Consejería de fomento - Anuncios (BOPA 2023-61)

Anuncio de 20/03/2023, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Albacete, por el que se publica el Acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación número 8 de las Normas Subsidiarias de Higueruela, adoptado en sesión de fecha 24/02/2023. [NID 2023/2682]

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Con fecha 24 de febrero de 2023, se adoptó por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Albacete el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación nº 8 de las Normas Subsidiarias de Higueruela, quedando suspendida la eficacia del acuerdo hasta la subsanación de una serie de deficiencias. Una vez corregido el documento técnico, completado el expediente administrativo y levantada la suspensión de la eficacia por Resolución del Delegado Provincial de la Consejería de Fomento de fecha 18 de marzo de 2023, se procede a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva de la citada Comisión, que se transcribe a continuación:

"5.1. Higueruela. Expte. PL 06/22. Modificacion Nº 8 de las Normas Subsidiarias Municipales. Aprobación Definitiva.

La ponente Noelia García Morrás, Jefa del Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento en Albacete, da cuenta del expediente manifestando que el Ayuntamiento de Higueruela ha solicitado de la Comisión la aprobación definitiva de la modificación conforme al artículo 136 del Reglamento de Planeamiento para la modificación de las Normas Subsidiarias Municipales. Tal modificación, señala la ponente, tiene por objeto:

· La inclusión del régimen pormenorizado de fuera de ordenación, actualizándolo conforme a lo dispuesto en el art. 42 bis del TRLOTAU que distingue un fuera de ordenación total y parcial y pormenorizan los usos permitidos en cada una de esas situaciones.

· La actualización de las Condiciones Generales que deben cumplir las edificaciones en relación con unas determinaciones concretas.

· La modificación de determinadas Condiciones de los Usos, a fin de completar el vacío existente en las Normas en relación con los alojamientos turísticos de carácter temporal y dar una solución al difícil encaje que tienen en la actual regulación el desarrollo de nuevos usos innovadores vinculados a la agroindustria.

Tras la exposición de la ponente, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Albacete, de conformidad con su propuesta, acuerda por unanimidad de los miembros presentes:

Primero: Aprobar definitivamente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37 del TRLOTAU y 136 del Reglamento de Planeamiento, la Modificación nº 8 de las Normas Subsidiarias Municipales de Higueruela.

Segundo: Suspender la eficacia del acuerdo de aprobación definitiva, de conformidad con lo previsto en el art. 37.5 TRLOTAU, hasta que se aporte por el Ayuntamiento de Higueruela el Documento de Refundición debidamente diligenciado, que refleje tanto las nuevas determinaciones como las que queden en vigor, a fin de reemplazar la antigua documentación de las Normas Subsidiarias (art. 121 del Decreto 248/2004 de 14 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento).

Tercero: Delegar en el Delegado Provincial de la Consejería de Fomento en Albacete la facultad de levantar la suspensión del acuerdo de aprobación definitiva, una vez que por los técnicos competentes del Servicio de Urbanismo se compruebe la corrección técnica del Documento de Refundición.

Se recuerda al Ayuntamiento de Higueruela que deberá hacer entrega de tres copias en soporte papel debidamente diligenciadas del ejemplar de la Modificación y un ejemplar en soporte digital portable y editable de la versión definitiva de la Modificación, según previene el art. 3.2 y 3.3 de la NTP-HCDPM, aprobado por Decreto 178/2010, de 1 de julio.

Una vez hayan sido diligenciados por la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento, se devolverá un ejemplar que obrará en el Ayuntamiento de Higueruela para su consulta y el Ayuntamiento deberá publicar el presente acuerdo de aprobación, así como la normativa urbanística que proceda, en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 157.1 del RP."

Asimismo, se hace constar que un ejemplar del planeamiento urbanístico aprobado por este acuerdo se encuentra a disposición de los ciudadanos en la sede de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en el Ayuntamiento del término municipal a que se refiere.

Igualmente, de conformidad con el art. 158 del Reglamento de Planeamiento, el Ayuntamiento de Higueruela podrá a disposición del público en la página web o sede electrónica del Ayuntamiento, una copia del documento junto con la información referida a procedimientos judiciales abiertos que pudieron afectarle así como las resoluciones judiciales recaídas en éstos.

En el caso de Administraciones Públicas, contra el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación nº 8 de las Normas Subsidiarias de Higueruela, dado que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, previo requerimiento potestativo ante la Consejería de Fomento para que derogue, anule o revoque el mismo. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 25, 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuando no se trate de una Administración Pública, contra el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación nº 8 de las Normas Subsidiarias de Higueruela, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, de conformidad con lo establecido en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Albacete, 20 de marzo de 2023

La Secretaria de la Comisión Provincial

de Ordenación del Territorio y Urbanismo

LOURDES ALONSO GUERVOS

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