Consejería de fomento - Anuncios (BOPA 2023-71)

Anuncio de 04/04/2023, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Albacete, por el que se publica el Acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación número 7 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Alatoz (Albacete), adoptado en sesión de fecha 31/03/2023. [NID 2023/3283]

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La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, según el Acta de la sesión celebrada el día 31 de marzo de 2023, y con la salvedad de los términos que resulten de su aprobación definitiva, adoptó el siguiente acuerdo:

"2.1. Alatoz. Expte. PL 07/22. Modificación nº 7 de las Normas Subsidiarias Municipales. Aprobación definitiva.

La ponente Noelia García Morrás, jefa del Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento en Albacete, da cuenta del expediente manifestando que el Ayuntamiento de Alatoz ha solicitado de la Comisión la aprobación definitiva de la Modificación nº 7 de las Normas Subsidiarias Municipales. El objeto de la modificación, señala la ponente, conforme a lo recogido en la memoria, es la incorporación de los usos de Tanatorio-Velatorio a las NNSS vigentes, pues estas no lo recogen dado que, cuando se aprobaron, era más frecuente que dicha actividad se llevara a cabo en los propios domicilios. Se trata pues de una sencilla y muy concreta modificación que únicamente afecta al texto de las Normas Subsidiarias vigentes.

Para ello se propone la modificación de los art. 4.2.40 y 4.2.41 relativos a las Condiciones Generales de los Usos y de los art. 4.5.4, 4.5.6 y 4.5.8 relativos a las Condiciones Particulares de las zonas de ordenación de las Normas Urbanísticas.

Tras la exposición de la ponente, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Albacete, de conformidad con su propuesta, acuerda por unanimidad de los miembros presentes la aprobación definitiva de la Modificación nº 7 de las Normas Subsidiarias de Alatoz, de conformidad con lo establecido en los artículos 37 del TRLOTAU y 136 del Reglamento de Planeamiento.

Una vez hayan sido diligenciados por la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento los ejemplares de la Modificación, se devolverá uno al Ayuntamiento de Alatoz a fin de que obre en el mismo para su consulta y se procederá por parte de esta Delegación Provincial a la publicación del presente acuerdo. El Ayuntamiento deberá publicar el presente acuerdo de aprobación, así como la normativa urbanística que proceda, en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 157.1 RP."

Se hace constar que un ejemplar del instrumento urbanístico aprobado por este acuerdo se encuentra a disposición de los ciudadanos en la sede de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en el Ayuntamiento del término municipal a que se refiere. Asimismo, de conformidad con el art. 158 del Reglamento de Planeamiento, el Ayuntamiento de Alatoz pondrá a disposición del público en la página web o sede electrónica del Ayuntamiento una copia del documento junto con la información referida a procedimientos judiciales abiertos que pudieran afectarle así como las resoluciones judiciales recaídas en estos.

En el caso de Administraciones Públicas, contra el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación nº 7 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Alatoz, dado que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, previo requerimiento potestativo ante la Consejería de Fomento para que derogue, anule o revoque el mismo. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 25, 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuando no se trate de una Administración Pública, contra el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación nº 7 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Alatoz, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, de conformidad con lo establecido en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Albacete, 4 de abril de 2023

La Secretaria de la Comisión Provincial

de Ordenación del Territorio y Urbanismo

LOURDES ALONSO GUERVÓS

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