Consejería de desarrollo sostenible - Anuncios (BOPA 2023-68)
Anuncio de 28/03/2023, del Ayuntamiento de Marchamalo (Guadalajara), sobre aprobación del proyecto de Modificación Puntual número 3 del proyecto de urbanización del sector SP PP 100. Expediente: 1093/2021. [NID 2023/3026]
ADMINISTRACIÓN LOCAL
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Marchamalo, en Sesión Ordinaria celebrada el día 14 de marzo de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:
"Primero. Aprobar el Proyecto de modificación puntual n.º 3 del Proyecto de Urbanización del sector SP.pp.100, presentada el 2 de agosto de 2021 bajo los registros de entrad n.º 2021-E-RE-1047 y 2021-E-RE-1048, con las subsanaciones presentadas el 12/04/2022, bajo el registro de entrada n.º 2022-E-RE-628, condicionando la aprobación al contenido del informe Técnico-Jurídico y el acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de 15 de febrero de 2023:
«▪ Se deberá cumplir con lo que establezca el informe sectorial sobre Patrimonio.»
Segundo: Publicar la aprobación de la modificación del Programa de Actuación Urbanizadora en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Tercero: Notificar el acuerdo a los interesados.
Cuarto: Comunicar al Registro Administrativo de Programas de Actuación Urbanizadora y de Agrupaciones de Interés Urbanístico, la aprobación de la modificación del Programa de Actuación Urbanizadora.
Quinto: Dar traslado de este acuerdo y de la modificación del Programa de Actuación Urbanizadora aprobada a la Consejería competente en materia de ordenación territorial y urbanística."
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente, bien recurso potestativo de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento de Marchamalo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el DOCM, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el DOCM, de acuerdo con el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que estime pertinente.
Si se optara por interponer recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Marchamalo, 28 de marzo de 2023
El Alcalde
RAFAEL ESTEBAN SANTAMARÍA