Consejería de fomento - Anuncios (BOPA nº 2023-98)

Anuncio de 16/05/2023, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Albacete, por el que se publica el Acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación número 3 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Motilleja (Albacete), adoptado en sesión de fecha 12/05/2023. [NID 2023/4599]

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La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, según el Acta de la sesión celebrada el día 12 de mayo de 2023, y con la salvedad de los términos que resulten de su aprobación definitiva, adoptó el siguiente acuerdo:

"2.3. Motilleja. Expte. PL 04/23. Modificación nº 3 de las Normas Subsidiarias Municipales. Aprobación Definitiva.

La ponente Noelia García Morrás, jefa del Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento en Albacete, da cuenta del expediente manifestando que el Ayuntamiento de Motilleja ha solicitado de la Comisión la aprobación definitiva de la Modificación nº 3 de las Normas Subsidiarias Municipales. Tal modificación, señala la ponente, tiene como objeto permitir construcciones por debajo de la altura mínima autorizada por el planeamiento vigente, que es una planta menos de la máxima permitida, definiendo ahora una nueva altura mínima de una planta, independientemente del ancho de la calle a la que dé frente la fachada.

Con la modificación propuesta, señala la ponente, se pretende evitar que se aplique el régimen de fuera de ordenación a las construcciones erigidas con anterioridad a la aprobación de las Normas Subsidiarias, que impide que puedan realizarse en ellas obras de consolidación, aumento de volumen o modernización que incrementen su valor de expropiación. Pretende, además, adaptarse a la situación económica actual y a la dinámica inmobiliaria que se inclina por la rehabilitación y reforma de construcciones existentes y por obra nueva de vivienda en una sola planta que facilita la accesibilidad.

Para la consecución de este objetivo se propone modificar el apartado 6 del Art. 4.1.7 de la Sección 4 del Capítulo 1 del Título IV de las Normas Subsidiarias.

Tras la exposición de la ponente, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Albacete, de conformidad con su propuesta, acuerda por unanimidad de los miembros presentes la aprobación definitiva de la Modificación nº 3 de las Normas Subsidiarias de Motilleja, de conformidad con lo establecido en los artículos 37 del TRLOTAU y 136 del Reglamento de Planeamiento.

Una vez hayan sido diligenciados por la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento los ejemplares de la Modificación, se devolverá uno al Ayuntamiento de Motilleja a fin de que obre en el mismo para su consulta y se procederá por parte de esta Delegación Provincial a la publicación del presente acuerdo. El Ayuntamiento deberá publicar el presente acuerdo de aprobación, así como, la normativa urbanística que proceda en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 157.1 RP".

Se hace constar que un ejemplar del instrumento urbanístico aprobado por este acuerdo se encuentra a disposición de los ciudadanos en la sede de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en el Ayuntamiento del término municipal a que se refiere. Asimismo, de conformidad con el art. 158 del Reglamento de Planeamiento, el Ayuntamiento de Motilleja pondrá a disposición del público en la página web o sede electrónica del Ayuntamiento una copia del documento junto con la información referida a procedimientos judiciales abiertos que pudieran afectarle así como las resoluciones judiciales recaídas en estos.

En el caso de Administraciones Públicas, contra el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación nº 3 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Motilleja, dado que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, previo requerimiento potestativo ante la Consejería de Fomento para que derogue, anule o revoque el mismo. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 25, 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuando no se trate de una Administración Pública, contra el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación nº 3 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Motilleja, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, de conformidad con lo establecido en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Albacete, 16 de mayo de 2023

La Secretaria de la Comisión Provincial

de Ordenación del Territorio y Urbanismo

LOURDES ALONSO GUERVÓS

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