº 2023-126)

Ayudas y Subvenciones. Decreto 59/2023, de 27 de junio, por el que se modifica el Decreto 131/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la rehabilitación de viviendas en municipios de zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, para facilitar el acceso a la vivienda de nuevos vecinos. [NID 2023/5823]

Mediante Decreto 131/2022, de 20 de diciembre, publicado en el DOCM núm. 246, de 27 de diciembre, se reguló la concesión directa de subvenciones a la rehabilitación de viviendas en municipios de zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, para facilitar el acceso a la vivienda de nuevos vecinos. El citado Decreto contempla una subvención en especie para la ejecución de un proyecto piloto al amparo de la disposición adicional quinta de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, dirigido a fomentar la reutilización de viviendas ya existentes, la rehabilitación de viviendas y edificios y establecer un programa específico de financiación para la construcción o rehabilitación de viviendas, tanto en propiedad, como en alquiler.

Entre los Ayuntamientos seleccionados para la ejecución del proyecto se encontraba el de Almodóvar del Pinar (Cuenca), beneficiario de una subvención en especie por una cuantía de 93.500,00 euros. Iniciada la redacción de los proyectos de ejecución de las obras de rehabilitación, se hace necesario aumentar la cuantía mencionada en 23.077,24 euros, al objeto de garantizar la consecución de los objetivos públicos mediante el aprovechamiento de la madera de los montes cercanos en el sistema de calefacción y agua caliente sanitaria.

Por otra parte, se hace necesario modificar el artículo 4 para acompasar la temporalidad de la financiación al ritmo de ejecución de las obras de rehabilitación, así como aumentar con fondos propios de la Junta de Comunidades la previsión de la posibilidad de excesos de mediciones, en los términos contemplados por el artículo 242.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Fomento, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de junio de 2023,

Dispongo

Artículo único. Modificación del Decreto 131/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la rehabilitación de viviendas en municipios de zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, para facilitar el acceso a la vivienda de nuevos vecinos.

El Decreto 131/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la rehabilitación de viviendas en municipios de zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, para facilitar el acceso a la vivienda de nuevos vecinos, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. El apartado 1 del artículo 4 queda redactado de la siguiente manera:

"1. El importe de las subvenciones en especie reguladas en este decreto asciende a 976.368,91 euros, importe que podrá incrementarse en 90.764,30 euros, por los posibles excesos de mediciones de obra, en los términos del artículo 242.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por lo que el importe total máximo de la ayuda en especie proyectada podrá ascender a 1.067.133,21 euros.

El importe total máximo de las ayudas dinerarias asciende a 35.200 euros.

2. La financiación se distribuye con cargo a las siguientes partidas presupuestarias del presupuesto de la Junta de Comunidades de los ejercicios 2023 y 2024:

Anualidad

Partida Presupuestaria

Fondo Finalista 929

Fondos Propios

Cuantía Total €

2023

17060000/G/431A/76000

37.164,38

37.164,38

2023

17060000/G/431A/46000

35.200,00

35.200,00

2024

17060000/G/431A/76000

924.070,67

105.898,16

1.029.968,83

Total

961.235,05

141.098,16

1.102.333,21

Estas ayudas serán objeto de cofinanciación con fondos finalistas procedentes de la Conferencia Sectorial de Reto Demográfico".

Dos. El apartado a) 4º del artículo 5, queda redactado de la siguiente manera:

"4º. Vivienda sita en calle La Virgen, 15, con referencia catastral 4480006WJ9948S0001PT, propiedad del Ayuntamiento de Almodóvar del Pinar (Cuenca): 116.577,24 €".

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Dado en Toledo, el 27 de junio de 2023

El Presidente

EMILIANO GARCÍA-PAGE SÁNCHEZ

El Consejero de Fomento

IGNACIO HERNANDO SERRANO

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