El Gobierno abre las ayudas para la promoción de la vida autónoma durante todo el año y garantiza que llegarán a todos los que cumplan los requisitos

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El ejecutivo destina cerca de 2 millones de euros para el acceso a servicios y prestaciones que mejoren la calidad de vida de personas mayores de 65 años o con una discapacidad igual o superior al 33%

Santander - 21.06.2024

El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, "garantiza" que el nuevo sistema de ayudas para la promoción de la vida autónoma, destinadas a personas mayores de 65 años o con una discapacidad igual o superior al 33%, "llegará a todos los beneficiarios" que cumplan con los requisitos exigidos.

Así lo ha expresado la consejera, Begoña Gómez del Río, en referencia a las novedades que su departamento ha incluido en este nuevo programa de subvenciones al que el Ejecutivo va a destinar 1.871.115 euros, con la posibilidad de ampliar esta cuantía si fuese necesario, "para que nadie se quede sin servicios o prestaciones que mejoren su calidad de vida".

En ese sentido, Gómez del Río ha explicado que el Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS) mantendrá abierto el plazo para solicitar ayudas durante todo este año, a diferencia de lo que ocurría en anteriores ediciones donde los usuarios "disponían de tan solo un mes para pedir estas subvenciones". Un tiempo "insuficiente" para la consejera, ya que las necesidades de este colectivo "van surgiendo durante todo el año".

Además, Gómez del Río ha considerado "de suma importancia" que el actual procedimiento haya eliminado el sistema de concurrencia competitiva, vigente en anteriores ediciones, con el que los potenciales beneficiarios corrían el riesgo de "quedarse fuera tras agotarse la partida presupuestaria.

"Con estos cambios sustanciales, la Consejería de Inclusión Social muestra el compromiso del Gobierno de Buruaga de defender la protección social como un derecho fundamental de todas las personas", ha asegurado la consejera.

Otras de las novedades que Gómez del Río ha puesto en valor tiene que ver con el pago de las cuantías subvencionables que, a partir de ahora, se podrán realizar con carácter anticipado en el momento de la concesión, "sin ser necesario esperar a la realización de la actuación y a la justificación de los gastos".

Tras su publicación hoy, en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de Cantabria, la consejera ha destacado la importancia de esta línea de ayudas que "apuesta por mejorar la protección y autonomía de un colectivo vulnerable debido, no solo a su situación física o de discapacidad, sino también a los condicionantes que suponen la falta de recursos económicos para disfrutar de una vida plena y satisfactoria".

Actuaciones subvencionables

El decreto considera ayudas para la promoción de la vida autónoma las destinadas a la realización de actividades, la adquisición de bienes materiales como electrodomésticos básicos,  audífonos, prótesis dentales o gafas, productos de apoyo, servicios o tratamientos rehabilitadores, la ejecución de obras de adaptación funcional de la vivienda habitual y permanente, así como la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten el acceso o la movilidad dentro de su vivienda habitual y permanente que requieran las personas beneficiarias.

También serán subvencionables los servicios de transporte adaptado o de atención domiciliaria, así como la obtención del permiso de conducir para personas entre 18 y 64 años con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Se podrá subvencionar hasta el 100% del importe solicitado, siempre que no se supere la cuantía máxima del coste del servicio ni el máximo establecido para cada tipo de subvención.

Las solicitudes de subvención, que irán dirigidas a la Dirección del ICASS, se formalizarán en impreso normalizado y deberá acompañarse en su caso de la documentación exigible conforme a cada tipo de subvención. Podrán presentarse a partir de lunes en el Registro Delegado del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, situado en la Calle General Dávila nº 87, de Santander, o en cualquiera de los lugares que establece el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En este enlace puedes consultar el decreto de concesión directa publicado en el Boletín Oficial de Cantabria.

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