Consejería de desarrollo sostenible - Anuncios (BOPA 2023-79)
Anuncio de 13/04/2023, del Ayuntamiento de Marchamalo (Guadalajara), sobre aprobación definitiva de la Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector SP.pp.100: Ciudad de Transporte. [NID 2023/3460]
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Expediente n.º: 615/2021
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada en el día 14 de marzo de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, que ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 68 de fecha 10 de abril de 2023 junto con las Normas Urbanísticas de la Modificación del Plan Parcial aprobada:
"Primero: Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector SP.pp.100 "Ciudad de Transporte" que desarrolla el Plan General de Ordenación Urbana de Guadalajara-Marchamalo; con las siguientes condiciones resultantes del informe Técnico-Jurídico aprobado por acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de 15 de febrero de 2023:
«Se deberá cumplir con lo que establezcan los informes sectoriales en cuanto a la afección al vial 8, referidos al ferrocarril Madrid-Barcelona, la red de carreteras estatal (R2) y la red autonómica (CM-101). - Se deberá cumplir con lo que establezca el informe sectorial sobre Patrimonio.»
Segundo: Dar traslado de la modificación de la alternativa técnica del Programa de Actuación Urbanizadora n.º 261/2015 a la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
Tercero: Inscribir la modificación del Programa de Actuación Urbanizadora en el Registro Administrativo de Programas de Actuación Urbanizadora y de Agrupaciones de Interés Urbanístico de la Consejería competente en materia de ordenación territorial y urbanística.
Cuarto: Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, así como las Normas urbanísticas de la modificación del Plan Parcial aprobada. Adicionalmente se publicará el presente Acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Y a los efectos de garantizar la publicidad del instrumento de ordenación urbanística, depositar un ejemplar debidamente diligenciado de la modificación del Plan Parcial en el Ayuntamiento y en Consejería competente en materia de ordenación territorial y urbanística.
Quinto: Facultar al Alcalde para la firma de los documentos necesarios para la consecución del presente Acuerdo."
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente, bien recurso potestativo de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento de Marchamalo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el DOCM, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el DOCM, de acuerdo con el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que estime pertinente.
Si se optara por interponer recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Marchamalo, 13 de abril de 2023
El Alcalde
RAFAEL ESTEBAN SANTAMARÍA